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Documento BOE-A-2004-4432

Resolución de 12 de febrero de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del acta donde se contiene la revisión salarial final para el año 2003 y las correspondientes tablas salariales del Convenio Colectivo estatal para las Industrias Extractivas, Industrias del Vidrio, Industrias Cerámicas y para las del Comercio Exclusivista de los mismos materiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2004, páginas 10860 a 10865 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-4432
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2004/02/12/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta donde se contiene la revisión salarial final para el año 2003 y las correspondientes tablas salariales del Convenio Colectivo estatal para las Industrias Extractivas, Industrias del Vidrio, Industrias Cerámicas y para las del Comercio Exclusivista de los mismos materiales (publicado en el BOE de 29 de septiembre de 2002), (código de Convenio número 9902045), que han sido suscritas de una parte por la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica en representación de las empresas del Sector y de otra por las Organizaciones Sindicales MCA-UGT, FIA-UGT y FITEQA-CC.OO. en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta de revisión y tablas salariales en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de febrero de 2004.‒La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

COMISIÓN MIXTA DE INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA EL SECTOR DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, INDUSTRIAS DEL VIDRIO, INDUSTRIAS CERÁMICAS Y PARA LAS DEL COMERCIO EXCLUSIVISTA DE LOS MISMOS MATERIALES

Acta de revisión salarial final de 2003

Asisten:

Por la representación empresarial:

Don Carlos Martí.

Don Juan Antonio Bueno Aranda.

Don Antonio Jiménez Frauca.

Por la representación sindical:

MCA UGT:

Don Pedro Echániz Biota.

Don Francisco M. Borrego.

FIA UGT:

Doña Rosa Garrido Martos.

Don Antonio Martínez López.

Doña Juliana Miranda González.

CC.OO.:

Don Fernando Justo.

Don José Espinosa.

Don Manuel Fernández.

Doña Amparo Pérez Soriano.

Secretario: Don José Luis Alonso Zarandieta.

En Madrid siendo las diez treinta horas del día 23 de enero de 2004, previa convocatoria al efecto se reúnen en la sede de la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, sita en calle Gran Vía, 80, de Madrid, los representantes empresariales, sindicales y el secretario que figuran referenciados, para deliberar y tomar acuerdos sobre el siguiente orden del día:

ORDEN DEL DÍA

1. Revisión de las tablas salariales y otros conceptos para 2003.

2. Atrasos y diferencias por revisión salarial.

1. Revisión de las tablas salariales de 2003:

1.1 Confección de las tablas salariales finales correspondientes al año 2003 teniendo en cuenta el IPC real (2,6 por 100) más el 0,70 pactado.

Constatado que el IPC para el año 2003 asciende al 2,6 por 100 y a la vista de los artículos 7 y 8 del Convenio Colectivo Estatal.

Se acuerda que las tablas salariales para el año 2003 sean las de 2002 incrementadas en un 3,3 por 100.

a) Tablas Salariales Revisadas: Se unen como anexo formando parte de la presente, las siguientes:

1. Tablas Salariales Generales (anexo II).

2. Tablas Salariales para la Provincia de Madrid (anexo III).

3. Tablas salariales para el Subsector de Vidrio al Soplete (anexo IV).

4. Tablas Salariales para la Fabricación de Frascos y envases de Vidrio por Procedimiento Automático, Provincia de Barcelona (anexo V).

5. Tablas Salariales para la Fabricación y Enriquecimiento de Vidrio Hueco de Barcelona (Servicio de Mesa) (anexo VI).

6. Tablas Salariales para el Sector de Industrias Extractivas y Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales (anexo VII).

7. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Valencia (anexo VIII).

8. Tablas Salariales para el Sector de Baldosín Cerámico de la Provincia de Valencia (anexo IX).

9. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Barcelona (anexo X).

10. Tablas Salariales para la Cerámica de Valencia (anexo XI).

11. Tabla de referencia a aplicar a las empresas que se incorporen al Convenio a partir del 1 de enero de 1999, en tanto ejerciten la opción establecida en el artículo 73 del presente Convenio (anexo XII).

12. Tablas Salariales para el Vidrio de Zaragoza (anexo XIII).

b) Otros conceptos:

Salario mínimo garantizado: 9.373,03 euros.

Media dieta: 5,46 euros.

Dieta completa: 35,03 euros.

Póliza de seguro para accidentes de trabajo: 15.940,22 euros.

Complemento por turnicidad: 2,58 euros.

2. Atrasos y diferencias por revisión salarial:

Las diferencias por revisión salarial del año 2003 se abonarán con efectos retroactivos al 1 de enero de 2003, en una sola paga y durante los dos meses siguientes a la publicación oficial del IPC (15 de enero de 2004).

Se acuerda que el Acta sea firmada por cuatro miembros de la representación empresarial, dos por FITEQA CC.OO. y dos por FIA-UGT y uno por MCA-UGT.

ANEXO II
Tablas salariales finales año 2003

INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS

Generales

Grupo profesional Nivel salarial Categoría profesional

Día

Euros

7 II Personal Titulado Superior. 26,25
6 III Personal Titulado Medio. 24,66
IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª. 23,88
V Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección. 23,15
5 VI Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado. 22,43
VII Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio. 21,72
4 VIII Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario. 20,98
IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario 20,04
3 X Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario. 19,30
2 XI Especialista de 2.ª, Peón especializado. 18,89
1 XII Peón, Personal de limpieza. 18,74

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,12.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,39.

ANEXO III
Tablas salariales finales año 2003

INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS

Provincia de Madrid

Grupo profesional Nivel salarial Categoría profesional

Día

-

Euros

7 II Personal Titulado Superior. 26,25
6 III Personal Titulado Medio. 24,66
IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª 24,12
V Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección. 23,61
5 VI Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado. 23,11
VII Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio. 22,63
4 VIII Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario. 22,43
IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario. 21,75
3 X Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario. 21,34
2 XI Especialista de 2.ª, Peón especializado. 20,77
1 XII Peón, Personal de limpieza. 20,26

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 2,57.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,37.

Dietas:

Comida y pernocta: 17,22.

ANEXO IV
Tablas salariales finales año 2003

INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS

Subsector del Vidrio al soplete

Grupo profesional Nivel salarial Categoría profesional

Día

-

Euros

7 II Personal Titulado Superior. 50,70
6 III Personal Titulado Medio. 47,15
IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª. 44,42
V Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección. 38,43
5 VI Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado. 32,49
VII Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio. 31,54
4 VIII Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario. 26,38
IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario. 23,48
3 X Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario. 22,06
2 XI Especialista de 2.ª, Peón especializado. 20,78
1 XII Peón, Personal de limpieza. 20,26

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 2,44.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,25.

ANEXO V
Tablas salariales finales año 2003

INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS

Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático provincia de Barcelona

Categoría profesional Básico PAC Semana
Personal con remuneración mensual
Técnicos y directivos:
Jefe de fabricación. 758,49 555,61 34,35
Encargado de sección. 638,95 283,35 34,35
Contramaestre. 618,16 163,37 34,35
Delineante superior 659,35 271,74 34,35
Delineante de 1.ª 638,73 227,78 34,35
Delineante de 2.ª 638,73 145,70 34,35
Auxiliares de 1.ª 575,65 97,14 34,35
Auxiliares de 2.ª 555,04 39,99 34,35
Administrativos:
Jefe de 1.ª 701,86 366,86 34,35
Jefe de 2.ª 658,91 271,35 34,35
Oficial de 1.ª 638,73 211,80 34,35
Oficial de 2.ª 597,55 161,44 34,35
Auxiliares. 586,24 56,33 32,80
Aspirantes. 575,65 56,33 32,80
Mercantiles:
Jefe de ventas. 659,35 273,31 34,35
Viajante o Agente. 638,73 100,03 34,35
Oficial de ventas. 575,65 78,74 32,80
Subalternos:
Listeros. 417,97 98,63 31,21
Cobradores. 575,65 86,46 32,80
Capataces de peones. 555,61 105,19 31,21
Almacenero. 555,07 103,62 31,21
Vigilante y Portero. 575,68 21,08 32,80
Sanitario y Ordenanza. 555,04 21,08 31,21
Personal de remuneración diaria
Obreros:
Arqueta. 18,25 2,33 33,06
Conductor máquina 1s ks. Potg. 19,94 4,16 34,35
Mecánico Mak 1 s ks. De primera. 19,94 4,16 34,35
Mecánico Mak 1 s ks. De segunda. 19,94 4,05 34,35
Maquinista de primera. 19,94 4,16 34,35
Maquinista de segunda. 19,94 4,05 34,35
Fundidor de primera. 19,94 4,05 34,35
Sacador de primera. 19,94 3,61 34,35
Oficial primera de servicios auxiliares. 19,94 3,61 34,35
Sacador de segunda. 19,16 3,77 28,74
Soplador de primera. 18,48 1,31 32,80
Vigilante Arca y Arca Corr. 18,48 1,31 32,80
Ayudante (todos). 18,48 1,31 32,80
Soplador de segunda. 18,48 1,31 32,80
Peones especializados. 17,77 1,80 31,21
Oficial segunda de servicios oficiales. 19,16 3,02 31,23
Peones y servicio limpieza. 17,14 1,51 31,23

Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial: 1,74.

Plus estímulo empresarial: Peones y Peones especializados: 2,81.

Transporte:

Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km: 0,44.

Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km: 0,65.

Personal domiciliado a más de tres kilómetros: 0,91.

Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega): 0,42.

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las empresas abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a cinco días de salario básico, más el plus de actividad correcta incrementada, en su caso, con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VI
Tablas salariales finales año 2003

INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS

Fabricación y enriquecimiento de vidrio hueco de Barcelona (servicio de mesa)

Categoría profesional Básico PAC Semana
Personal con remuneración mensual
Técnicos:
Jefe de fabricación 758,49 541,15 34,35
Encargado de sección 638,73 283,35 34,35
Contramaestre 617,19 194,50 34,48
Administrativos:
Jefe de 1.ª 701,86 370,30 34,35
Jefe de 2.ª 637,29 262,72 34,35
Oficial de 1.ª 638,71 178,59 34,35
Oficial de 2.ª 597,53 182,02 34,35
Auxiliares 586,04 44,16 32,80
Aspirantes de 1.ª 575,65 33,45 32,80
Aspirantes de 2.ª 390,23 134,35 23,39
Mercantiles:      
Jefe de ventas 659,35 257,00 34,35
Viajante o Agente 638,73 127,94 34,35
Oficial de ventas 575,68 86,42 32,80
Subalternos:      
Almacenero 555,04 102,79 31,21
Capataces de peones 555,04 102,79 31,21
Listeros 555,04 90,35 31,21
Sanitarios y Ordenanzas 555,04 31,09 31,95
Cobradores 575,68 121,71 32,80
Guardias y Vigilantes 555,04 33,76 31,21
Porteros 555,04 33,76 31,21
Personal de remuneración diaria (profesionales de oficio)
Gran Plaza:
Maestro abridor 20,84 11,40 34,35
Soplador de primera 19,94 8,81 34,35
Soplador de segunda 19,94 5,32 34,35
Levantador 19,52 3,10 32,80
Posteros y Patroneros 19,16 3,75 32,80
Jarra o 2.º Gran Plaza:
Abridor 19,94 8,81 34,35
Soplador 19,94 3,82 34,35
Levantador de asas 18,48 1,39 32,80
Fantasía:
Maestro 19,94 8,81 34,35
Levantador 19,16 3,10 32,80
Bohemia de 1.ª:
Soplador 19,94 8,81 34,35
Patronero 18,48 5,36 32,80
Bohemia de 2.ª:
Soplador 19,94 7,78 34,35
Patronero 18,48 5,00 32,80
Bohemia de 3.ª:
Soplador 19,94 5,32 34,35
Patronero 18,48 3,79 32,80
Copas Gas Extra:
Maestro 19,94 8,81 34,35
Soplador 19,94 5,36 34,35
Levantador de pies y piernas 18,48 1,39 32,80
Vasos Corte y Gas:
Soplador toda clase 19,94 30,07 34,35
Soplador pequeños finos 19,94 2,73 34,35
Copas Gas Corriente:
Maestro colador pies y pierna 19,94 7,48 34,35
Soplador 19,94 4,78 34,35
Levantador de pies y piernas 17,10 1,39 32,80
Vasos acabados a mano:
Abridor 19,94 7,78 34,35
Soplador 19,94 5,36 34,35
Vasos acabados a mano de 2.ª:
Abridor 19,94 6,16 34,35
Soplador 19,94 4,08 34,35
Prensa Refinada Extra:
Abridor 19,94 9,00 34,35
Prensador 19,94 6,16 34,35
Levantador 19,16 3,10 32,80
Prensa Miniatura:
Abridor 19,94 7,54 34,35
Prensador 19,94 5,32 34,35
Levantador 19,16 3,10 32,80
Prensa sin Refinar:
Prensador 19,94 4,08 34,35
Levantador 19,16 2,78 32,80
Copas Americanas Extras:
Colocador de pies 19,94 6,29 34,35
Soplador 19,94 5,32 34,35
Levantador 18,48 1,39 32,80
Copas Americanas Corrientes:
Colocador de pies 19,94 0,53 34,35
Soplador 19,94 4,58 34,35
Levantador 18,48 1,39 32,80
Tapones a Mano:
Taponero 19,94 6,08 34,35
Tapones Prensador (Punzados):
Taponero 18,48 1,39 32,80
Producción semiautomática:
Oficial de primera máquina 19,94 4,65 34,35
Oficial de primera sacador 19,94 3,28 34,35
Oficiales de primera soplador 18,48 1,39 32,80
Oficial de segunda máquina 19,94 3,59 34,3
Oficiales de segunda sacador 19,16 3,10 32,80
Oficial de segunda soplador 18,48 1,76 32,80
A) Sección Acabado
Cortadores a gas (bohemia/F). 18,48 2,56 32,80
Cortadores a gas corriente 18,48 2,45 32,80
Fletadores (B. y F.) 19,16 3,10 32,80
Fletadores finos al torno 19,16 3,10 32,80
Fletadores corriente 19,16 3,10 32,80
Chaflanadores (B. y F.) 19,16 3,10 32,80
Chaflanadores (sonoro) 19,16 3,10 32,80
Requemadores a mano o máq. 18,48 2,45 32,80
Chaflanadores corrientes. 18,48 2,45 32,80
Despuntilladores 18,48 2,45 32,80
Pulidores 18,48 2,45 32,80
Taponadores finos 19,94 3,59 34,35
Taponadores semifino 18,48 4,87 32,80
Taponadores ordinario 18,48 3,75 32,80
B) Sección Enriquecido
Tallería:
Tallador de primera 19,94 6,30 34,35
Tallador de segunda 19,94 4,08 34,35
Tallador de tercera 18,48 5,72 32,80
Pulidor 18,48 2,78 32,80
Decorado:      
Decorador de primera 19,94 6,30 34,35
Decorador de segunda 19,94 4,10 34,35
Decorador de tercera 19,16 2,78 32,80
Mufleros 19,16 2,29 32,80
Serigrafiados 19,16 2,29 32,80
Grabado:
Grabador a la rueda de primera 19,94 6,30 34,35
Grabador a la rueda de segunda 18,48 4,58 32,80
Grabador a la rueda de tercera 18,48 3,66 32,80
Grabador al transporte 19,16 2,29 32,80
Panteng y Gillog 19,16 2,29 32,80
C) Sección Temple
Fundidor de primera 19,94 3,59 32,80
Fundidor de segunda 18,48 3,66 32,80
Arqueta 18,48 2,53 32,80
D) Servicios Auxiliares
Oficial de primera 19,94 3,28 34,35
Oficial de segunda 19,94 1,39 34,35
Crisolista de primera 19,94 2,29 34,35
Crisolista de segunda 19,16 1,44 32,80
Peones especializados 17,77 1,62 31,86
Peones 17,14 1,51 31,86
Servicio de limpieza 17,14 1,51 31,86

Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial: 1,74.

Transporte:

Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km.: 0,43.

Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km.: 0,65.

Personal domiciliado a más de tres kilómetros: 0,91.

Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega): 0,42.

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera, las empresas abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a cinco días de salario básico, más el PAC, incrementada, en su caso, con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VII
Tablas salariales finales año 2003

INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS

Sector de industrias extractivas y explotación y manufacturas de minerales industriales

Quedan comprendidas dentro del ámbito del Convenio Colectivo Estatal, a título orientativo, las siguientes Industrias:

En general: Las minas y canteras no metálicas ni energéticas.

Más en concreto: las explotaciones, molienda, trituración, pulverización, lavado y clasificado, que se utilizan con la extracción o no de: Andalucita, Arcilla, Arena, Arenisca, Atapulguita, Barita, Bauxita, Bentonita, Caliza, Caolín, Ocres, Carbonato, Cuarcita, Cuarzo, Dolomía, Esquisto, Feldespato, Magnesita, Sepiolita, Neofelinica, Sienica, Solimanita, Talco, Tierra de Trípoli, y todos aquellos que se utilizan, predominantemente, en la fabricación de vidrio y cerámica.

Grupo profesional Niveles Categoría profesional

Salario base

-

Euros

Grupo A) Técnicos
1. Titulados
7 II Ingenieros, Licenciados, Capaz Facultativo, Vigilantes de interior, vigilantes de exterior, Peritos y Practicantes. 26,44
2. No titulados
6 V Jefe de fábrica o taller. 24,11
5 VI Encargado de taller, Vigilantes de interior, Vigilantes de exterior, Topógrafo y Delineante de primera. 24,83
4 IX Auxiliar de topógrafo, Calcador de plano y Analista. 20,25
Grupo B) Administrativos
6 III Jefe de primera. 24,82
V Jefe de segunda. 23,33
5 VI Oficial de primera. 22,59
4 IX Auxiliar. 20,25
Grupo C)  Subalternos
5 VII Capataz de peones. 21,91
3 X Listeros, Almacenero, Guarda Jurado, Portero. Ordenanza, Basculero, Pesador, Enfermero, Dependiente de Economato, Personal de limpieza. 19,45
Grupo D) Obreros
1. Obreros de Interior
    a) Profesionales de:  
4 VIII Mineros de primera. Barreneros. Estibadores. Picadores. Caminero de primera. 21,10
1 XII Caminero de segunda. 18,89
    b) Especialistas:  
3 X Ayudantes de Barrenero. Estibador y Picador. Tubero y Bombero. 20,09
2 XI Vagonero. 19,32
2. Obreros de Exterior
    a)  Profesionales de oficio:  
4 VIII Oficial de primera. 20,97
IX Oficial de segunda. 20,25
3 X Maquinistas de extracción y de arrastre, carg. Barrenero y Fogonero. 20,09
X Oficial de tercera. 19,45
    b) Especialistas:  
2 XI Celadores. Composteros. Lampisteros. Estriadores. Molineros. Trituradores. Ayudante de fogonero. Envasadores de sacos y otras especialidades. 18,89
1 XII c)  Peones. 18,74

Pluses:

Plus de transporte por día debidamente trabajado: 2,39.

Plus de asistencia por día debidamente trabajado: 3,12.

ANEXO VIII
Tablas salariales finales año 2003

INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS

Comercio y manufacturas de vidrio plano de Valencia

Operarios

Grupo profesional Nivel Categoría profesional

Salario día

Euros

Plus transporte

Euros

Plus asistencia

Euros

4 VIII Oficial de primera. 20,98 2,39 3,12
IX Oficial de segunda. 20,11 2,39 3,12
3 X Ayudante Vigilante. 19,78 2,39 3,12
2 XI Peón especialista. 19,39 2,39 3,12
1 XII Peón ordinario. 19,03 2,39 3,12

Administrativos

Grupo profesional Nivel Categoría profesional

Salario día

Euros

Plus transporte

Euros

Plus asistencia

Euros

6 III Jefe de primera. 940,38 51,44 62,81
V Jefe de segunda. 826,33 51,44 62,81
5 VI Encargado de taller. 753,64 51,44 62,81
VI Oficial de primera. 753,69 51,44 62,81
4 VIII Oficial de segunda. 654,07 51,44 62,81
IX Auxiliar Cobrador Subalterno. 614,25 51,44 62,81

Dieta:

Media dieta: 6,30.

Comida y pernocta: 19,01.

ANEXO IX
Tablas salariales finales año 2003

INCREMENTO IPC REAL (2,6) +0,7 PUNTOS

Baldosín cerámico de la provincia de Valencia

Grupo profesional Nivel Categoría Salario mínimo Salario medio Salario máximo
5 VII Capataz. 22,97
4 VIII Oficial 1.ª 22,61 27,19 31,72
IX Oficial 2.ª 21,92 26,25 30,62
3 X Especialista de 1.ª 21,72 26,04 30,38
2 XI Especialista de 2.ª 21,46 25,78 30,12
XI Especialista de 3.ª 21,41 25,69 29,98
1 XII Peón. 21,30 25,50 29,81
XIII Pinche. 20,18 23,94 28,22

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,14 euros.

ANEXO X
Tablas salariales finales año 2003

INCREMENTO IPC REAL (2,6) +0,7 PUNTOS

Manufactura y comercio vidrio plano de Barcelona

Grupo profesional Nivel Categoría profesional Salario día
7 II Ingenieros. 37,06
II Licenciados. 34,89
II Peritos. 26,16
6 III Ayudante técnico. 24,38
III Jefe de 1.ª administrativo. 30,55
IV Jefe de fábrica. 34,85
IV Delineante proyectista. 26,00
V Jefe de 2.ª administrativo. 26,06
5 VI Encargado de taller. 26,06
VI Delineante. 24,11
VI Oficial de 1.ª administrativo. 25,03
VI Vendedor. 25,03
VII Oficial de 2.ª administrativo. 23,27
4 VIII Contramaestre. 24,90
VIII Calcador. 23,10
VIII Oficial de 1.ª. 23,73
VIII Capataz de Peones. 20,00
IX Oficial de 2.ª. 20,07
IX Portero. 18,41
IX Ordenanza. 18,41
IX Auxiliar administrativo. 18,77
3 X Cobrador. 20,84
X Listero. 20,35
X Almacenero. 20,56
X Guarda jurado. 19,30
X Guarda ordinario y Vigilante. 18,41
X Basculero y Pesador. 18,41
X Sanitario no titulado. 18,41
X Auxiliar laboratorio. Administrativo mayor de dieciocho años. 18,41
2 XI Oficial de 3.ª y Ayudante. 19,35
1 XII Personal de limpieza. 18,41
XII Peón. 18,84
XII Botones. 16,67

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,12 euros.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,38 euros.

Paga de San Antonio: 46,78 euros.

Dietas:

Media dieta: 9,21 euros.

ANEXO XI
Tablas salariales finales año 2003

INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS

Cerámica de la provincia de Valencia

Grupo profesional Nivel salarial Categoría profesional

Salario día

Euros

7 II Personal Titulado Superior. 35,05
6 III Personal Titulado Medio. 28,55
IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª 27,47
V Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección. 25,28
5 VI

Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de

Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado.

23,61
VII Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio. 23,23
4 VIII Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario. 22,45
IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario. 22,09
3 X Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario. 21,77
2 XI Especialista de 2.ª, Peón especializado. 21,48
1 XII Peón, Personal de limpieza. 21,15

Aprendiz de tercer año: 17,97.

Aprendiz de segundo año: 16,92.

Pluses:

De transporte: 1,76.

Distancia: 0,07.

Plus de asistencia: 0,37.

Anexo

Redactado conforme a las especificaciones del acuerdo de 22 de septiembre de 1995, publicado en el "Boletín Oficial de la Provincia de Valencia" número 251, de fecha 21 de octubre de 1996, y que sigue vigente en sus puntos primero, segundo y tercero y todos sus apartados de dicho acuerdo.

ANEXO XII
Tablas salariales finales año 2003

INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS

Tabla de referencia

A aplicar en las empresas que se incorporen al Convenio a partir de 1 de enero de 1999, en tanto ejerciten la opción establecida en el artículo 73 del presente Convenio.

Grupo Nivel

Salario día

Euros

Salario anual

Euros

7 II 26,25 13.351,78
6 III, IV y V 23,87 12.268,88
5 VI y VII 22,08 11.454,43
4 VIII y IX 20,52 10.744,63
3 X 19,30 10.189,53
2 XI 18,89 10.002,98
1 XII 18,74 9.934,73
Plus de asistencia: Por día efectivo de trabajo. 3,12  
Plus de transporte: Por día efectivo de trabajo. 2,39  

Los valores anuales se entienden referidos para supuestos de:

Salario día a razón de 455 días (365 días/año + 30 paga extra de verano + 30 paga extra de Navidad + 30 paga extra de marzo).

Plus de asistencia a razón de 282 días (221 días trabajo efectivo + 21 paga extra de verano + 20 paga extra de Navidad + 20 paga de vacaciones).

Plus de transporte a razón de 221 días (221 días de trabajo efectivo/año).

ANEXO XIII
Tablas salariales finales año 2003

INCREMENTO IPC REAL (2,6) +0,7 PUNTOS

Vidrio de Zaragoza

Grupo profesional Nivel salarial Categoría Euro/día Euros
7 II Personal titulado superior. 44,69 20.335,17
6 III Personal titulado medio, Jefe administrativo 1.ª 39,68 18.054,26
IV Jefe de personal, Encargado General. 38,26 17.410,84
V Jefe administración 2.ª, Delineante superior, Jefe de sección, Jefe de organización 2.ª. 33,15 15.084,90
5 VI Oficial administrativo, Delineante, Técnico organización 1.ª, Jefe taller, Encargado. 31,72 14.435,05
VII Delineante, Técnico organización 2.ª, Analista 1.ª, Capataz. 29,36 13.354,10
4 VIII Oficial administrativo 2.ª, Corredor, Oficial 1.ª oficio, Analista 2.ª 28,67 13.038,83
IX Auxiliar administrativo, Auxiliar organización, Oficial 2.ª de oficio. 27,62 12.569,14
3 X Auxiliar laboratorio, Vigilante, Almacenero, Enfermero, Cobrador, Ayudante. 24,78 11.275,88
2 XI Especialista de 2.ª, Peón especializado. 24,14 10.986,33
1 XII Peón, personal de limpieza. 23,44 10.661,40
XIII Aspirante administrativo, Aspirante técnico, Pinches y Aprendices de diecisiete años. 16,33 7.429,19

Premio de vinculación * (por año de servicio): 15,00 euros.

Premio de vinculación (tope máximo): 284,89 euros.

Pluses:

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,39 euros.

* Se hará efectivo el día laborable anterior a la festividad de Nuestra Señora del Pilar. No se abonará este premio a los trabajadores que tengan más de tres faltas de asistencia injustificadas en los doce meses anteriores a la fecha en que corresponde abonar este premio.

Respecto al plus de asistencia, ayuda escolar y fiesta del Pilar, se estará a lo pactado en el Acuerdo de Adhesión, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 191, del viernes 10 de agosto de 2001.

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/02/2004
  • Fecha de publicación: 10/03/2004
  • Efectos desde el 1 de enero de 2003.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 Y 3 de la Ley del Estatuto de los trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 3 de septiembre de 2002 (Ref. BOE-A-2002-18516).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Industria de la cerámica
  • Industria del vidrio
  • Industria extractiva

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