De conformidad con lo establecido en los artículos 326 y 330.4
y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial y
artículo 195 y concordantes del Reglamento 1/1995, de 7 de junio,
de la Carrera Judicial, la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, en su reunión del día 21 de septiembre
de 2004, ha acordado anunciar concurso para la provisión de
una plaza de Magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal
Superior de Justicia de Galicia, entre miembros de la Carrera
Judicial, con categoría de Magistrado, por nombramiento de su titular
para el cargo de Presidente de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
El presente concurso se regirá por las bases siguientes:
Primera.-No podrán tomar parte:
a) Los Magistrados electos.
b) Los que se hallaren en la situación administrativa de
suspensión definitiva de funciones.
c) Los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurra
el plazo determinado en la resolución sancionadora de prohibición
de concursar.
d) Los que hubieran sido designados a su instancia para
cualquier cargo judicial de provisión reglada hasta transcurridos dos
años.
e) No podrán concursar los Magistrados que hayan obtenido
primer destino tras la superación de las pruebas selectivas de
especialización hasta transcurrido un año desde el Real Decreto de
nombramiento.
f) Los Magistrados que no cuenten con diez años en esta
categoría.
Segunda.-La provisión de la plaza anunciada en la Sala de
lo Civil y Penal a que se refiere el artículo 330.4 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 julio, del Poder Judicial se efectuará a propuesta
del Pleno del Consejo General del Poder Judicial entre aquellos
solicitantes que lleven diez años en la categoría y en el orden
jurisdiccional civil o penal y tengan especiales conocimientos en
Derecho Civil, Foral o Especial, propio de la Comunidad Autónoma
de que se trate.
Tercera.-Las solicitudes de destino serán presentadas en el
Registro General del Consejo General del Poder Judicial, Marqués
de la Ensenada número 8, 28071 Madrid, o en la forma establecida
en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del
presente concurso en el Boletín Oficial del Estado. Las peticiones
que se formulen en forma condicionada o no aparezcan redactadas
con claridad carecerán de validez, al igual que las modificaciones
o anulaciones efectuadas transcurrido el plazo anterior.
Las peticiones que se cursen a través de las Oficinas de Correos,
deberán presentarse en sobre abierto para que el funcionario
correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes
de certificarlas.
A la solicitud se podrá acompañar relación circunstanciada de
méritos, publicaciones, títulos académicos o profesionales y
cuantos otros datos estimen de interés relativos a su actividad
profesional.
Cuarta.-Los destinados para la plaza anunciada no podrán
solicitar traslado hasta transcurridos dos años desde la fecha de
su nombramiento para la misma.
El presente Acuerdo se dicta por delegación del Pleno del
Consejo General del Poder Judicial, adoptada en su reunión de 29
de octubre de 1997 (Boletín Oficial del Estado de 12 de
noviembre).
Madrid, 21 de septiembre de 2004.-El Presidente del Consejo
General del Poder Judicial,
HERNANDO SANTIAGO
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid