De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79.3 de la Ley 30/1995 de 8, de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y en el artículo 129.3 del Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley, se pone en conocimiento del público en general y de los asegurados en particular que Commissariat Aux Assurances, órgano de control de Luxemburgo, ha comunicado la aprobación, con fecha 27 de julio de 2004, de la cesión de cartera de la entidad Danica Life, S.A. a la entidad Paneurolife, S.A., ambas con domicilio social en Luxemburgo y habilitadas para operar en España en régimen de libre prestación de servicios.
Se advierte que los contratos de seguro que asuman compromisos localizados en España podrán ser rescindidos por los tomadores en el plazo de un mes desde la presente publicación, teniendo derecho al reembolso de la parte de prima no consumida.
Madrid, a 13 de octubre de 2004.‒El Director General, Ricardo Lozano Aragües.
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