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Documento BOE-A-2004-4195

Resolución de 2 de febrero de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al protocolo anual adicional al Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Bienestar Social y Sanidad, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de Programas del Plan Gerontológico.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 2004, páginas 10243 a 10245 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-4195

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo Anual Adicional al Convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería de Bienestar Social y Sanidad, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de Programas del Plan Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 2 de febrero de 2004.‒El Secretario general técnico, Javier Cepeda Morrás.

ANEXO
Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración suscrito entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería de Bienestar Social y Sanidad, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de Programas del Plan Gerontológico

En Madrid, a 16 de diciembre de 2003.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Señor D. Eduardo Zaplana Hernández-Soro, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 674/2002, de 9 de julio (B.O.E. n.º 164 de 10 de julio), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 14), según redacción dada a la misma por el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, la Excma. Sra. Dña. María Antonia Garbín Espigares, Consejera de Bienestar Social y Sanidad de la Ciudad Autónoma de Melilla, nombrada por Decreto núm. 709, de la Presidencia de la Ciudad Autónoma de Melilla, de 19 de junio de 2003, (BOME Extraordinario núm. 9, 20/06/2003), en nombre y representación de la Ciudad Autónoma de Melilla, en virtud de lo dispuesto en el Art. 7 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 3, de 15 de enero de 1996) y lo dispuesto en el apartado 6.28 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 18 de julio de 2003 (BOME núm. 4001, de 22 de julio de 2003).

Ambas partes reconociéndose mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad Autónoma de Melilla suscribieron, el 23 de diciembre de 1999, un Convenio de colaboración para la cofinanciación de Programas del Plan Gerontológico a través de proyectos específicos del Plan Gerontológico.

Segundo.

Que, por un lado, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución de 1978 y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de Mayo, de reestructuración de Departamentos ministeriales, y 1888/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que asume las competencias del extinguido Ministerio de Asuntos Sociales; y, por otro, la Ciudad Autónoma de Melilla de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma; tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.

Que, en la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2003; y en el Pleno de la Asamblea de Melilla, de 10 de febrero de 2003, se aprueban definitivamente los Presupuestos para el año 2003 de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME núm. 3955, de 11 de febrero de 2003), y se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado, suscrito en 1999, establece en su cláusula décima la prórroga automática del mismo para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes Anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la Ciudad Autónoma de Melilla y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que la Ciudad Autónoma de Melilla justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo Anual suscrito, en su caso, el pasado ejercicio para estos fines, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria y en el correspondiente Acuerdo Anual del Consejo de Ministros.

Sexto.

Que, habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio suscrito antes citado, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de abril de 2003 y el complementario de 25 de julio de 2003, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al presente ejercicio 2003, procede instrumentarla a través del presente Protocolo Anual Adicional, junto con la selección de los proyectos planteados por la Ciudad Autónoma de Melilla y aprobados asimismo, a efectos de la financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y a la cláusula décima del Convenio de colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 23 de diciembre de 1999, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad Autónoma de Melilla, ambas partes,

Acuerdan suscribir el presente Protocolo Anual Adicional el cual se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Ciudad Autónoma de Melilla incorporan al Convenio de Colaboración suscrito el 23 de diciembre de 1999, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante el Anexo del presente Protocolo.

La duración de este Protocolo Anual Adicional se establece por un año desde la firma del mismo.

Segunda.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el presente ejercicio de 2003, aporta como participación en la financiación de los distintos programas y proyectos del presente Protocolo la cantidad total de doscientos ochenta y seis mil, setecientos ochenta y cinco euros (286.785 €), de acuerdo con la distribución siguiente por conceptos y aplicaciones:

1. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan Gerontológico.

Aplicación económica: 19.04.313L.452.

Importe: Doscientos quince mil trescientos cuarenta euros (215.340 €).

2. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias.

Aplicación económica: 19.04.313L.457.

Importe: Veintiséis mil cuatrocientos cuarenta y cinco euros (26.445 €).

3. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan Gerontológico.

Aplicación económica: 19.04.313L.750.

Importe: Veinticinco mil euros (25.000 €).

4. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias.

Aplicación económica: 19.04.313L.751.

Importe: Veinte mil euros (20.000 €).

La Ciudad Autónoma de Melilla y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 % de los proyectos.

En este sentido, la aportación total de la Ciudad Autónoma de Melilla, para los distintos programas, proyectos y servicios, es de doscientos ochenta y seis mil, setecientos ochenta y cinco euros (286.785 €), cuya distribución, por conceptos y según las aplicaciones económicas enumeradas en términos de los Presupuestos Generales del Estado, son las siguientes:

1. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan Gerontológico.

Aplicación económica: 19.04.313L.452.

Importe: Doscientos quince mil trescientos cuarenta euros (215.340 €).

2. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias.

Aplicación económica: 19.04.313L.457.

Importe: Veintiséis mil cuatrocientos cuarenta y cinco euros (26.445 €).

3. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan Gerontológico.

Aplicación económica: 19.04.313L.750.

Importe: Veinticinco mil euros (25.000 €).

4. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias.

Aplicación económica: 19.04.313L.751.

Importe: Veinte mil euros (20.000 €).

Tercera.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del presente ejercicio económico 2003, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el Anexo adjunto.

Cuarta.

La vigencia y aplicación del presente Protocolo Anual es de un año a partir de la firma, no obstante, en lo no previsto en el citado Protocolo Anual será de aplicación lo establecido en el convenio firmado en el año 1999 entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Ciudad Autónoma de Melilla.

Quinta.

La naturaleza de este Protocolo Anual es administrativa, por lo que la competencia para conocer de las controversias, a que la ejecución de dicho Protocolo pudiera dar lugar, corresponde a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Anual Adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.‒Por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Fdo.: Lucía Figar de Lacalle, Secretaria General de Asuntos Sociales (P.D. Orden comunicada de 14 de abril de 2003).‒Por la Ciudad Autónoma de Melilla, Fdo.: María Antonia Garbín Espigares, Consejera de Bienestar Social y Sanidad de la Ciudad Autónoma de Melilla.

ANEXO
Coste de los proyectos correspondientes a la Ciudad de Melilla y especificación de las aportaciones de las partes que lo cofinancian

Financiación ejercicio 2003 (según protocolo)

Ciudad de Melilla

 

C.A./C.L.

Euros

M.T. y A.S.

Euros

Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.452    

1. Proyectos de Mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan Gerontológico: Melilla. Centro Asistencial.

215.340,00 215.340,00
  Total. 215.340,00 215.340,00
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.457    

2. Proyectos de mantenimiento de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias: Melilla. Centro de Día de Enfermos de Alzheimer.

26.445,00 26.445,00
  Total. 26.445,00 26.445,00
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.750    

3. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan Gerontológico: Melilla. Reforma Centro Asistencial.

25.000,00 25.000,00
  Total. 25.000,00 25.000,00
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.751    

4. Proyectos de Inversiones dirigidos a enfermos de Alzheimer y otras demencias: Melilla. Reforma Centro Asistencial. Pab. Enf.Alzheimer y otras demencias.

20.000,00 20.000,00
  Total. 20.000,00 20.000,00
   Suma totales. 286.785,00 286.785,00

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