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Documento BOE-A-2007-20398

Resolución de 29 de octubre de 2007, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica la Adenda 2007 al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León, para la aplicación de diversos programas de apoyo a centros de educación primaria y educación secundaria (Plan PROA).

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 27 de noviembre de 2007, páginas 48594 a 48595 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-20398

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León, han suscrito una Adenda al Convenio de colaboración para la aplicación de diversos programas de apoyo a centros de educación primaria y educación secundaria (Plan PROA), en el año 2007, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicha Adenda.

Madrid, 29 de octubre de 2007.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, M.ª Antonia Ozcariz Rubio.

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN PARA LA APLICACIÓN DE DIVERSOS PROGRAMAS DE APOYO A CENTROS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN SECUNDARIA (PLAN PROA) EN EL AÑO 2007

En Madrid, a 8 de octubre de 2007.

REUNIDOS

De una parte D.ª Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, como Ministra de Educación y Ciencia, en virtud del Real Decreto 464/2006, de 10 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, en representación de la Comunidad de Castilla y León, D. Juan José Mateos Otero, Consejero de Educación de la Junta de Castilla y León, nombrado por Acuerdo 11/2007, de 2 de julio, de su Presidente, en el ejercicio de la competencia referida en el artículo 26.1.l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Las partes se reconocen capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente Adenda y en su virtud,

EXPONEN

Que con fecha 1 de diciembre de 2005, el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad de Castilla y León suscribieron un convenio para el desarrollo de apoyo a centros de Educación Primaria y Educación Secundaria, en cuya base quinta se acuerda concretar anualmente mediante Adenda, la colaboración y aportaciones de las partes, recogiendo, asimismo, el número de centros que participarán en cada uno de los citados programas.

De conformidad con ello, ambas partes acuerdan que el Programa de apoyo a centros de Educación Primaria y Educación Secundaria se desarrollará, durante el año 2007, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Número de centros participantes en el año 2007.-El Programa de Acompañamiento escolar en Primaria se desarrolla en el segundo y tercer trimestre del curso 2006-2007 en 30 centros de Educación Primaria. En el primer trimestre del curso 2007-2008 se implantará en otros 32 centros de Educación Primaria que junto a los 30 del curso anterior constituirán un total de 62 centros incluidos en dicho Programa.

El Programa de Acompañamiento escolar en Secundaria se desarrolla en el segundo y tercer trimestre del curso 2006-2007 en 15 centros de Educación Secundaria. En el primer trimestre del curso 2007-2008 se implantará en otros 18 centros de Educación Secundaria que junto a los 15 del curso anterior constituirán un total de 33 centros incluidos en dicho Programa. El Programa de Apoyo y Refuerzo a centros de secundaria se desarrolla en el segundo y tercer trimestre del curso 2006-2007 en 15 centros de Educación Secundaria. En el primer trimestre del curso 2007-2008 se implantará en otros 18 centros de Educación Secundaria que junto a los 15 del curso anterior constituirán un total de 33 centros incluidos en dicho Programa. Segunda. Aportaciones económicas en el año 2007.

a) Los compromisos de aportación económica de las Administraciones firmantes para el cumplimiento del presente Convenio, en el año 2007, ascienden a un total de 3.215.020 euros.

b) El Ministerio de Educación y Ciencia aportará en el año 2007 la cantidad total de 1.607.510 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.322G.450, del correspondiente Presupuesto de Gastos del Departamento. c) La Comunidad Autónoma aportará en el año 2007 la cantidad total de 1.607.510 euros con cargo a las aplicaciones presupuestarias a las que se vienen imputando los gastos derivados del desarrollo de estas actividades desde comienzos del año 2007.

Tercera. Instrumentación del pago.-El Ministerio de Educación y Ciencia procederá a transferir a la Comunidad de Castilla y León, a la firma de la presente Adenda, la aportación económica correspondiente al año 2007, prevista en la cláusula segunda, apartado b) de esta Adenda.

A efectos de la justificación del libramiento, la Comunidad de Castilla y León acopiará la documentación correspondiente al desarrollo de los programas y a la justificación del gasto, de acuerdo con lo establecido para las Comunidades Autónomas en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Cuarta. Financiación por el Fondo Social Europeo.-Dado que los programas objeto de esta adenda, dirigidos al alumnado de la Educación secundaria obligatoria, se inscriben en las actuaciones del programa operativo del Fondo Social Europeo que el Ministerio de Educación y Ciencia desarrolla, la Consejería de Educación deberá aportar un certificado en el que se justifique que ha sido cumplida la finalidad para la cual se suscribió la adenda en los programas dirigidos al alumnado de Educación secundaria obligatoria así como la elaboración de un dossier que contenga los oportunos documentos justificativos del gasto. Asimismo deberá incluir el logotipo del Fondo Social Europeo y la constancia explícita de dicha cofinanciación en los documentos, folletos y publicaciones que se realicen en el cumplimiento de los objetivos del mismo. De acuerdo con el Reglamento (CE) N.º 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006 y el Reglamento N.º 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, deberá conservarse in situ la documentación referida al desarrollo de los programas dirigidos al alumnado de Educación secundaria obligatoria objeto de esta adenda (listados de alumnos, de profesores y de otros profesionales que han participado en el desarrollo de los programas, relación de actuaciones, etc.) con el fin de que se encuentren a disposición de las autoridades de gestión, certificación o auditoría del Fondo Social Europeo. En la ejecución de los Programas serán de aplicación las bases acordadas en el Convenio suscrito con fecha 1 de diciembre de 2005.

Por el Ministerio de Educación y Ciencia, la Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Educación, Fdo.: Juan José Mateos Otero

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