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Documento BOE-A-2006-633

Resolución de 11 de enero de 2006, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se determina el número de plazas a proveer por los Tribunales calificadores de las pruebas selectivas de acceso a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada, de la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2006, páginas 1887 a 1887 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2006-633

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la base 6.3 de la Orden APU/3202/2005, de 28 de septiembre, por la que se convocan de pruebas selectivas para el acceso a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada, de la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, he resuelto:

Primero.-Determinar el número de plazas a proveer por los Tribunales en función del número de plazas convocadas y el número de aspirantes en los términos que se indican en el Anexo I de esta Resolución.

De conformidad con lo dispuesto en las bases 1.1 y 6.4, las plazas no cubiertas de las reservadas a promoción interna acrecerán las restantes de acceso libres y serán distribuidas entre todos los Tribunales en función del numero opositores. Segundo.-Las plazas reservadas para ser cubiertas por el sistema de promoción interna de opositores con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, de conformidad con la base 1.1 de la convocatoria, serán asignadas a los Tribunales mediante Resolución del Director del Instituto Nacional de Administración Pública, una vez concluido el primer ejercicio. En el supuesto de que, una vez finalizado el primer ejercicio, el número de aspirantes aprobados que optan por el cupo de reserva de discapacitados estén distribuidos de manera que no sea posible realizar una asignación de las plazas reservadas, se determinará el tribunal en que dichos aspirantes continuarán el proceso selectivo y, en consecuencia, la correspondiente asignación de plazas, que se especificará en la citada Resolución. Las plazas reservadas para se cubiertas por el sistema de promoción interna de opositores con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, que queden desiertas se acumularán a las del turno ordinario de promoción interna. Tercero.-Las plazas reservadas para ser cubiertas, por el sistema general de acceso libre de opositores con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, de conformidad con la base 1.1 de la convocatoria, serán asignadas a los Tribunales mediante Resolución del Director del Instituto Nacional de Administración Pública, una vez concluido el segundo ejercicio. En el supuesto de que, una vez finalizado el segundo ejercicio, el número de aspirantes aprobados que optan por el cupo de reserva de discapacitados estén distribuidos de manera que no sea posible realizar una asignación de las plazas reservadas, se determinará el tribunal en que dichos aspirantes continuarán el proceso selectivo y, en consecuencia, la correspondiente asignación de plazas, que se especificará en la citada Resolución. De conformidad con lo dispuesto en la base 1.1, si las plazas cubiertas de las reservadas para personas con discapacidad en el sistema de acceso libre no alcanzaran la tasa del tres por ciento de las plazas convocadas, las plazas no cubiertas se acumularán al cupo correspondiente a personas con discapacidad de la siguiente convocatoria.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la misma en el Boletín Oficial del Estado, ante el mismo órgano que la ha dictado, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 11 de enero de 2006.-El Director, Francisco Ramos Fernández-Torrecilla.

ANEXO I

Tribunal

Turno libre

Promoción interna

General

Cupo de reserva discapacidad

General

Cupo de reserva discapacidad

Plazas

Plazas

Plazas

Plazas

Tribunal nº 1 - Madrid

9

-

8

-

Tribunal nº 2 - Madrid

9

-

9

-

Tribunal nº 3 - Andalucía

6

-

7

-

Tribunal nº 4 - Baleares

1

-

1

-

Tribunal nº 5 - Canarias

1

-

1

-

Tribunal nº 6 - Castilla León

6

-

5

-

Tribunal nº 7 - Cataluña

4

-

6

-

Tribunal nº 8 - Galicia

3

-

4

-

Tribunal nº 9 - País Vasco

2

-

2

-

Tribunal nº 10 - Valencia

6

-

5

-

Totales

47

3

48

2

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