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Documento BOE-A-2008-16960

Resolución de 24 de junio de 2008, de la Subsecretaría, por la que se dispone la inscripción de la Fundación para el Fomento de la Cría Caballar en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 22 de octubre de 2008, páginas 42112 a 42112 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-16960

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de inscripción de la Fundación para el Fomento de la Cría Caballar en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, en el que consta:

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación fue constituida en Madrid, el 7 de junio de 2007, por la entidad Obras y Vías, S.A, actuando representada por don Ramiro Cid Sicluna, según consta en la escritura pública número 834 otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid don Fernando Molina Stranz.

Segundo. Domicilio y ámbito territorial de actuación.-El domicilio de la Fundación se establece en la Avenida, Menéndez Pelayo 67, 2.º, 10 del municipio de Madrid; y su ámbito de actuación comprenderá todo el territorio del Estado español. Tercero. Fines.-La Fundación, según el artículo 3 de sus Estatutos, tiene como fines:

La cría, mejora y selección de los caballos, en especial de los caballos de pura raza española, y los pura sangre ingleses.

Investigación y mejora del conocimiento de los caballos, en especial de los caballos de pura raza española, y los pura sangre ingleses. Divulgación nacional e internacional de cría de los caballos, en especial de los caballos de pura raza española, y los pura sangre ingleses. Apoyo a los criadores.

Cuarto. Dotación.-La Fundación se constituye con una dotación inicial de treinta mil euros (30.000 €), de los que se han desembolsado la totalidad. La referida aportación ha sido ingresada en la Cuenta abierta a nombre de la Fundación en la forma descrita en la Escritura de Constitución.

Quinto. Patronato.-El gobierno de la Fundación se confía a un Patronato, cuyos miembros desempeñan el cargo de modo gratuito. Las normas sobre la composición, el nombramiento y la renovación del Patronato constan en los Estatutos. El Patronato inicial queda constituido por las siguientes personas: don Ramiro Cid Sicluna, Presidente; don Javier Cid Sicluna, Vicepresidente; don Daniel Cid Sicluna, Secretario. Todos ellos aceptaron sus nombramientos, en el acto de Constitución. Sexto. Estatutos.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación queda recogido en los Estatutos por los que se rige, quedando expresamente sometido el Patronato a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado. Vistos la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal vigente en el día de la fecha. Visto el interés general que concurre en los fines perseguidos por la Fundación para el Fomento de la Cría Caballar, la suficiencia de la dotación inicial, acreditado el cumplimiento de los demás requisitos establecidos en la Ley y visto el informe favorable del Director General de Ganadería, de la Abogado del Estado, y del Protectorado de fundaciones.

Esta Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento, de la Fundación para el Fomento de la Cría Caballar, así como del nombramiento de los miembros del Patronato.

Madrid, 24 de junio de 2008.-El Subsecretario de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, P.D. (Orden ARM/1555/2008, de 30 de mayo), la Secretaria General Técnica del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Alicia Camacho García.

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