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Documento BOE-A-2007-18829

Resolución de 3 de octubre de 2007, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Principado de Asturias, para el desarrollo del Programa de difusión del DNI electrónico, en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 30 de octubre de 2007, páginas 44208 a 44210 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2007-18829

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda al Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Principado de Asturias para el desarrollo del Programa de Difusión del DNI Electrónico, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 3 de octubre de 2007.El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y EL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE DIFUSIÓN DEL DNI ELECTRONICO EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, 9 de agosto de 2007.

REUNIDOS

De una parte, don Francisco Ros Perán, Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 988/2004, de 30 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado 2.1 de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, doña Ana Rosa Migoya Diego, en su calidad de Consejera de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno del Principado de Asturias, en la representación que ostenta y especialmente facultada para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en su reunión celebrada el día 1 de agosto de 2007. Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 6 de mayo de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en su ámbito territorial:

a) La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b) La Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Principado de Asturias, con competencias en el fomento de la aplicación y uso de los servicios de la sociedad de la información entre particulares, empresas e instituciones, es la responsable del diseño y ejecución de dichas políticas en el seno del Gobierno del Principado de Asturias. Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Gobierno del Principado de Asturias para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

III. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas.

IV. Asimismo, es interés de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias seguir con la aplicación del documento e-Asturias 2007 Estrategia para el desarrollo de la Sociedad de la Información en el Principado de Asturias, mediante el desarrollo del Programa Seguridad eDNI a fin de garantizar al conjunto de la ciudadanía asturiana la utilización del nuevo DNI digital en condiciones de seguridad en la tramitación telemática de procedimientos administrativos instados ante las Administraciones Públicas, así como alcanzar una mayor generalización del comercio digital entre los ciudadanos y el tejido empresarial asturiano. V. Que el Programa de Difusión del DNI Electrónico enmarcado en el área de actuación de eConfianza del Plan Avanza, pretende: a) aumentar el grado de concienciación, formación y sensibilización de los ciudadanos, empresas y Administraciones públicas; b) impulsar la identidad digital; y c) estimular la incorporación de la seguridad en las organizaciones como factor crítico para el aumento de su competitividad, promoviendo para ello la adopción de mejores prácticas. Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán responder a alguna de las siguientes topologías:

Medidas de comunicación y divulgación del DNIe: Actuaciones centradas en reforzar la comunicación y la divulgación del DNIe como herramienta de seguridad de la información entre ciudadanos, empresas y administraciones. En particular, informar sobre los beneficios y la oportunidad que supone la incorporación del DNIe en los procesos de negocio de las empresas y administraciones.

Medidas de impulso para la incorporación del DNIe: Actuaciones diseñadas para ayudar a la incorporación del DNIe en los procesos de negocio de las empresas y entidades públicas, para así facilitar y potenciar el desarrollo de servicios para los ciudadanos basados en el DNIe.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por las siguientes

CLÁUSULAS

Primero. Objeto.-El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Administración del Principado de Asturias para el desarrollo del Programa de Difusión del DNI Electrónico en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI).-La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa. La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza. Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa de Difusión del DNI Electrónico en el Principado de Asturias a petición de la propia Comunidad. Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Administración del Principado de Asturias.-A su vez, la Administración del Principado de Asturias se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda. Las actividades de difusión y divulgación del Programa de Difusión del DNI Electrónico en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC. En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa de Difusión del DNI Electrónico, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberán hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Administración del Principado de Asturias. Asimismo, se informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC. El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda. Cuarto. Gestión y ejecución.-La gestión del desarrollo de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Principado de Asturias con fecha 6 de mayo de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco. En particular, la Administración del Principado de Asturias podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público, Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma o fundación privada que lleve a cabo la promoción y desarrollo de la Sociedad de la Información en la Comunidad. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el Artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Artículo 3.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio. Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho Entre de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán cumplir los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y los requisitos especificados en el artículo 11 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso. Quinto. Financiación.-La financiación de las actuaciones para el año 2007, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2007

Financiadores

Aportaciones económicas (€)

MITYC

234.957

Principado de Asturias

192.237

Total Administraciones Públicas

427.194

Año 2007

Acciones

Financiadores

Aportaciones económicas (€)

e-DNI, ¿Para qué?

MITYC.

234.957

Internet y familia

Principado de Asturias.

100.000

Seguridad y legislacion en e-pyme

Principado de Asturias.

 92.237

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Administración del Principado de Asturias, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 234.957 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.

El Gobierno del Principado de Asturias aportará su cofinanciación con cargo a las aplicaciones presupuestarias 12.08.521A.485.018 y 19.05.322L.781.017 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el año 2007. Sexto. Competencias de la Comisión Bilateral.-La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar o modificar las actuaciones a realizar, incluyendo las modificaciones que se consideren necesarias en el Anexo de esta Adenda, siempre que no suponga la alteración sustancial del objeto de la misma. Asimismo, de conformidad con lo estipulado en el Convenio Marco de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Administración del Principado de Asturias, para el desarrollo del Plan Avanza, de 6 de mayo de 2006, la coordinación y seguimiento de las actuaciones contempladas en la Adenda se ajustará a lo establecido en el citado convenio Marco. De conformidad con lo estipulado en el Convenio Marco de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Administración del Principado de Asturias, para el desarrollo del Plan Avanza, de 6 de mayo de 2006, la coordinación y seguimiento de las actuaciones contempladas en la Adenda se ajustará a lo establecido en el citado convenio Marco. Séptimo. Duración.-Esta Adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una vigencia de un año. Si bien su vigencia se someterá a la del convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Principado de Asturias para el desarrollo del Plan Avanza. Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 3.1.c) aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios del citado Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco. Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Noveno. Causas de resolución y efectos.-La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación. En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO Programa de difusión del DNI Electrónico

Descripción de las actuaciones

Actuación 1. eDNI, ¿Para qué?

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.

Descripción de la acción: Desarrollar un dispositivo de comunicación que informe, asesore y anime a la ciudadanía y al empresariado a solicitar el eDNI, así como provocar su posterior uso en las diferentes tramitaciones que con este mecanismo estén operativas.

Objetivos:

Comunicar y divulgar el uso del eDNI entre empresas y ciudadanía.

Identificar beneficios y oportunidades del eDNI Realizar materiales divulgativos que permitan un mejor entendimiento de los beneficios del eDNI Asesorar a empresas y asociaciones empresariales sobre la utilización del eDNI y en particular sobre su incorporación en los modelos de negocio de las empresas y en su relación con las Administraciones públicas. Cuantificar el número de DNI digitales expedidos en Asturias

2. Medición con indicadores al final del desarrollo.

Número de impactos en medios de comunicación.

Seminarios / talleres realizados. Número de empresas participantes. Número de ciudadanos/as participantes en las actuaciones de sensibilización. Número de artículos publicados. Asesoramientos realizados a microempresas y medianas empresas en relación al eDNI.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin. 3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2007

MITYC

234.957 €

Principado de Asturias

0 €

Total

234.957 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2008

Principado de Asturias

234.957 €

Total

234.957 €

5. Periodo de ejecución.

Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008. Durante los 12 meses posteriores a la firma de la adenda.

Actuación 2. Internet y Familia

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.

Descripción de la accion: Internet y Familia es un proyecto de sensibilización, que tiene como misión promover el uso seguro de Internet entre niños, padres y educadores. Para ello, pretende contribuir decisivamente en la construcción de una cultura de prevención y responsabilidad a la hora de navegar por la red, permitiendo a los internautas infantiles y adolescentes extraer un provecho más efectivo de Internet.

Objetivos:

Difundir el uso seguro de Internet entre internautas, comunidad educativa, padres y familiares.

Realizar campañas de sensibilización Involucrar y fomentar la participación en el programa de la comunidad educativa. Sensibilizar a los medios de comunicación, sobre esta materia. Elaborar artículos y materiales divulgativos. Asesoramiento individualizado. Teleformación (campus virtual) de curso sobre Internet y Familia. Promover el uso de filtros de seguridad.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo.

Seminarios / talleres realizados.

Número de participantes. Número y tipo de impacto en medios de comunicación. Usuarios del curso de teleformación. Número de filtros de seguridad entregados. Número y tipo de materiales divulgativos realizados. Participación de colegios, a través de seminarios en colegios. Participación / realización de seminarios en Asociaciones de Padres y Madres de alumnos/as. Participación a nivel divulgativo en otros contextos ajenos al ámbito educativo, pero de alto impacto por número de participantes: ferias, centros comerciales, eventos deportivos, etc.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin. 3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2007

MITYC

0 €

Principado de Asturias

100.000 €

Total

100.000 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2008

Principado de Asturias

100.000 €

Total

100.000 €

5. Periodo de ejecución.

Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008. Durante los 12 meses posteriores a la firma de la adenda.

Actuación 3. Seguridad y legislacion en e-PYME

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.

Descripción de la accion: Seguridad y legislación en e-PYME es una actuación orientada a que las pymes asturianas y en particular las microempresas conozcan la legislación de más inmediata aplicación en relación a sus actuaciones desde Internet, véase LOPD, así como fomentar los mecanismos y la cultura en materia de Seguridad desde la empresa.

Objetivos:

Difundir aspectos normativos y jurídicos relacionados con la pyme, en su contexto e intereacción digital

Realizar campañas de sensibilización Involucrar y fomentar la participación en el programa a las asociaciones empresariales. Sensibilizar a los medios de comunicación, sobre esta materia. Elaborar artículos y materiales divulgativos. Asesoramiento y consultorías individualizadas (en materia LOPD y otras).

2. Medición con indicadores al final del desarrollo.

Seminarios / talleres realizados.

Número de empresas participantes. Número y tipo de impacto en medios de comunicación. Número y tipo de materiales divulgativos y artículos realizados. Participación de asociaciones empresariales. Número de consultorías en materia LOPD y otras materias.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin. 3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2007

MITYC

0 €

Principado de Asturias

92.237 €

Total

92.237 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2008

Principado de Asturias

92.237 €

Total

92.237 €

5. Periodo de ejecución.

Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008. Durante los 12 meses posteriores a la firma de la adenda.

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