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Documento BOE-A-2004-13143

Resolución de 21 de abril de 2004, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección del bien de interés cultural declarado "Torre de Aguero", en San Vicente de Toranzo (Corvera de Toranzo).

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 14 de julio de 2004, páginas 25814 a 25815 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2004-13143

TEXTO ORIGINAL

La Torre de Agüero, en San Vicente de Toranzo, término municipal de Corvera de Toranzo, obtuvo la condición de bien de interés cultural en virtud de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español por encontrarse al amparo del Decreto de Protección de Castillos de 22 de abril de 1949.

Asimismo, la disposición adicional única de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, establece que los bienes radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria que hayan sido declarados Bien de Interés Cultural al amparo de la Ley de Patrimonio Histórico Español, pasan a tener la condición, salvo aquellos en los que es competente la Administración del Estado conforme al apartado b) del artículo 6 de dicha Ley de Bienes de Interés Cultural en las condiciones que recoge la propia Ley del Patrimonio Cultural de Cantabria. Por lo tanto, procede adecuar la declaración a las prescripciones impuestas por la citada Ley, delimitando, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 18, el entorno afectado por la declaración.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, visto el acuerdo adoptado por la Comisión Técnica de Patrimonio Edificado, el excelentísimo señor Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, resuelve:

Primero.

Incoar expediente para la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «Torre de Agüero», en San Vicente de Toranzo, término municipal de Corvera de Toranzo.

Segundo.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 51 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, describir y justificar el entorno de protección en el anexo que se adjunta a la presente Resolución.

Tercero.

Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.

Cuarto.

Dar traslado de esta Resolución, conforme al artículo 17 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, al Ayuntamiento de Corvera de Toranzo, y hacerle saber que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la misma, toda actuación urbanística en el entorno de protección, incluyendo los cambios de uso, en tanto no se haya aprobado la figura urbanística de protección del mismo, deberá ser aprobada por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. En el caso de que esté aprobado el instrumento de planeamiento del entorno afectado, la autorización de la intervención competerá al Ayuntamiento, que deberá comunicar la intención de conceder la licencia a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte con una antelación de diez días a su concesión definitiva.

Será igualmente preceptiva la autorización de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la colocación de elementos publicitarios e instalaciones aparentes en el entorno de protección.

Quinto.

Que de acuerdo con lo que disponen los artículos 17 y 22 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, se notifique esta Resolución a los interesados, a los efectos oportunos.

Sexto.

Que la presente Resolución, con su anexo, se publique en el «Boletín Oficial de Cantabria» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Santander, 21 de abril de 2004.–El Consejero, Francisco Javier López Marcano.

ANEXO
Delimitación del entorno

Linda nordeste con un camino trazado sobre la antigua vía del ferrocarril; sudeste con un camino vecinal; suroeste, con un linde quebrado formado por varios caminos vecinales y parte de una parcela, cuyas edificaciones están incluidas en el entorno, y noroeste, con una finca dedicada a pradera.

Justificación

La delimitación se efectúa considerando las características de la torre, la relación con el barrio más próximo de San Vicente de Toranzo y el paisaje, la estructura viaria y la topografía. Se ha prestado especial atención a la configuración del primitivo tejido del núcleo y a los aspectos visuales: relación de proximidad, base y fondo de perspectivas. Los límites coinciden, prácticamente en su totalidad, con los lindes de parcelas y los caminos.

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