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Documento BOE-A-2004-19226

Orden ECI/3661/2004, de 11 de octubre, por la que se modifica la Orden ECD/914/2004, de 8 de marzo, de convocatoria del programa de ayudas para la movilidad de estudiantes universitarios Séneca para el curso 2004-2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 11 de noviembre de 2004, páginas 37258 a 37258 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-19226

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECD/915/2004, de 8 de marzo, se convocó el programa de becas Séneca para la movilidad de estudiantes universitarios para el curso 2004-2005, dotado con un máximo de 1.500 becas.

Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de mayo de 2004 se decidió incrementar los créditos para gastos en becas y ayudas a estudiantes, correspondiendo al programa Séneca 400 dotaciones adicionales.

La ejecución del anterior Acuerdo requiere en lo relativo a este programa, la modificación parcial de la Orden de convocatoria, particularmente en lo que se refiere al número máximo de becas y a la fecha de resolución del procedimiento.

Por lo anteriormente expuesto, este Ministerio ha ordenado:

1. Modificar las siguientes bases de la Orden de 8 de marzo de 2004 que quedarán redactadas como sigue:

Base 1: Se convoca un número máximo de 1.900 becas.

Base 7.1 La resolución de concesión se efectuará antes del 15 de noviembre de 2004, por el Secretario de Estado de Universidades e Investigación, y será publicada en el Boletín Oficial del Estado; de igual modo se publicará en Internet y en las universidades participantes.

En caso de que no se llevase a cabo la resolución de la concesión en el plazo señalado o en su prórroga, se entenderán desestimadas las solicitudes.

Las solicitudes no incluidas en la resolución de concesión se entenderán denegadas y se publicarán en los tablones de anuncios de la Dirección General de Universidades y en los de las universidades participantes con la indicación expresa de los motivos de denegación de la beca.

2. La financiación del programa será con cargo a las aplicaciones presupuestarias 18.07.423A.480 y 18.07.422D.446 de los Presupuestos Generales del Estado, previéndose un gasto máximo de 2.994.400 euros en 2004 y de 5.472.000 euros en 2005 en la primera de ellas y de 229.900 euros en 2004 y de 4.900 euros en la segunda.

3. En todos los demás aspectos, la convocatoria se regirá por la Orden ECD/914/2004, de 8 de marzo.

4. Esta Orden, que pone fin a la vía administrativa y contra la que cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 11 de octubre de 2004.

SAN SEGUNDO GÓMEZ DE CADIÑANOS

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