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Documento BOE-A-2004-4438

Resolución de 18 de febrero de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo Interprovincial de las empresas Minoristas de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2004, páginas 10888 a 10889 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-4438
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2004/02/18/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo Interprovincial de las empresas Minoristas de Drogerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías (publicado en el BOE de 28-11-00) (código de Convenio n.o 9903685), que fue suscrita con fecha 2 de febrero de 2004 por la Comisión Mixta del Convenio en la que están integradas la organización empresarial Federación de Perfumistas y Drogueros de España y las sindicales FETCHTJ-UGT y FECOHT-CCOO, firmantes de dicho Convenio, en representación de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.‒Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.‒Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 18 de febrero de 2004.‒La Directora General, Sociedad Córdova Garrido.

ACTA

En Madrid, siendo las 11,30 horas del día 2 de febrero de 2004, se reúne la Comisión Mixta del Convenio Interprovincial de Minoristas de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías.

Asistentes:

Patronal:

Federación de Perfumistas y Drogueros de España: D. Javier Arango.

Sindicatos:

Federación Estatal de Trabajadores de Comercio, Hostelería-Turismo y Juego de U.G.T. (FETCHTJ-U.G.T.): D.a Ascensión Santamaría.

Federación Estatal de Comercio, Hostelería y Turismo de CC.OO. (FECOHT-CC.OO.): D.a Ángeles Rodríguez Bonillo.

ACUERDOS

Primero.‒Revisión salarial de conformidad con lo establecido en el artículo 34.1 del Convenio Colectivo Interprovincial de Minoristas de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías.

Una vez conocido el IPC real del año 2003, se procede a una revisión de los salarios del año 2003 en un 0,6 %, en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado artículo.

La revisión salarial se aplicará con efectos de 1 de enero de 2003, quedando los salarios del año 2003 de la siguiente manera:

Grupos Anual Hora
I 8,354,50 4,64
II 9.022,82 5,01
III 9.584,02 5,32
IV 10.524,25 5,85
0 11.366,17 6,31

Es firmada de conformidad la presente acta.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/02/2004
  • Fecha de publicación: 10/03/2004
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con la Resolución de 9 de octubre de 2000 (Ref. BOE-A-2000-21486).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Droguerías
  • Herboristería
  • Ortopedia
  • Perfumería

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