Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-6605

Resolución de 25 de marzo de 2003, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden de 19 de julio de 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 2003, páginas 12727 a 12732 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2003-6605

TEXTO ORIGINAL

Vistas las solicitudes presentadas por los Auxiliares de la

Administración de Justicia, que superaron las pruebas selectivas

convocadas por Orden de 19 de julio de 2001, en el ámbito de

Península y Baleares (turno promoción interna), nombrados funcionarios

de carrera en virtud de Resolución de la Secretaría de Estado

de Justicia del día de la fecha.

Esta Dirección General de Relaciones con la Administración

de Justicia, por Delegación de la Secretaría de Estado de Justicia,

ha resuelto adjudicar destino en los órganos judiciales que se

relacionan en Anexo.

Los Auxiliares de la Administración de Justicia nombrados en

virtud de esta Resolución, deberán tomar posesión de su cargo

dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el

siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial

del Estado, de acuerdo con lo establecido en el art. 24 del Real

Decreto 249/1996, de 16 de febrero, no resultando retribuido

el plazo posesorio, ya que según dispone la normativa en materia

de nóminas, durante el primer mes de devengarán por días las

retribuciones correspondientes al nuevo cuerpo en el que se ingresa.

En caso de que los Auxiliares de nuevo ingreso quisieran evitar

un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración

de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo

indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al

Presidente, Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su destino actual,

un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad,

o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse

desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso

podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo

(art. 66.1.g del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero).

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que

han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo

día en que se produzca la toma de posesión del titular.

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del

personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1974,

de 2 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la

Administración de Justicia, en virtud del artículo 489 de la Ley Orgánica

del Poder Judicial 6/1985 de 1 de julio ; artículo único de la Ley

Orgánica 1/1985, de 18 de enero y artículos 79 y concordantes

del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto 249/1996, de 16

de febrero), los nombrados por turno de promoción interna

deberán tener en cuenta las siguientes observaciones:

Primera.-Cuando un funcionario del cuerpo de Agentes de la

Administración de Justicia acceda al cuerpo de Auxiliares y desee

permanecer en activo en el Cuerpo de origen y en situación de

excedencia en aquel al que accede, deberá manifestar esta opción

en el acta de toma de posesión, regresando a continuación a su

destino de origen.

Copia del acta de toma de posesión, opción y cese será remitida

por el Secretario del órgano judicial correspondiente a la Gerencia

Territorial y a la Subdirección General de Medios Personales al

servicio de la Administración de Justicia de este Ministerio,

siéndole concedida la excedencia de oficio en el nuevo cuerpo.

Segunda.-En caso de no manifestar la opción citada se

entenderá que optan por el nuevo puesto, y la Gerencia Territorial

correspondiente, dentro de su ámbito territorial, les concederá la

excedencia de oficio en el cuerpo de Agentes de la Administración

de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por cesados de forma

automática con la misma fecha en que se produzca la toma de

posesión en el cuerpo de Auxiliares, al objeto de evitar interrupción

en la percepción de sus haberes.

Copia de dicha acta de posesión y opción será remitida por

el Secretario del órgano judicial correspondiente a la Gerencia

Territorial y a la Subdirección General de Medios Personales y

al órgano judicial de origen.

Los nombrados en virtud de esta Resolución, no obstante haber

sido destinados con carácter forzoso, no podrán participar en

concurso de traslados hasta que transcurra un año desde que fueron

destinados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 495.2

de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial.

Contra esta Resolución podrán los interesados interponer

recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses,

o potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Secretaría

de Estado de Justicia. En ambos casos, el plazo contará a partir

de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Lo que comunico a V.I para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 25 de marzo de 2003.-El Secretario de Estado, P. D.

(Orden de 29 de Octubre de 1996, BOE de 6 de noviembre),

el Director General de Relaciones con la Administración de

Justicia, Carlos Lesmes Serrano.

Ilma. Sra. Subdirectora General de Medios Personales al servicio

de la Administración de Justicia.

ANEXO (Ver imágenes páginas 12728 a 12732)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid