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Documento BOE-A-2007-11828

Resolución de 22 de mayo de 2007, de la Dirección General de Ferrocarriles, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento, el Gobierno de Aragón y la empresa pública Platea Gestión, Sociedad Anónima, para la ejecución de un ramal y apartadero ferroviarios en la línea Teruel-Cella, que dará servicio a la Plataforma Logístico-Industrial Platea (Teruel).

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 15 de junio de 2007, páginas 26147 a 26148 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2007-11828

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, el día 8 de mayo de 2007 el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento, el Gobierno de Aragón y la empresa pública Platea Gestión, Sociedad Anónima, para la ejecución de un ramal y apartadero ferroviarios en la línea Teruel-Cella, que dará servicio a la Plataforma Logístico-Industrial Platea (Teruel).

Madrid, 22 de mayo de 2007.-El Director General de Ferrocarriles, Luis de Santiago Pérez.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE FOMENTO, EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA EMPRESA PÚBLICA PLATEA GESTIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA, PARA LA EJECUCIÓN DE UN RAMAL Y APARTADERO FERROVIARIOS EN LA LÍNEA TERUEL-CELLA, QUE DARÁ SERVICIO A LA PLATAFORMA LOGÍSTICO-INDUSTRIAL PLATEA (TERUEL)

En Madrid, a 8 de mayo de 2007.

REUNIDOS

Don Víctor Morlán Gracia, Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 637/2004, de 19 de abril, actuando por delegación de firma de la Ministra de Fomento, y,

Don Javier Velasco Rodríguez, Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes del Gobierno de Aragón, en virtud del Decreto de 7 de julio de 2003 y Presidente de la empresa con capital mayoritario público Platea Gestión, habilitado por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 17 de abril de 2007 y por el Consejo de Administración de Platea Gestión en sesión celebrada el 19 de marzo de 2007 en representación del Gobierno de Aragón y de la empresa pública Platea Gestión.

Ambas partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar el presente Acuerdo, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.-Que en la actualidad se encuentran en fase de ejecución por la Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento, las obras del tramo Teruel-Cella de la línea de alta velocidad Teruel-Zaragoza.

Segundo.-Que Platea Gestión, Sociedad Anónima, tiene por objeto proyectar, construir, conservar, explotar y promocionar, por ella misma o a través de terceras personas la Plataforma Logístico-Industrial de Teruel Platea, y en particular las infraestructuras y equipamientos comprendidos en la mismas, actuando por encargo del Gobierno de Aragón, según Decreto 50/2004, de 9 de marzo, por el que se crea esta empresa con capital mayoritario público. Tercero.-Que se ha previsto en el proyecto citado en el punto segundo de la exposición, entre otras actuaciones, un apartadero ferroviario que, partiendo de la línea general Teruel-Zaragoza, a la altura de Caudé, dará servicio a la Plataforma Logística, dando respuesta a la demanda potencial que esta actividad genera en la zona. Cuarto.-Desde el punto de vista de la oportunidad parece adecuado hacer coincidir la ejecución de este ramal ferroviario de penetración en Platea, así como la derivación al entorno del futuro aeródromo/aeropuerto de Teruel con las obras de alta velocidad de la línea Teruel-Zaragoza, en el tramo Teruel-Cella, optimizando plazos y recursos; asimismo resulta procedente que el Ministerio de Fomento pueda dirigir esta actuación, como experto y competente en proyectos ferroviarios teniendo en cuenta además el beneficio que dicha actuación puede suponer tanto para la actividad comercial en la red ferroviaria del Estado como para la descongestión en la red de carreteras. Quinto.-En consecuencia, el Ministerio de Fomento, el Gobierno de Aragón y Platea Gestión, Sociedad Anónima acuerdan colaborar en la construcción necesaria para el establecimiento de este apartadero. Sexto.-Platea Gestión, Sociedad Anónima actúa por encargo del Gobierno de Aragón, con el objeto de impulsar y promocionar la Plataforma Logístico-Industrial Platea (Teruel), tal y como queda recogido en el Título I, artículo 2, de sus Estatutos Sociales, aprobados por Decreto del Gobierno de Aragón 50/2004, publicado en el B.O.A. número 36, de 26 de marzo.

En virtud de lo anteriormente expuesto, se otorga el presente Convenio con las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Convenio tiene por objeto instrumentar la cooperación entre el Ministerio de Fomento, el Gobierno de Aragón y Platea Gestión, Sociedad Anónima para la construcción de un apartadero ferroviario en Platea (Teruel), partiendo de la estación ferroviaria de Cella, así como la derivación ferroviaria al entorno del futuro aeródromo/aeropuerto de Teruel.

Segunda.-El Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Ferrocarriles asumirá las siguientes actuaciones:

Dirección técnica del proyecto constructivo del apartadero ferroviario en Platea (Teruel), partiendo de la estación ferroviaria de Cella, así como la derivación ferroviaria al entorno del aeródromo/aeropuerto de Caudé/Teruel. Dicho proyecto comprenderá todas las actuaciones necesarias para la conexión del ramal ferroviario con las instalaciones de la estación de Cella, y la integración del apartadero en las instalaciones de Platea, tanto desde el punto de vista infraestructural como funcional, dotándole de todos los elementos necesarios para su incorporación a la explotación general de la línea y considerando la reposición de caminos de servicio tras la construcción de pasos a distinto nivel.

Dirección facultativa de las obras objeto de dicho proyecto.

Asimismo la Dirección General de Ferrocarriles aportará, previa la tramitación del procedimiento correspondiente, aquellos materiales recuperados de obras ejecutadas por dicho Organismo que, a juicio de la dirección de obra, puedan ser útiles para la construcción del apartadero ferroviario.

Todas las actuaciones asumidas por el Ministerio de Fomento estarán sujetas a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Contratos y el Reglamento General de Contratación de las Administraciones Públicas. Tercera.-Platea Gestión, Sociedad Anónima asumirá la licitación, adjudicación y contratación de las actuaciones y la financiación de todos los costes a que éstas den lugar al ser consideradas imprescindibles para el funcionamiento de la Plataforma Logístico-Industrial Platea (Teruel). En concreto financiará:

El contrato de asistencia técnica para la redacción del proyecto constructivo.

La obtención de los terrenos necesarios para las obras. El contrato de asistencia técnica para la dirección facultativa de las obras. La ejecución de las obras.

Cuarta.-El Gobierno de Aragón asumirá las gestiones necesarias para la aprobación del Proyecto Supramunicipal de la Plataforma Logístico-Industrial de Teruel (Platea), así como para la obtención de los terrenos necesarios para el conjunto de las actuaciones previstas.

Quinta.-El coste aproximado para llevar a cabo estas actuaciones se estima en: 15.035.000 euros, que serán totalmente financiados por Platea Gestión, Sociedad Anónima. En cualquier caso el presupuesto definitivo se fijará una vez se definan los costes en el proyecto constructivo. Sexta.-Será motivo de cese de la colaboración del Ministerio de Fomento el incumplimiento de las obligaciones de Platea Gestión, con respecto a cualquiera de los adjudicatarios de los diferentes contratos de consultoría y obras. Séptima.-A los efectos de asumir las facultades reconocidas en este convenio y de velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas por cada una de las partes intervinientes, así como el desarrollo puntual de las obligaciones contempladas, se crea una Comisión de Seguimiento formada por:

El Subdirector General de Construcción de la Dirección General de Ferrocarriles.

El Director Gerente de Platea Gestión, Sociedad Anónima. El Director General de Transportes del Gobierno de Aragón.

Dicha Comisión asumirá, sin perjuicio de las competencias que correspondan a cada Organismo, y en particular al Órgano de Contratación, las siguientes funciones:

a) Llevar a cabo el seguimiento de las actuaciones incluidas en el presente Convenio.

b) Informar el contenido del proyecto constructivo y de los correspondientes presupuestos asociados a las diferentes actuaciones. c) Acordar la distribución de las aportaciones (recursos materiales o humanos) definitivas de cada organismo a la actuación, en función del programa establecido y de la marcha de los trabajos. d) Ser informada y dar su conformidad, previa a la aprobación por el Órgano de Contratación, a las variaciones de coste de las obras. e) Promover la coordinación necesaria para la ejecución de las obras y el desarrollo de cuantas acciones se estimen necesarias y oportunas para la consecución de los objetivos del presente Convenio. f) Velar por el cumplimiento de los plazos fijados para la ejecución del Convenio, así como interpretar las cláusulas del mismo. g) Resolver los problemas que se susciten en la interpretación y cumplimiento del Convenio.

La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos bimestral, adoptándose los acuerdos que procedan por unanimidad de los miembros.

El representante del Ministerio de Fomento presidirá la Comisión de Seguimiento. Los miembros de la Comisión de Seguimiento podrán ser sustituidos en caso de imposibilidad de asistencia por aquellos representantes de su institución en quien convenientemente deleguen, para el cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas. Octava.-Una vez finalizadas y liquidadas las obras objeto del presente Acuerdo, se procederá a la firma de un Acta de Recepción por el Director de las obras y el Contratista responsable de su ejecución, siendo entregadas mediante este acto las obras e instalaciones a Platea Gestión, Sociedad Anónima para su gestión y explotación, directa o indirecta, a través del instrumento que estime oportuno. Novena.-La vigencia del presente Convenio se extenderá al período comprendido desde la fecha de su firma hasta la firma del Acta de Re-cepción. Décima.-El presente Convenio podrá ser objeto de denuncia por cualquiera de las partes firmantes antes de su expiración, mediante comunicación escrita fehaciente con un plazo de antelación de al menos un mes. Undécima.-El incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones anteriores producirá la extinción del presente Convenio, previa denuncia fehaciente de cualquiera de las partes.

Para que conste y en prueba de conformidad, los comparecientes firman el presente Convenio en el lugar y fecha indicados.-Por el Ministerio de Fomento, por delegación de firma de la Ministra (artículo 16 LRJPAC) de 7 de mayo de 2007, el Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, Víctor Morlán Gracia.-Por el Gobierno de Aragón y la empresa pública Platea Gestión, el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes y Presidente de la empresa pública Platea Gestión, Sociedad Anónima, Javier Velasco Rodriguez.

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