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Documento BOE-A-2007-19477

Resolución de 2 de noviembre de 2007, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se aprueba la concesión de subvenciones a las Asociaciones Profesionales de Secretarios Judiciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 12 de noviembre de 2007, páginas 46325 a 46325 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2007-19477

TEXTO ORIGINAL

Por Orden JUS/936/2007, de 14 de marzo (BOE de 11 de abril de 2007), se establecen las bases de la concesión de subvenciones a las Asociaciones Profesionales de Secretarios Judiciales y por Resolución de 25 de mayo de 2007 (BOE de 26 de junio), de la Secretaría de Estado de Justicia, se convocan subvenciones para dichas Asociaciones, se establecen los plazos y demás requisitos para la concesión de las mismas. La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2007, establece con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia, en el concepto presupuestario 482 del programa 112 A servicio 02, la cuantía máxima de estas subvenciones destinadas a la financiación de actividades y estudios que realicen las asociaciones profesionales de secretarios judiciales legalmente constituidas que tengan por finalidad la mejora del servicio público de la Justicia en general y en particular, las que tengan por objeto una participación activa en los proyectos de reforma de la Justicia. La cuantía establecida para el ejercicio 2007 es de 44.700 €. De acuerdo con lo previsto en la mencionada Resolución y dentro del plazo establecido en la misma, presentaron solicitud las siguientes asociaciones, reuniendo todas ellas los requisitos exigidos en la base cuarta de la Resolución de 25 de mayo de 2007 y habiendo acompañado la documentación enumerada en la base sexta:

Unión Progresista de Secretarios Judiciales (en adelante UPSJ).

Colegio Nacional de Secretarios Judiciales (en adelante CNSJ).

Vista la propuesta de Resolución del órgano colegiado a que se refiere al artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y previa la fiscalización favorable de la Intervención Delegada en el Departamento, resuelvo:

Hacer un reparto proporcional en relación con la puntuación obtenida, siguiendo los criterios de valoración establecidos en el punto cuarto de la Orden JUS/936/2007, de 14 de marzo, Conceder a la asociación UPSJ la cantidad de 19.866,66 euros, al obtener: Por el criterio a) (número de asociados): 2 puntos, ya que cuenta con un total de 482 asociados, constituyendo éstos el 13,14 % del total del colectivo de Secretarios Judiciales.

Por el criterio b) (vinculación de las actividades propuestas con el objeto de mejora y modernización del servicio público de la Justicia): 3 puntos, en atención al contenido de las Jornadas de la Fe Pública y de la Jurisdicción Voluntaria. Por el criterio c) (medidas empleadas para el desarrollo de las actividades propuestas, tales como equipo humano, técnico e instalaciones): 3 puntos, por el anuncio y publicación de sus jornadas y congresos en carteles, inserciones en programas y otros medios de difusión gráfica.

Por tanto la puntuación total obtenida es de 8 puntos. Conceder a la asociación CNSJ la cantidad de 24.833,33 euros, al obtener:

Por el criterio a) (numero de asociados): 3 puntos, ya que cuenta con un total de 1.059 asociados, constituyendo éstos el 28,88 % del total del colectivo de Secretarios Judiciales.

Por el criterio b) (vinculación de las actividades propuestas con el objeto de mejora y modernización del servicio público de la Justicia): 4 puntos, dada la cantidad de jornadas y actividades reseñadas. Por el criterio c) (medidas empleadas para el desarrollo de las actividades propuestas, tales como equipo humano, técnico e instalaciones). 3 puntos, al contar con una administrativa, teléfono, fax, etc.

Por tanto, la puntuación total obtenida es de 10 puntos. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Secretario de Estado de Justicia en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a tenor de lo dispuesto en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Notifíquese a las asociaciones solicitantes.

Madrid 2 de noviembre de 2007.-El Secretario de Estado de Justicia, Julio Pérez Hernández.

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