Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-7072

Orden INT/793/2003, de 3 de abril, por la que se determinan los municipios a los que son de aplicación las medidas previstas en el Real Decreto-ley 1/2003, de 21 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones producidas por desbordamientos en la cuenca del río Ebro durante los días 4 al 10 de febrero de 2003.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 8 de abril de 2003, páginas 13479 a 13480 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2003-7072
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2003/04/03/int793

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto-ley 1/2003, de 21 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones producidas por los desbordamientos en la cuenca del río Ebro durante los días 4 al 10 de febrero de 2003, dispone, en su artículo 1.1, que por el Ministerio del Interior se determinarán los términos municipales a los que serán de aplicación las medidas establecidas en aquél para la reparación de los citados daños.

Por otra parte, la citada norma legal, en su disposición adicional tercera, declara inhábiles a toda clase de efectos civiles, notariales, mercantiles, administrativos, judiciales y registrales, los días 4 al 10 de febrero, según se determine por el Ministerio del Interior, en relación con los términos municipales a que se refiere el artículo 1.1 del citado Real Decreto-ley.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.1 del Real Decreto-ley 1/2003, dispongo:

Apartado único. Ámbito de aplicación.

Las medidas urgentes adoptadas en el Real Decreto-ley 1/2003, de 21 de febrero, para reparar los daños causados por las inundaciones producidas por desbordamientos en la cuenca del río Ebro durante los días 4 al 10 de febrero de 2003, serán de aplicación a los términos municipales y núcleos de población recogidos en el Anexo de esta Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 3 de abril de 2003.

ACEBES PANIAGUA

ANEXO
Relación de términos municipales y núcleos de población incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto-Ley 1/2003

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Provincia de Burgos

Ameyugo; Terrazos (Barrios de Bureba); Belorado; Berberana; Valdazo (Briviesca); Bujedo; Busto de Bureba; Cerezo Río Tirón; Cillaperlata; Albaina, Arauco, Argote, Cucho, Franco, Fuidio, Grandival, Hozana, Paniza, Pedruzo, Treviño, Ventas de Armentía (Condado Treviño); Fresno del Río Tirón; Frías; Arroyo de San Zadornil, San Millán de San Zadornil (Jurisdicción San Zadornil); La Cerca, Medina de Pomar, Moneo, Rosio, Salinas de Rosio, Santurde, Torres de Medina, Villacobos, Villamayor, Villamezán, Villarán, Villate, Villatomil (Medina de Pomar); Almendres, Cebolledo, Estramiana, Lechedo, Mijangos, Nofuentes, Paralacuesta, Pradolamata, Quintana Entrepeñas, Quintana La Cuesta, Quintanilla Montecabezas, Rufrangos, San Cristóbal Almendres, Santa Coloma, Urria, Valdelacuesta, Vallujera, Valmayor, Villamadrin, Villamagrin, Villapanillos (Merindad Cuesta Urría); Quisicedo (Merindad de Sotoscueva); Guinicio, Ircio, Miranda de Ebro, Oron, Valverde de Miranda (Miranda de Ebro); Cornudilla, La Aldea del Portillo Busto (Oña); Pancorbo; Poza de la Sal; Quintanilla San Garcia; Redecilla del Campo; Madrid de las Caderechas (Rucandio); Santa María Ribarredonda; Trespaderne; Barriga de Losa, Quintanilla La Ojada, San Llorente de Losa (Valle de Losa); Montejo de Cebas, Pangusión, Pedrosa de Tobalina, Quintana Martín Galíndez (Valle de Tobalina); Valluércanes.

Comunidad Autónoma de La Rioja

Agoncillo; Alcanadre; Aldeanueva de Ebro; Alfaro; Arrúbal; Ausejo; Briñas; Briones; Calahorra; Cenicero; Fuenmayor; Haro; Logroño; Pradejón; Rincón de Soto; San Asensio; San Vicente de la Sonsierra.

Comunidad Autónoma de Cantabria

Campoo de Enmedio, Reinosa, Valderredible.

Comunidad Autónoma de Aragón

Provincia de Zaragoza

Alagón, Alborge, Alcalá de Ebro, Alfajarín; Alforque; Boquiñeni; Cabañas de Ebro; Caspe; Chiprana; Cinco Olivas; El Burgo de Ebro; Escatrón; Fayón; Figueruelas; Fuentes de Ebro; Gallur; Gelsa; La Zaida; Luceni; Mequinenza; Novillas; Nuez de Ebro; Osera; Pastriz; Pedrola; Pina de Ebro; Pradilla de Ebro; Puebla de Alfindén; Quinto de Ebro; Remolinos; Sástago; Sobradiel; Tauste; Torres de Berrellén; Utebo; Velilla de Ebro; Villafranca de Ebro; Zaragoza.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Provincia de Álava

Salinas de Añana; Markinez, Arluzea (Bernedo); Larrazcueta, Abornikano (Urkabustaiz-Izarra); Bergüenda (Lantarón); Peñacerrada, Baroja, Montoria, Loza (Urizaharra-Peñacerrada); Hereña, Hereña-Igai, Basquiñuelas, Villambrosa (Ribera Alta); Igai (Ribera Baja-Erribera Beitia); Gurendes, Mioma, Bóveda, Balluerca-Acebedo, Villanueva de Valdegovia (Valdegovia); Anda-Sendadiano, Zuazo de Kuartango (Kuartango); Lukiano, Bitoriano, Aperregi (Zuia); Lagrán; Alda, Oteo (Valle Arana); Virgala, Maestu, Musitu, Laminoria, Sabando, Azazeta, Atauri, Aletxa (Arraia-Maestu); Campezo, Orbiso (Campezo-Kampezu); Nanclares, Villodas, Trespuentes (Iruña de OcaIruña Oka); Ullivarri Olleros, Estarrona, Asteguieta, Guereña, Mandojana, Yurre, Gamarra (Vitoria-Gasteiz); Durana, Mendibil, Arroiabe (Arrazua-Ubarrundia); Ozaeta, Elgea, Larrea (Barrundia); Narvaxa, Bicuña (San Millán-Donemiliaga); Egino, Ilarduia (Asparrena); Elburgo-Burgelu, Hijona (Elburgo-Burgelu); Alegría (Alegría-Dulantzi); Gauna (Iruraiz Gauna); Barriobusto (Oyón-Oion); Elciego; Laguardia; Lapuebla de Labarca; Elvillar; Labastida; Baños de Ebro; Berantevilla, Mijancas, Santurde (Berantevilla); Akosta (Zigoitia).

Comunidad Autónoma de Navarra

Aibar, Allo, Ancín-Legaria-Mendolibarri-Murieta, Andosilla, Aoiz, Arbeiza, Arguedas, Arraiza, Artabia-Larrión-Eulz, Artajo, Artieda-Ripodas, Ayanz, Azagra, Barasoain, Beire, Belascoain, Berbinzana, Buñuel, Burlada, Cabanillas, Cabredo-Genevilla-Marañón, Cadreita, Caparroso, Carcar, Carcastillo, Caseda, Castejón, Cortes, Cirauqui, Echarri de Echauri, Estella-Villatuerta, Falces, Funes, Fustiñana, Gallipienzo, Garinoain, Huarte, Irurzun, Labeaga-Igurquiza-Zubielqui-Arbeiza, Larraga, Larrangoz, Lerín, Liberri, Los Arcos, Lodosa, Lumbier, Mañeru, Marcilla, Mélida, Mendavia, Mendigorría, Milagro, Miranda de Arga, Muniain-Morentin-Oteiza, Murillo el Cuende-Traibuenas, Murillo Longuida, Mugarire, Noain, OcoAbáigar, Pamplona, Peralta, Pitillas, Puente la Reina, Ribaforada, San Adrián, San Vicente Tabar, Sangüesa, Santacara, Sartaguda, Señorío de Sarriá, Tafalla, Torres de Elorz, Tudela, Valdeaga, Valtierra, Viana, Vidaurreta, Villafranca, Villava, Villaveta, Zabalegui, Zabalza, Zubielqui, Fontellas.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/04/2003
  • Fecha de publicación: 08/04/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 08/04/2003
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 133, de 4 de junio de 2003 (Ref. BOE-A-2003-11157).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 1.1 del Real Decreto-ley 1/2003, de 21 de febrero (Ref. BOE-A-2003-3706).
Materias
  • Aragón
  • Ayudas
  • Cantabria
  • Castilla y León
  • Inundaciones
  • La Rioja
  • Municipios
  • Navarra
  • País Vasco
  • Préstamos
  • Subvenciones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid