Está Vd. en

Documento BOE-A-2008-16074

Resolución de 31 de julio de 2008, de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, por la que se publican las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio de 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 6 de octubre de 2008, páginas 40136 a 40164 (29 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2008-16074

TEXTO ORIGINAL

Formulada la Cuenta Anual de este Organismo Autónomo, correspondiente al ejercicio de 2007, conforme a la dispuesto en el articulo 12.K) de su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, y aprobada la citada cuenta por el Consejo Rector de la Gerencia, en su reunión de 9 de julio de 2008, esta Dirección acuerda:

La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del resumen de la Cuenta Anual de la Gerencia de infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado correspondiente al ejercicio 2007, conforme a lo dispuesto en la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, que regula la rendición de cuentas de los Organismos Públicos.

Madrid, 31 de julio de 2008.-El Director de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, Luis Luengo Alfonso.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

MEMORIA CORRESPONDIENTE A LA CUENTA DE LIQUIDACIÓN DEL EJERCICIO 2007 DE LA GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTO DE LA SEGURIDAD DEL ESTADO

D.1 Organización y actividad

La Gerencia de Infraestructuras Equipamiento de la Seguridad del Estado (G.I.E.S.E.) es un organismo autónomo de carácter temporal indefinido dependiente del Ministerio del Interior y adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad, que fue creado por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (B.O.E. de 31-12-1997), y modificado a su actual denominación, duración y funciones por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, y está dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios.

Su efectiva constitución se produjo el 9 de febrero de 1999, al celebrarse la primera reunión de su Consejo Rector, según lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre (B.O.E. de 21-1-1999), por el que se aprueba su Estatuto. Las funciones de la G.I.E.S.E. se establecen en el artículo 53 de la citada Ley 14/2000, y son:

1.ª Desarrollar las directrices del Ministerio del Interior en materia de patrimonio inmobiliario y condiciones urbanísticas del mismo, a efectos de la elaboración y realización de los Planes de Infraestructuras de la Seguridad del Estado y cumplir los cometidos que se le asignen en relación con los inmuebles afectado a los fines de la Seguridad.

2.ª Hacer propuestas referentes al planeamiento urbanístico, coordinar y desarrollar los planes de infraestructuras de la seguridad del Estado, así como llevar a cabo acuerdos de colaboración al efecto con las Corporaciones Locales y con las Comunidades Autónomas. 3.ª Colaborar con los Ayuntamientos en los planes de ordenación urbana que afecten a los inmuebles y acuartelamientos existentes. Esta colaboración, así como las propuestas a que se refiere el apartado anterior, deberán procurar la coordinación con el planeamiento para facilitar la ejecución de los planes de infraestructura. 4.ª Adquirir y construir, en su caso, bienes inmuebles para su afectación a los fines de la seguridad del Estado, conforme a los planes de infraestructura formulados, así como enajenarlos mediante venta o permuta, según los correspondientes planes, al objeto de obtener recursos para el cumplimiento de los fines del organismo. 5.ª La adquisición de infraestructura, armamento y material para su uso por las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado, de acuerdo con los planes y programas aprobados por la Secretaría de Estado de Seguridad y que ésta le encomiende, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de la Policía y de la Dirección General de la Guardia Civil. 6.ª La enajenación onerosa de los bienes muebles que sean puestos a su disposición al objeto de obtener recursos para el cumplimiento de los fines del organismo.

Estas funciones aparecen desarrolladas en el Estatuto de la G.I.S.E., cuyo artículo 4 establece que son funciones de la Gerencia para el desarrollo y cumplimiento de los planes de infraestructura de la seguridad el Estado, las siguientes:

a) Desarrollar las directrices del Ministerio del Interior en materia del patrimonio inmobiliario y condiciones urbanísticas del mismo.

b) Elaborar, ejecutar y realizar dichos planes de infraestructura. c) Cumplir los cometidos que se le asignen en relación con los inmuebles afectados a los fines de la seguridad. d) Adquirir a título oneroso o gratuito y construir, en su caso, bienes inmuebles. e) Enajenar bienes inmuebles mediante venta o permuta, al objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines. f) Hacer propuestas referentes al planeamiento urbanístico. g) Celebrar acuerdos o convenios de colaboración con las Corporaciones Locales y las Comunidades Autónomas y cuantos organismos y entidades públicos o privados entienda necesario o conveniente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 74.4 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria. h) Colaborar con la Corporaciones Locales en los planes de ordenación urbana que afecten a los inmuebles y acuartelamientos existentes.

Tras la entrada en vigor de la Ley 14/2000, y por imperativo de ésta, se ha procedido a la elaboración de un nuevo Estatuto, en el que se recojan las modificaciones legales del Organismo; nuevo Estatuto que se encuentra en fase avanzada de tramitación.

Como resumen de las funciones de la Gerencia, puede afirmarse que el principal objetivo de ésta es contribuir a la dotación de infraestucturas y medios técnicos y materiales para los Cuerpos de Seguridad del Estado, empleando para ello los recursos económicos que el propio Organismo genera mediante la enajenación onerosa de los bienes que, procedentes de los citados cuerpos, son puestos a su disposición, tras ser declarados innecesarios a los fines de la Seguridad, por el Ministerio del Interior. La estructura del Organsimo autónomo está también determinada en la Ley 14/2000, cuyo artículo 53.3 establece lo siguiente:

1. Órganos Rectores: 1.1 El Consejo Rector.-Es el órgano colegiado superior de dirección. Presidido por el Secretario de Estado de Seguridad, está integrado por un mínimo de seis Vocales. Son Vocales natos: el Director General de la Policía, el Director General de la Guardia Civil, el Director General de Infraestructuras y Material de la Seguridad, el Director General del Patrimonio del Estado, el Director General de Presupuestos, el Director General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo.

El resto de Vocales, hasta un máximo de doce, serán nombrados y cesados por el Ministro del Interior. Según este mismo artículo, corresponde al Consejo Rector, además de la alta dirección y representación del Organismo, la aprobación de los planes de actuación, los de compra, venta y permuta de solares y bienes muebles e inmuebles y las competencias que se le asignen reglamentariamente. El artículo 7 del Estatuto vigente regula las competencias del Consejo. 1.2 La Comisión Delegada: Creada por Acuerdo del Consejo Rector de fecha 28 de mayo de 1999, conforme a lo previsto en el artículo 10 del Estatuto, está presidida por el Director General de Infraestructuras y Material de la Seguridad, e integrada por los siguientes Vocales: el Director del Gabinete de la Secretario de Estado de Seguridad, el Subdirector General de Gestión y Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía, el Subdirector General de Apoyo de la Guardia Civil, el Subdirector General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo del Ministerio de Fomento. El Secretario de la Comisión Delegada es también el Secretario General de la G.I.S.E. 1.3 La Dirección de la Gerencia, que según el artículo 11 del Estatuto será asumida por el Director General de Infraestructuras y Material de la Seguridad, con las competencias que se contemplan en el artículo 12.

2. La Secretaría General.-Directamente dependiente de la Dirección de la Gerencia, conforme a lo establecido en el artículo 13 del Estatuto, con las funciones que determina el artículo 14:

a) Administrar el personal y el régimen interior de la G.I.E.S.E.

b) Realizar la gestión económico-administrativa y financiera. c) Gestionar la adquisición de bienes muebles, con arreglo al texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio. d) Elaborar el anteproyecto de presupuestos. e) Tramitar los expedientes que tengan relación con adquisiciones, enajenaciones y permutas de inmuebles. f) Elaborar las cuentas anuales de la G.I.E.S.E. g) Desarrollar actuaciones y gestiones en materia patrimonial y urbanística referentes a los inmuebles encomendados a la G.I.E.S.E. h) Contribuir con sus informes y actuaciones a la elaboración y realización de los planes de infraestructura de la Seguridad del Estado. i) Realizar la identificación física y jurídica actualizada de los bienes inmuebles y gestionar la tasación de los mismos por los organismos especializados. j) Elaborar los pliegos de condiciones para las adquisiciones, enajenaciones y demás operaciones referentes a inmuebles. k) Formular propuestas de actuación de la G.I.E.S.E. l) Elaborar y mantener actualizado el inventario de bienes y derechos de la G.I.E.S.E.

La Secretaría General, con rango de Subdireción General, está integrada por un Subdirector General, cinco Jefaturas de Área y tres Jefaturas de Servicio.

Los titulares de los órganos de la G.I.E.S.E., a 31 de diciembre de 2006, son:

1. Presidente del Consejo Rector: D. Antonio Camacho Vizcaíno, Secretario de Estado de Seguridad.

2. Director de la Gerencia: D. Luis Luengo Alfonso, Director General de Infraestructuras y Material de la Seguridad. 3. Secretario General de la Gerencia (Subdirector General): D. Gonzalo Jar Couselo. 4. Subdirector General Adjunto: D. José Martínez Sanjuán. 5. Jefe de Área de Régimen Interior: D. Miguel Ángel Brisso de Montiano García. 6. Jefe de Área de Gestión: D.ª Inmaculada Rodríguez Martínez-Conde. 7. Jefe de Área de Gestión Técnica: Vacante. 8. Jefe de Área de Administración: D. Julio Casal Jiménez. 9. Jefe de Area de Asuntos Legales: D.ª María Amparo Gómez Álvarez. 10. Jefe del Servicio de Gestión Urbanística: D. Francisco Javier Cuevas Perez. 11. Jefe del Servicio de Administración: D. Modesto Domínguez Domínguez. 12. Jefa del Servicio de Gestión Económica: D.ª Isabel Fanego Palat.

El total de personal con que contaba el Organismo autónomo a 31 de diciembre de 2007 se desglosa de la siguiente manera: 19 funcionarios de cuerpos civiles de la Administración (Ley 30/1984), ocho del Cuerpo Nacional de Policía, siete del Cuerpo de la Guardia Civil y una Ordenanza (personal laboral).

En el citado ejercicio se produjeron los siguientes movimientos de personal: cese de un Comisario de Cuerpo Nacional de Policía, y nueva incorporación de un Teniente de la Guardia Civil. El Organismo autónomo «Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado» no cuenta con entidades vinculadas ni participa tampoco en ninguna otra entidad.

D.2 Gestión indirecta de servicios públicos y convenios

Durante 2007, la G.I.E.S.E., en virtud de sendos Convenios de Colaboración, ha realizado las siguientes operaciones:

1. Convenio de Colaboración con el Ayuntamiento de Aranjuez (Madrid), suscrito con fecha 30 de enero de 2001, para regular la colaboración de ambas administraciones con el fin de construir una nueva Comisaría Local conjunta para el Cuerpo Nacional de Policía y la Policía Municipal de la citada localidad. El Convenio prevé la financiación del 50 % del importe total de las obras (que ha contratado el Ayuntamiento) por parte de esta Gerencia, que, en virtud del citado Convenio suscrito, concederá una subvención de 2.854.181,15 euros al Ayuntamiento de Aranjuez, con cargo al capítulo 7 de su presupuesto de Gastos; de los que en el ejercicio de 2006 se han abonado 915.159,80 euros, en el ejercicio 2007 se reconocieron obligaciones por importe de 998.970,24 euros y está prevista la finalización de las obras en el primer trimestre de 2008.

2. Convenio de Colaboración con el Ministerio de Administraciones Públicas, suscrito el 27 de septiembre de 2005, para la reforma del edificio de la Subdelegación del Gobierno en Guipúzcoa, en la que está también ubicada la Comisaría Provincial del Cuerpo Nacional de Policía en San Sebastián. El acuerdo prevé parte de las obras (que ha contratado el M.A.P.) sean financiadas por esta Gerencia, con cargo a su capítulo 6 del Presupuesto de Gastos, por importe de 1.844.061,83 euros; de los que en el ejercicio de 2006 se han abonado 54.250 euros, en el ejercicio 2007 362.306,29 euros. Las obras está previsto que finalicen en 2008.

D.3 Bases de presentación de las cuentas

a) Principios contables: Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de este Organismo. Se expresan en euros, y se presentan con arreglo a lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria, y en la Instrucción de Contabilidad de la Administración Institucional del Estado, adaptada para esta Gerencia por Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado de 30 de Diciembre de 1999; conforme a los principios contables establecidos tanto en la Ley General Presupuestaria, como en el Plan General de Contabilidad Pública, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución de su Presupuesto.

b) Comparación de la información: Durante el ejercicio 2007 no se ha producido motivo alguno que impida la comparación de las cuentas anuales del ejercicio con las del precedente. c) Razones e incidencias en las cuentas anuales de los cambios de criterios de contabilización: No se ha producido ningún cambio en los criterios aplicados para la contabilización.

D.4 Normas de valoración

a) Inmovilizado inmaterial: Este Organismo no tiene inmovilizado inmaterial.

b) Inmovilizado material: inversiones destinadas a uso general e inversiones gestionadas: Las inversiones materiales se registran al coste de adquisición. Las inversiones gestionadas, se registran además por el valor de reposición a nuevo (tasación), conforme a la normativa quien regula la actividad de la Gerencia. Las amortizaciones se realizan según lo previsto en la Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado de 14 de diciembre de 1999, tomando como plazo de vida útil el establecido en las tablas incluidas en la citada Resolución; siendo las cuotas de amortización calculadas por el método lineal. Por las especiales características de las inversiones gestionadas, éstas no están sometidas a amortización. c) Inversiones financieras: Sin movimientos. d) Existencias: Sin movimientos. e) Provisiones para riesgos y gastos: Sin movimientos. f) Deudas: Sin movimientos. g) Provisiones de dudoso cobro: Sin movimientos. h) Ingresos y gastos: Los ingresos y gastos se imputan a la cuenta de resultado económico-patrimonial, siguiendo el criterio del devengo, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos, o se reconozcan las obligaciones presupuestarias. i) Transacciones en moneda distinta del euro: No se han realizado

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid