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Documento BOE-A-2006-6312

Resolución de 16 de marzo de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del Convenio colectivo estatal para las Industrias del Calzado.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2006, páginas 13749 a 13751 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-6312
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2006/03/16/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo Estatal para las Industrias del Calzado (publicado en el B.O.E. de 7.10.05), (Código de Convenio n.º 9900805), que fue suscrito con fecha 16 de febrero de 2006, por la Comisión Paritaria del Convenio en la que están integradas las organizaciones empresariales Federación de Industrias del Calzado Español (FICE) y la Asociación de Empresas Componentes del Calzado (AEC), y las sindicales FITEQA-CC.OO. y FIA-UGT, firmantes del Convenio en representación de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria del Convenio.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de marzo de 2006.-El Director general, Esteban Rodríguez Vera.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS DEL CALZADO

En Almansa (Albacete), siendo las 11,00 horas del día 16 de febrero de 2006, se reúne la Comisión paritaria del Convenio Estatal para las industrias del Calzado, (código de convenio n.º 9900805), con la asistencia de los representantes de las Centrales Sindicales CC.OO.-FITEQA, UGT-FIA y de la Patronal FICE y AEC.

FITEQA-CC.OO.: José Torregrosa Botella.

Francisco Fernández Villodres. Carmen Expósito Robles.

FIA-UGT:

Juan Antonio Maciá Torregrosa.

Aurelio Lajarín Rebagliato. José Mesa Ortega.

FICE-AEC:

Pedro Méndez Reyes.

Joaquín Marco Amorós. Pablo Seguí Pons. Juan Lopez Gómez. Rafael Cañada López.

Orden del día:

1. Revisión salarial 2005 y Tabla salarial 2006.-De conformidad con el art. 34 apartado 2.1 se procede a la revisión de la Tabla salarial del primer año de convenio, a partir del IPC real de 2005 que ha sido del 3,7%; adjuntándose al acta, como anexo 1.

Asimismo, y de conformidad con el apartado 3 del mismo artículo, se procede al cálculo de la Tabla salarial del segundo año, a partir del salario anterior revisado y de la previsión oficial de inflación del 2%, más el 0,25; adjuntándose al acta, como anexo 2. 2. Envío para su Registro y publicación en el BOE.-Finalmente, la Comisión acuerda remitir la documentación a la Dirección General de Trabajo, para su registro y publicación en el BOE.

ANEXO 1

Salarios

Revisión salarial. 2005

Salario anual

2005

Revisión salarial

(1/3/05-28/2/06)

Salario anual

Revisado

Grupo I. Personal Técnico Titulado:

Ingenieros y Licenciados

21.196,95

195,51

21.392,45

Ingenieros Técnicos y Analistas Diplomados

19.455,70

179,45

19.635,14

Graduados Sociales y A.T.S.,

19.455,70

179,45

19.635,14

Personal Técnico no Titulado:

Encargado General Fabricación

19.452,01

179,41

19.631,43

Encargado Depto.y Técnico Org

18.939,49

174,68

19.114,18

Encargado Sector, Programador y Modelista

17.013,02

156,92

17.169,94

Patronista

15.591,78

143,81

15.735,59

Encargado de Sección y Cronometrador

14.464,55

133,41

14.597,96

Subencargado de Sección

12.703,46

117,17

12.820,63

Grupo II. Empleados Mercantiles:

Jefe de Compras y Ventas

18.839,95

173,77

19.013,72

Agente de Compras y Viajantes

15.358,80

141,66

15.500,46

Oficial de ventas

15.199,03

140,19

15.339,22

Dependiente

11.387,74

105,03

11.492,77

Personal Administrativo:

Jefe de Sección

17.634,60

162,65

17.797,25

Jefe de Negociado

16.921,90

156,08

17.077,98

Oficial de Primera

14.464,55

133,41

14.597,96

Oficial de Segunda

13.241,25

122,13

13.363,38

Auxiliar y Telefonista

11.503,92

106,10

11.610,02

Grupo IV. Oficios varios:

Conductor Transportista y Maestro de Mesilla

13.149,31

121,28

13.270,59

Encargado de Almacen y Listero

12.390,40

114,28

12.504,68

Almacenero y Chofer Distribuidor

12.110,16

111,70

12.221,85

Vigilante y Pesador

11.191,47

103,22

11.294,69

Ordenanza, Portero y Mozo de Almacen

11.139,77

102,75

11.242,52

Empleados de Limpieza

10.849,00

100,06

10.949,06

Grupo III. Fabricación:

Nivel 5

12.118,68

111,77

12.230,45

Nivel 4

11.704,34

107,95

11.812,29

Nivel 3

11.290,01

104,13

11.394,14

Nivel 2

11.120,38

102,57

11.222,94

Nivel 1

11.004,07

101,49

11.105,56

T. en formación (y para el 100% de jornada):

Aprendices 2.º año

10.008,34

92,31

10.100,65

Aprendices 1er año

8.340,28

76,93

8.417,21

Aspirante 2.º año

8.241,45

76,01

8.317,46

Botones 2.º año

7.261,55

66,98

7.328,52

Aspirantes y Botones 1.er año

7.182,00

-

7.182,00

ANEXO 2

Salarios

Convenio del calzado

Tabla I. Personal con retribución mensual o diaria (extras aparte).

Tabla II. Personal con retribución mensual o diaria (todo incluido).

Salario anual

(1/3/06-28/2/7)

Salario mes

(Tabla I)

Salario día

(Tabla I)

Salario mes

(Tabla II)

Salario día

(Tabla II)

Hora/prima

Grupo I. Personal Técnico Titulado:

Ingenieros y Licenciados

21.873,78

1.562,41

51,47

1.822,82

59,93

Ingenieros Técnicos y Analistas Diplomados

20.076,93

1.434,07

47,24

1.673,08

55,01

Graduados Sociales y A.T.S.

20.076,93

1.434,07

47,24

1.673,08

55,01

Personal Técnico no Titulado:

Encargado General Fabricación

20.073,13

1.433,80

47,23

1.672,76

54,99

Encargado Depto.y Técnico Org.

19.544,24

1.396,02

45,99

1.628,69

53,55

Encargado Sector, Programador y Modelista

17.556,26

1.254,02

41,31

1.463,02

48,10

Patronista

16.089,64

1.149,26

37,86

1.340,80

44,08

Encargado de Sección y Cronometrador

14.926,41

1.066,17

35,12

1.243,87

40,89

Subencargado de Sección

13.109,09

936,36

30,85

1.092,42

35,92

Grupo II. Empleados Mercantiles:

Jefe de Compras y Ventas

19.441,53

1.388,68

45,74

1.620,13

53,26

Agente de Compras y Viajantes

15.849,22

1.132,09

37,29

1.320,77

43,42

Oficial de ventas

15.684,35

1.120,31

36,90

1.307,03

42,97

Dependiente

11.751,36

839,38

27,65

979,28

32,20

Personal Administrativo:

Jefe de Sección

18.197,68

1.299,83

42,82

1.516,47

49,86

Jefe de Negociado

17.462,23

1.247,30

41,09

1.455,19

47,84

Oficial de Primera

14.926,41

1.066,17

35,12

1.243,87

40,89

Oficial de Segunda

13.664,05

976,00

32,15

1.138,67

37,44

Auxiliar y Telefonista

11.871,25

847,95

27,93

989,27

32,52

Grupo IV. Oficios varios:

Conductor Transportista y Maestro de Mesilla

13.569,18

969,23

31,93

1.130,77

37,18

Encargado de Almacen y Listero

12.786,04

913,29

30,08

1.065,50

35,03

Almacenero y Chofer Distribuidor

12.496,85

892,63

29,40

1.041,40

34,24

Vigilante y Pesador

11.548,82

824,92

27,17

962,40

31,64

Ordenanza, Portero y Mozo de Almacen

11.495,47

821,11

27,05

957,96

31,49

Empleados de Limpieza

11.195,41

799,67

26,34

932,95

30,67

Grupo III. Fabricación:

Nivel 5

12.505,64

893,26

29,43

1.042,14

34,26

6,95

Nivel 4

12.078,07

862,72

28,42

1.006,51

33,09

6,71

Nivel 3

11.650,51

832,18

27,41

970,88

31,92

6,47

Nivel 2

11.475,46

819,68

27,00

956,29

31,44

6,38

Nivel 1

11.355,44

811,10

26,72

946,29

31,11

6,31

T. en formación (y para el 100% de jornada):

Aprendices 2.º año

10.327,91

737,71

24,30

860,66

28,30

Aprendices 1.er año

8.606,60

614,76

20,25

717,22

23,58

Aspirante 2.º año

8.504,60

607,47

20,01

708,72

23,30

Botones 2.º año

7.572,60

540,90

17,82

631,05

20,75

Aspirantes y Botones 1.er año

7.572,60

540,90

17,82

631,05

20,75

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/03/2006
  • Fecha de publicación: 07/04/2006
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 26 de septiembre de 2005 (Ref. BOE-A-2005-16680).
Materias
  • Calzado
  • Convenios colectivos
  • Industrias

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