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Documento BOE-A-2006-13627

Resolución de 17 de julio de 2006, del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se hace pública la información contenida en el resumen de cuentas anuales del ejercicio 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 27 de julio de 2006, páginas 28216 a 28222 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2006-13627

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado tercero de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 21 de marzo de 2005, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de cuentas anuales para las entidades de derecho público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales del Instituto de Estudios Fiscales correspondientes al ejercicio 2005, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 17 de Julio de 2006.-El Director del Instituto de Estudios Fiscales, Jesús Ruiz-Huerta Carbonell.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

MEMORIA DE ORGANIZACIÓN

El artículo 51 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre del 2000, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social crea, con la denominación de Instituto de Estudios Fiscales, un organismo público con la naturaleza de organismo autónomo, de los previstos en los artículos 45 y siguientes de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

El apartado Cinco del mencionado artículo remite la constitución efectiva del Instituto a la entrada en vigor de sus Estatutos, haciéndose necesaria la aprobación de los mismos mediante el correspondiente Real Decreto. La importancia histórica alcanzada por el Instituto de Estudios Fiscales en la historia de la Hacienda Pública española, la calidad y cantidad de la formación que presta a los funcionarios y otro personal al servicio de la Administración Financiera, su relevante función intelectual en el terreno de los estudios e investigaciones de Política Fiscal y Derecho Tributario, así como la proyección internacional de sus actuaciones, hacían aconsejable no sólo mantener estas actividades, sino reforzar las mismas, adecuándolas a las nuevas necesidades de la Administración Financiera del Estado, por medio de un instrumento jurídico de intervención administrativa más flexible y dinámico como es la creación de un Organismo Autónomo. De esta forma, el Instituto de Estudios Fiscales podrá no sólo mantener su prestigio en el mundo profesional y académico, así como sus labores de cooperación con la Política Fiscal del Gobierno, sino que, utilizando los mecanismos de reforma y agilización del Estado incluidos en la Ley 6/1997, de 14 abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, podrá dinamizar su estructura y funcionamiento, abriéndose a la sociedad civil y, en especial, a la Universidad y a otras entidades, públicas y privadas, interesadas en el análisis de la Economía Pública española e internacional.

El Estatuto del Organismo Autónomo Instituto de Estudios Fiscales.

Se aprueban de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, por Real Decreto 63/2001, de 26 de enero.

Naturaleza:

El Instituto de Estudios Fiscales es un organismo autónomo de los previstos en el Capítulo II del Título III, de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos.

Funciones:

Corresponde al Instituto de Estudios Fiscales ejercer las siguientes actividades: a) La investigación, estudio y asesoramiento económico y jurídico en las materias relativas a los ingresos y gastos públicos y su incidencia sobre el sistema económico y social, así como el análisis y explotación de las estadísticas tributarias.

b) La asistencia y colaboración con los órganos de la Administración encargados de convocar las pruebas de acceso para la selección de funcionarios de Cuerpos adscritos a los Ministerios de Economía y Hacienda con funciones de administración y gestión de la Hacienda Pública. c) La formación de los funcionarios y otro personal en las materias específicas de la Hacienda Pública, incluyendo las técnicas de administración y gestión financiera y tributaria, de presupuestación y gasto público, así como las demás actividades formativas que le sean encomendadas, elaborando al efecto, en colaboración con los Centros Directivos del Departamento y de acuerdo con sus necesidades, los correspondientes programas formativos a medio y largo plazo. d) El desarrollo de relaciones de coordinación y cooperación con otros centros, institutos, Escuelas de Administración Pública, universidades, instituciones, organismos y otras Administraciones financieras, nacionales e internacionales, en materia de estudios e investigación sobre sistemas tributarios y gasto público o de formación y perfeccionamiento de personal con funciones administrativas en estas materias. e) Las de carácter común y de gestión de los recursos y medios asignados al organismo autónomo. f) La edición y difusión de las publicaciones oficiales relacionadas con la actividad propia del Instituto para el mejor cumplimiento de las competencias descritas en los párrafos a) a d) anteriores. g) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por normas legales o reglamentarias.

Estructura Organizativa:

Los órganos de dirección del Instituto de Estudios Fiscales son el Consejo Rector y la Dirección General.

Con nivel orgánico de subdirector general y dependiendo del Director General figuran los siguientes órganos directivos:

a) Dirección de la Escuela de Hacienda Pública.

b) Subdirección General de Formación de Personal Superior del Ministerio de Economía y Hacienda c) Subdirección General de Formación de Personal de Gestión del Ministerio de Economía y Hacienda. d) Subdirección General de Estudios Tributarios. e) Subdirección General de Estudios Presupuestarios y de Gasto Público. f) Subdirección General de Organización, Planificación y Gestión de Recursos.

Los órganos de asesoramiento son:

a) La Comisión Asesora de Codificación de la Normativa Tributaria.

b) La Comisión Asesora de Codificación de la Normativa Financiera y Presupuestaria.

Organización Contable:

El Instituto de Estudios Fiscales tiene una organización contable centralizada y el Servicio de Contabilidad depende de la Subdirección General de Organización, Planificación y Gestión de Recursos.

Estructura Territorial El Instituto de Estudios Fiscales tiene su sede en Madrid, pero desarrolla sus actividades de forma descentralizada. Cuenta en la actualidad con los siguientes Centros Regionales que dependen funcionalmente del mismo, sin perjuicio de su adscripción orgánica a las Delegaciones de Economía y Hacienda:

1) Centro Regional del Instituto de Estudios Fiscales con sede en Barcelona.

2) Centro Regional del Instituto de Estudios Fiscales con sede en Valencia. 3) Centro Regional del Instituto de Estudios Fiscales con sede en Sevilla. 4) Centro Regional del Instituto de Estudios Fiscales con sede en A Coruña

Responsables de la Entidad:

Los principales responsables de la Entidad son: D. Jesús Ruiz-Huerta Carbonell, Director del Instituto de Estudios Fiscales.

D.ª M.ª Soledad Fernández Doctor, Directora de la Escuela de Hacienda Pública. D. Juan Carpizo Bergareche, Subdirector General de Formación de Personal Superior del Ministerio de Economía y Hacienda D.ª Carmen Balbas Ruesgas, Subdirectora General de Formación de Personal de Gestión del Ministerio de Economía y Hacienda. D. Santiago Díaz de Sarralde, Subdirector General de Estudios Tributarios. D. Luis Ayala Cañón, Subdirector General de Estudios Presupuestarios y de Gasto Público. D.ª Marta Ganado López, Subdirectora General de Organización, Planificación y Gestión de Recursos

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