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Documento BOE-A-2004-9281

Resolución de 21 de abril de 2004, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Instituto de Salud Carlos III y el Servicio Regional de Empleo de la Comunidad Autónoma de Madrid para el desarrollo del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos de Investigación. FINNOVA-2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 18 de mayo de 2004, páginas 18935 a 18937 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2004-9281

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 12 de abril de 2004, convenio de colaboración entre el Instituto de Salud Carlos III y el Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos de Investigación. FINNOVA-2004, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 21 de abril de 2004.–El Secretario general, Fernando Lamata Cotanda.

ANEXO QUE SE CITA
Convenio de colaboración entre el Instituto de Salud Carlos III y el Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid para el Desarrollo del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos de Investigación FINNOVA-2004

REUNIDOS

En Madrid, a 12 de abril de 2004, en la sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, en presencia de la Excma. Sra. Dña. Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Presidenta de la Comunidad de Madrid.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Juan José Güemes Barrios, Consejero de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid, en su calidad de Presidente del Consejo de Administración del Servicio Regional de Empleo, Organismo Autónomo Administrativo creado por la Ley 5/2001, de 3 de julio, en nombre y representación de la misma, en virtud de las competencias delegadas en materia de convenios por Acuerdo de 21 de enero de 2002, del Consejo de Administración del referido Organismo Autónomo.

De otra parte, el Ilmo. Sr. D. Antonio Campos Muñoz, como Director del Instituto de Salud Carlos III, nombrado por Real Decreto 1053/2000, de 2 de junio (BOE n.133, de 3 de junio) y en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto y por el Real Decreto 375/2001 de 6 de abril que aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III.

Ambas partes se reconocen capacidad suficiente para obligarse en el presente Convenio, y a tal efecto exponen:

Primero.

Que el Servicio Regional de Empleo, creado por la Ley 5/2001, de 3 de julio, tiene como fines, la realización, orientada al pleno empleo estable y de calidad, de todas aquellas actividades de formación para el empleo y de intermediación en el mercado de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid dirigidas a facilitar a los/as trabajadores/as desempleados/as la obtención de un puesto de trabajo digno y adecuado y a facilitar a los/as empleadores/as la contratación de trabajadores con formación y experiencia adecuada a sus necesidades de producción de bienes y servicios, de manera pública y gratuita y en coordinación con otros organismos similares de ámbito regional, nacional o europeo, de tal manera que se garantice la igualdad de oportunidades para el empleo, la libre circulación de trabajadores/as, la unidad del mercado de trabajo y la igualdad de trato, así como la modernización del sistema de creación al/la demandante de empleo y la incorporación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que, entre sus funciones se incluye el suscribir convenios y programas con las empresas para la realización de prácticas y contratación del primer empleo, para alumnos/as procedentes de FP (Formación Profesional), Universidades e Institutos Universitarios.

Segundo.

Que, en cumplimiento de las funciones expuestas en el párrafo anterior, se ha convocado el Plan FINNOVA 2004 por Orden 9035/2003, de 12 de noviembre, de la Consejería de Trabajo, por la que se regula la concesión de ayudas para el desarrollo del programa de puestos de becas FINNOVA 2004 (B.O.C.M. número 275).

Tercero.

Que el Instituto de Salud Carlos III, en la consecución de los fines que le son propios, posee los medios técnicos suficientes para crear en su seno puestos de prácticas para la formación de auxiliares técnicos vinculados a proyectos de investigación y nuevas tecnologías, contribuyendo al desarrollo de los mismos.

Cuarto.

Que ambas instituciones complementan sus esfuerzos con el fin de permitir a personas desempleadas la realización de prácticas en el centro de trabajo, que puedan contribuir a su posterior inserción laboral.

En consecuencia, coincidiendo ambas partes en los objetivos aquí expuestos, acuerdan desarrollar el presente Convenio de Colaboración de acuerdo a las siguientes cláusulas:

Primera.

Es objeto del presente Convenio el establecimiento de un Plan de apoyo a la formación de los/as jóvenes técnicos mediante la adquisición de una serie de habilidades y destrezas de forma práctica en disciplinas innovadoras para mejorar la inserción laboral de los/as mismos/as en Centros de Investigación del Instituto de Salud Carlos III.

Segunda.

El Servicio Regional de Empleo, a través del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos para la Innovación (FINNOVA 2004), ha convocado quince becas de prácticas para la formación en el ámbito de los proyectos de investigación y nuevas tecnologías, reflejados en el anexo, atendiendo a la descripción de los perfiles que figuran en el mismo.

La duración de las becas será de 12 meses con dedicación a tiempo completo, a comenzar a partir del 1 de enero de 2004.

El criterio utilizado para la determinación de las mismas es el de la proyección laboral de los puestos tanto dentro del Instituto de Salud Carlos III, como en otras empresas del mismo sector de actividad.

Tercera.

La concesión de las becas, y las características de las mismas, estará sujeta a lo dispuesto en la Orden 9035/2003 de 12 de noviembre, de la Consejería de Trabajo.

Cuarta.

La selección de los/as becarios/as, de entre los/as solicitantes que reúnan los requisitos mínimos señalados para cada puesto, se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la Orden 9035/2003 de 12 de noviembre de la Consejería de Trabajo.

Quinta.

Los/as candidatos/as finalmente seleccionados/as, percibirán una BECA de una cuantía mensual de seiscientos treinta y seis euros (636 €).

La condición de becario/a no dará lugar, en ningún caso, a relación jurídica laboral con las partes del presente Convenio.

Sexta.

Los/as becarios/as desarrollarán su actividad de prácticas para la formación en el Instituto de Salud Carlos III bajo la dirección de un tutor/a, que el Instituto designará para cada puesto. El control de seguimiento del aprendizaje y determinación del nivel de rendimiento de los/as participantes corresponderá al/la tutor/a designado/a para la dirección de la actividad del becario/a.

El Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid realizará el seguimiento general del Plan mediante los cuadernos de prácticas de los/as becarios/as que los/as tutores/as visarán mensualmente; las escalas de rendimiento que serán cumplimentadas trimestralmente por los/as tutores/as y alumnos/as, así como las escalas de satisfacción de los/as alumnos/as.

Las escalas de rendimiento y satisfacción especificadas en el párrafo anterior deberán remitirse al Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid con carácter trimestral.

Las bajas que se vayan produciendo se podrán cubrir, durante el transcurso del 50% del tiempo de duración de la beca desde la fecha de inicio de la misma, con la lista de espera baremada y elaborada en la selección inicial, por un tiempo nunca superior al que reste de la duración total prevista inicialmente.

Séptima.

El Instituto de Salud Carlos III suscribirá seguro de accidentes y de asistencia sanitaria para la cobertura de los/as becarios/as durante el período de duración de la beca.

Octava.

El Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, conforme se establece en la Orden de convocatoria citada, aportará el coste de las becas durante los primeros SEIS meses de duración de las mismas, por un importe de cincuenta y siete mil doscientos cuarenta euros (57.240 €) con cargo al Programa 960, Partida 48200, del ejercicio 2004, de forma que el Instituto de Salud Carlos III tenga con suficiente antelación, los créditos para hacer efectivos los pagos mensuales de las becas. Por su parte, el Instituto de Salud Carlos III, conforme se establece en la Orden de convocatoria, aportará, con cargo a su presupuesto correspondiente al ejercicio 2004, el coste de las becas restante que asciende a cincuenta y siete mil doscientos cuarenta euros (57.240 €) imputado el gasto al concepto presupuestario 26.203.542H.483.01. A esta cantidad se sumará el coste del seguro de accidentes y asistencia sanitaria de los becarios/as y que correrá a cargo también del Instituto. Dicha aportación queda condicionada a la existencia de crédito suficiente en el Presupuesto de Gastos del año 2004.

Novena.

El Instituto de Salud Carlos III justificará al Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid el destino de las cantidades recibidas. Asimismo, remitirá con carácter mensual y durante toda la duración de las becas la certificación acreditativa de la ejecución del programa objeto del presente Convenio, así como las altas y bajas que se hubiesen producido.

Décima.

A fin de garantizar la eficacia en la coordinación de los aspectos señalados anteriormente, se crea una Comisión de Seguimiento que estará integrada por dos representantes del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid y dos representantes del Instituto de Salud Carlos III, que se reunirá al menos dos veces al año.

Undécima.

El presente Convenio de colaboración permanecerá en vigor desde la fecha de su firma hasta la finalización de las becas del Plan FINNOVA 2004.

Duodécima.

Cuantas controversias o litigios surgieran como consecuencia de la interpretación, modificación, resolución y efectos se entenderán siempre sometidos a la jurisdicción de los Tribunales Contencioso-Administrativos con sede en Madrid.

Décimotercera.

El incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente Convenio facultará a cualquiera de las partes para proceder a la anulación de las acciones contempladas.

Y para que así conste, ambas partes suscriben el presente Convenio de Colaboración en triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.–Firmado.–La Presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre Gil de Biedma.–El Presidente del Consejo de Administración del Servicio Regional de Empleo, Juan José Güemes Barrios.–El Director general del Instituto de Salud Carlos III, Antonio Campos Muñoz.

INSTITUTO DE SALUD CARLOS III
Programa de becas

FINNOVA-2004

Código Descripción del puesto de práctica Organismo y Departamento Perfil: Títulos de Formación Profesional Reglada Superior Tutor/a
94701 Identificación de las especies fúngicas mediante técnicas moleculares.

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Microbiología.

Dpto.: Servicio de Micología del CNM.

Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP). Laboratorio (Sanitaria-F.P. II). Manuel Cuenca Estrella.
94702 Diagnóstico y referencia de paludismo.

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Microbiología.

Dpto.: Parasitología.

Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP). Laboratorio (Sanitaria-F.P. II). Agustín Benito Llanes.
94703 Diagnóstico etiológico de enfermedades parasitarias.

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Microbiología.

Dpto.: Servicio de Parasitología.

Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP) Laboratorio (Sanitaria-F.P. II). Isabel de Fuentes.
94704 Técnicas en biología celular y molecular.

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Microbiología.

Dpto.: Regulación Génica.

Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP). Laboratorio (Sanitaria-F.P. II). Sara Ballester Jareño.
94705 Caracterización fenotípica y molecular.

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Microbiología.

Dpto.: Bacteriología.

Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP) Laboratorio (Sanitaria-F.P. II). Ana Vindel Hernando.
94706 Técnicas de laboratorio de biología molecular.

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Microbiología.

Dpto.: Virología Molecular.

Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP) Laboratorio (Sanitaria-F.P. II). Isabel Olivares.
94707 Caracterización genética de cepas clínicas de streptococcus pneumoniae resistentes a antibióticos.

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Microbiología.

Dpto.: Unidad de Genética Bacteriana.

Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP). Laboratorio (Sanitaria-F.P. II). Adela González de la Campa.
94708 Técnicas de laboratorio de inmunología.

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Microbiología.

Dpto.: Inmunología.

Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP). Laboratorio (Sanitaria-F.P. II). Alfredo Toraño García.
94709 Técnicas de laboratorio de virología.

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Microbiología.

Dpto.: Inmunopatología.

Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP). Laboratorio (Sanitaria-F.P. II). José Alcamí.
94710 Caracterización de virus productores de gastroenteritis.

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Microbiología.

Dpto.: Virología Sección de Gastroenteritis.

Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP). Laboratorio (Sanitaria-F.P. II). A. Sánchez Fanquin.
94711 Desarrollo y aplicación de un esquema de PCR en tiempo real.

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Microbiología.

Dpto.: Bacteriología. Laboratorio Referencia de Neisserias.

Laboratorio de Diagnóstico Clinico (F.P.G. SUP). Laboratorio (Sanitaria-F.P. II). Julio Vázquez Moreno.
94712 Separación de poblaciones celulares por medio de la citometría de flujo preparativa «sorting».

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Microbiología.

Dpto.: Inmunobiología.

Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP). Laboratorio (Sanitaria-F.P. II). Belén de Andrés Muguruza.
95713 Ensayos de Ecotoxicidad sobre organismos del medio ambiente terrestre y acuático.

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Sanidad Ambiental.

Dpto.: Toxicología Ambiental. Ecotoxicología.

Salud Ambiental (F.P.G. SUP). Salud Ambiental (Sanitaria-F.P. EXP. 3). Gema Díaz López.
95714 Control y mantenimiento de equipos captadores manuales y automáticos de contaminantes atmosféricos particulados.

Instituto de Salud Carlos III.

Centro Nacional de Sanidad Ambiental.

Dpto.: Área de Contaminación Atmosférica.

Salud Ambiental (F.P.G. SUP). Salud Ambiental (Sanitaria-F.P. EXP. 3). Saúl García Dos Santos-Alves.
96715 Catalogación automatizada, análisis documental y control de calidad en documentación sanitaria.

Instituto de Salud Carlos III.

Biblioteca Nacional Ciencias de la Salud. Sede Moncloa.

Documentación Sanitaria. Cristina Bojo Canales.

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