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Documento BOE-A-2005-6635

Resolución de 13 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se constituye con carácter permanente la Mesa de Contratación del mencionado organismo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 25 de abril de 2005, páginas 14021 a 14022 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2005-6635
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/04/13/(1)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 81 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, regula la Mesa de Contratación. El artículo 79 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, establece que la Mesa de Contratación podrá designarse con carácter permanente. Por Resolución de esta Presidencia, de 18 de enero de 2001, se constituyó con carácter permanente la Mesa de contratación del INE. La composición de dicha Mesa no responde a la estructura actual del INE, que ha sido modificada por el Real Decreto 947/2003, de 18 de julio, razón por la cual procede modificar su composición. En atención a lo anterior, resuelvo:

Primero.-La Mesa de Contratación Permanente del Instituto Nacional de Estadística estará formada por los siguientes miembros:

Presidenta: La Secretaria General.

Vocales:

a) La Secretaria General Adjunta de Gestión Económica.

b) La Jefe de Área de Gestión Patrimonial. c) Un Abogado del Estado de la Abogacía del Estado en el Departamento. d) El Interventor Delegado de la Intervención General del Estado en el Organismo o persona en quien delegue.

Secretario: El Jefe del Servicio encargado de la contratación administrativa, que actuará con voz pero sin voto.

La Presidenta podrá ser sustituida por la Secretaria General Adjunta de Gestión Económica o persona designada al efecto. La Presidenta convocará, en función del orden del día, a un representante de la unidad administrativa afectada por el tema, el cual participará con voz y voto.

Segundo.-La Mesa de Contratación se regirá por lo establecido en materia de órganos colegiados en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.-Queda derogada la Resolución de esta Presidencia de fecha 18 de enero de 2001.

Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de abril de 2005.-La Presidenta, Carmen Alcaide Guindo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/04/2005
  • Fecha de publicación: 25/04/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 26/04/2005
  • Fecha de derogación: 14/09/2018
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DEROGA Resolución de 18 de enero de 2001 (Ref. BOE-A-2001-3114).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 81 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio (Ref. BOE-A-2000-11533).
    • art. 22 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo (Ref. BOE-A-1996-6391).
Materias
  • Instituto Nacional de Estadística
  • Mesas de Contratación
  • Ministerio de Economía y Hacienda

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