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Documento BOE-A-2008-10047

Resolución de 30 de mayo de 2008, del Banco de España, por la que se publican las sanciones de amonestación pública impuestas en el expediente incoado a Titanes Telecomunicaciones, S.A., a sus administradores solidarios, don Luis Fernando Marqués Nadal y don Andrés Marqués Nadal, por la comisión de infracciones graves.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2008, páginas 26878 a 26878 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2008-10047

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 26 de enero de 2007, el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó Resolución resolviendo el expediente de referencia IE/CM‑1/2006, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de 7 de marzo de 2006, a Titanes Telecomunicaciones, S.A., a sus Administradores Solidarios, don Luis Fernando Marqués Nadal y don Andrés Marqués Nadal, y habiendo adquirido firmeza en vía administrativa, al haber sido desestimado, por Resolución Ministerial de 11 de junio de 2007, el recurso de alzada interpuesto, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio (Boletín Oficial del Estado del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado de las siguientes sanciones de amonestación pública por infracciones graves, impuestas en dicha Resolución, que dispuso, entre otras sanciones, las siguientes:

I. Imponer a la entidad Titanes Telecomunicaciones, S.A.: Una sanción de amonestación pública con publicación en el Boletín Oficial del Estado, prevista en el artículo 10 letra b) de la Ley 26/1988, por la comisión de la infracción grave tipificada en el artículo 7.3.II.b) del Real Decreto 2660/1998, en relación con el artículo 5.f) de la Ley 26/1988, y el artículo 178 de la Ley 13/1996, consistente en la realización de actos y operaciones con incumplimiento de los requisitos establecidos por las normas reglamentarias reguladoras de los establecimientos de cambio de moneda, salvo que tengan un carácter ocasional o aislado, por el incumplimiento de las previsiones normativas sobre transparencia y protección a la clientela.

II. Imponer a don Luis Fernando Marqués Nadal:

Una sanción de amonestación pública, prevista en el artículo 13.1 letra b) de la Ley 26/1988, por la comisión de la infracción grave tipificada en el artículo 7.3.II.b) del Real Decreto 2660/1998, en relación con el artículo 5.f) de la Ley 26/1988 y el artículo 178 de la Ley 13/1996, consistente en la realización de actos y operaciones con incumplimiento de los requisitos establecidos por las normas reglamentarias reguladoras de los establecimientos de cambio de moneda, salvo que tengan un carácter ocasional o aislado, por el incumplimiento de las previsiones normativas sobre transparencia y protección a la clientela.

III. Imponer a don Andrés Marqués Nadal:

Una sanción de amonestación pública, prevista en el artículo 13.1 letra b) de la Ley 26/1988, por la comisión de la infracción grave tipificada en el artículo 7.3.II.b) del Real Decreto 2660/1998, en relación con el artículo 5.f) de la Ley 26/1988 y el artículo 178 de la Ley 13/1996, consistente en la realización de actos y operaciones con incumplimiento de los requisitos establecidos por las normas reglamentarias reguladoras de los establecimientos de cambio de moneda, salvo que tengan un carácter ocasional o aislado, por el incumplimiento de las previsiones normativas sobre transparencia y protección a la clientela.

En consecuencia, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado de las referidas sanciones disciplinarias.

Madrid, 30 de mayo de 2008.-El Secretario General del Banco de España, José Antonio Alepuz Sánchez.

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