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Documento BOE-A-2008-13305

Resolución de 8 de julio de 2008, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el desarrollo de distintas actuaciones contenidas en el Plan Especial del Alto Guadiana.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 2 de agosto de 2008, páginas 33298 a 33299 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-13305

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, con fecha 18 de junio de 2008, el Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el desarrollo de distintas actuaciones contenidas en el Plan Especial del Alto Guadiana, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, precede la publicación de dicho convenio que figura como anexo a esta Resolución

Madrid, 8 de julio de 2008.-El Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu Rocamora.

ANEXO

Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el desarrollo de distintas actuaciones contenidas en el plan especial del alto Guadiana

En Alcázar de San Juan, a 18 de junio de 2008.

REUNIDOS

De una parte, doña Elena Espinosa Mangana, Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en virtud del RD 436/2008, de 12 de abril, por el que se dispone su nombramiento, en ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, doña María Luisa Araujo Chamorro, Vicepresidenta de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y Consejera de Economía y Hacienda, cargo para el que fue nombrada por Decreto 98/2007, de 2 de julio, actuando en representación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Y de otra, don Samuel Moraleda Ludeña en calidad de Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, Organismo Autónomo dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino en virtud de nombramiento conferido por la Orden Ministerial ARM/1710/2008 de 5 de junio, en nombre y representación de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, En representación de la Administración General del Estado y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,

EXPONEN

Que el 23 de octubre de 2007 se firmó en Ciudad Real un Protocolo de colaboración entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Administración General del Estado en el que se contienen diversos acuerdos encaminados a la aprobación del Plan Especial del Alto Guadiana (PEAG) al que hace referencia la disposición adicional cuarta de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional.

Que el Boletín Oficial del Estado n.º 21, de 24 de enero de 2008, publicó el Real Decreto 13/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Plan Especial del Alto Guadiana. Que conforme a las disposiciones del citado Real Decreto, se ha creado el Consorcio para la Gestión del Plan Especial del Alto Guadiana por Convenio entre la Administración General del Estado y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de fecha 25 de febrero de 2008, celebrándose en la misma jornada su sesión de constitución. Que la disposición adicional tercera del Real Decreto-Ley 9/2006, de 15 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en las poblaciones y en las explotaciones agrarias de regadío en determinadas cuencas hidrográficas, dispone que uno de los destinos posibles de las aguas adquiridas por los Centros de Intercambio de Derechos de uso de aguas es «la cesión a las Comunidades Autónomas, previo convenio que regule la finalidad de la cesión y posterior utilización de las aguas». Que es objetivo del Plan Especial del Alto Guadiana «la consecución del buen estado de las masas de aguas subterráneas y superficiales asociadas, corrigiendo el déficit hídrico estructural existente, todo ello en el marco de un desarrollo sostenible de los usos agrícolas y económicos en general...», según determina el artículo 2 del Real Decreto 12/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Plan Especial del Alto Guadiana. Que el artículo 5.2 b) de las Normas del Plan Especial del Alto Guadiana prevé que con los volúmenes de agua adquiridos por el Centro de Intercambio de Derechos de uso de agua, se podrán autorizar usos del agua en el marco de los criterios propuestos por el Consorcio e, igualmente, del convenio a que se refiere la disposición adicional tercera del Real Decreto-Ley 9/2006, de 15 de septiembre. Que ambas partes están interesadas en coordinar actuaciones en materia de adquisición de derechos de agua y forestación, para una mayor eficiencia y celeridad en su gestión. Que el desarrollo del Plan Especial del Alto Guadiana prevé la cesión a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de derechos de uso de agua correspondientes a un volumen de 40 Hm3 anuales, para que con ellos se puedan llevar a cabo distintas actuaciones dentro de su ámbito competencial en ejecución de lo preceptuado en la disposición adicional tercera del Real Decreto-Ley 9/2006. Por otra parte, el artículo 7.2 de las Normas del Plan Especial del Alto Guadiana, dispone que «la adquisición de derechos de aguas podrá ir combinada con convenios sobre la utilización agroambientalmente adecuada, incluyendo la forestación, de los terrenos a los que las aguas estuvieran vinculados». Que se ha emitido, con fecha 6 de junio de 2008 informe jurídico por la Abogacía de Estado, incorporándose el citado informe al expediente. Que la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica ha dado con fecha 17 de junio de 2008 la oportuna autorización para la celebración del presente Convenio de colaboración. Por todo lo cual y teniendo en cuenta lo preceptuado en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Administración General del Estado y la de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración con arreglo a las siguientes,

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto.-El objeto de este Convenio es la cesión gratuita de 40 Hm3 anuales por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadiana a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para que ésta pueda atender fines concretos en el ámbito de sus competencias, todo ello con las condiciones que se especifican en la estipulación tercera.

Es igualmente objeto de este convenio la coordinación de actuaciones en materia de adquisición de derechos de uso de agua y forestación, en las condiciones que se especifican en la estipulación cuarta. Segunda. Cesión.-Todos los derechos hasta un total de 40 Hm3 se cederán a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para un periodo de tiempo, al menos coincidente con la vigencia del Plan Espacial del Alto Guadiana. Todo ello en aplicación de la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 9/2006, de 15 de septiembre. Tercera. Condiciones de la cesión.-La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha pondrá a disposición del Consorcio para la Gestión del Plan Especial del Alto Guadiana los recursos cedidos. El citado Consorcio, previa convocatoria pública, ateniéndose a las bases de la misma y al informe del órgano competente de la Junta de Comunidades por razón del uso pretendido del agua, remitirá a la Confederación Hidrográfica del Guadiana su informe, para que el organismo de cuenca proceda a las autorizaciones o concesiones de uso del agua. La Confederación Hidrográfica del Guadiana efectuará las inspecciones que procedan a los efectos de comprobar que se cumplen las condiciones en que se concedan las autorizaciones de uso del agua. Cuarta. Condiciones Adquisición de derechos de agua y forestación.-La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha manifiesta, así mismo, su interés de que se lleve a cabo un programa de forestación específico para la zona del ámbito de aplicación del Plan Especial del Alto Guadiana. Para ello la Confederación Hidrográfica del Guadiana llevará a cabo ofertas públicas de adquisición de derechos de uso de agua vinculados a la suscripción por parte del cedente de un contrato para la forestación de sus tierras con especies autóctonas no susceptibles de aprovechamiento agrícola, adecuadas para la recuperación ambiental de la zona. El Consorcio para la gestión del PEAG fijará las condiciones de la oferta pública de adquisición de derechos que incorporará la prima compensatoria prevista en el programa ambiental del PEAG a favor de los cedentes; los trabajos de forestación y mantenimiento posterior seguirán los criterios fijados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en cuanto a las condiciones técnicas en que se deben efectuar dichos trabajos. Quinta. Comisión de seguimiento.-El seguimiento y control del cumplimiento de los acuerdos establecidos en el presente Convenio se llevará a cabo mediante una Comisión mixta paritaria entre la Administración General del Estado y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, compuesta por tres representantes designados por la Administración General del Estado y otros tres designados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Por parte de la Administración General del Estado uno de ellos será el Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. La presidencia de esta Comisión será rotativa y corresponderá en primer turno a la Administración General del Estado, que la ejercerá desde la suscripción de este Convenio y durante el plazo de un año, y en segundo turno a la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha durante un plazo igual, estableciéndose turnos rotativos de igual duración durante la vigencia del Convenio. A las sesiones de la Comisión asistirá un representante del Consorcio para la Gestión del Plan Especial del Alto Guadiana. La Comisión será responsable del seguimiento del Convenio así como de resolver los conflictos que pudieran resultar con ocasión de la ejecución e interpretación del mismo. Sexta. Vigencia.-La vigencia de este Convenio se extenderá a todo el período de ejecución del Plan Especial del Alto Guadiana, y en concreto hasta el año 2015, siendo susceptible de prórroga en las condiciones que fije el Plan. Séptima. Resolución del Convenio.-Este Convenio se extinguirá además de por lo dispuesto en la cláusula anterior, por alguna de las siguientes causas:

a) El mutuo acuerdo de las partes que lo suscriben.

b) La entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que determinen su extinción.

En estos casos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de terminación de las mismas.

Octava. Jurisdicción.-El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se halla excluido del ámbito de aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en el artículo 4.1 c) de la mencionada norma. Las controversias que pudiesen plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, a través de la Comisión mixta que se refiere la cláusula quinta. Si no se pudiera alcanzar dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de este orden jurisdiccional.

Novena. Publicidad.-El presente documento se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el Boletín Oficial del Estado.

Habiendo leído las partes el presente Convenio y hallándose conformes, lo firman por triplicado, en el lugar y fecha antes indicados.-La Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.-La Vicepresidenta y Consejera de Economía y Hacienda, M.ª Luisa Araujo Chamorro.-El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, Samuel Moraleda Ludeña.

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