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Documento BOE-A-2008-21040

Resolución de 22 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se fija un único plazo de ejecución para determinados subprogramas de las convocatorias 1 y 2 de 2008 de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 31 de diciembre de 2008, páginas 52870 a 52870 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2008-21040

TEXTO ORIGINAL

La Orden ITC/464/2008, de 20 de febrero de 2008, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, establece en su apartado vigésimo cuarto, punto 1 que las acciones subvencionadas deberán ejecutarse en el tiempo y forma aprobados que se recojan en las resoluciones de concesión. Mediante las Resoluciones de 4 de marzo y de 22 de septiembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, se efectuaron las convocatorias 1 y 2/2008 para la concesión de ayudas para la realización de proyectos y acciones de dicha acción estratégica, de acuerdo con las bases antes citadas. En el marco de esas convocatorias se concedieron ayudas con pago anticipado y único a proyectos con período de realización 2008-2010 de determinados subprogramas. Los textos de las resoluciones de concesión de ayudas a proyectos de esos subprogramas, publicadas y comunicadas a cada uno de los beneficiarios, recogen en el apartado primero que la distribución entre anualidades del presupuesto que se aprueba tiene carácter indicativo, siempre que su ejecución se inicie en 2008. Y en el apartado segundo, letra b, se establece que las inversiones y gastos o compromisos de gastos deben realizarse dentro del período de ejecución del proyecto, cuya duración no se explicita. Para mayor claridad y en beneficio de los interesados y, de acuerdo todo ello con lo previsto en el apartado vigésimo cuarto, punto 1 de la orden de bases que regula las ayudas, el Secretario de Estados de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, resuelve:

Punto único.-Fijar como plazo de ejecución para la realización de los proyectos y acciones aprobados en el marco de las convocatorias 1 y 2/2008 de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información para los Subprogramas que se indican a continuación, el del período 2008-2010: AVANZA Ciudadanía digital.

AVANZA Servicios públicos digitales. AVANZA Infraestructuras. AVANZA Contenidos.

Todos los proyectos y acciones, sin embargo, han de iniciarse en el año 2008.

Madrid, 22 de diciembre de 2008.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

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