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Documento BOE-A-2003-4682

Resolución de 14 de febrero de 2003, del Centro Español de Metrología, sobre delegación de competencias.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2003, páginas 9152 a 9152 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2003-4682
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2003/02/14/(5)

TEXTO ORIGINAL

El Centro Español de Metrología es un organismo autónomo, creado por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, y adscrito por el Real Decreto 1384/2002, de 20 de diciembre, al Ministerio de Ciencia y Tecnología, a través de la Secretaría General de Política Científica de la Secretaría de Estado de Política Científica y Tecnológica.

En la medida en que se ha modificado la adscripción del Centro y la presidencia del citado Organismo ha recaído en el Secretario general de Política Científica, es necesario proceder a una delegación del ejercicio de las competencias del Presidente, en favor del Director del Centro que haga posible una gestión eficiente.

Por ello, conforme a lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:

Primero. Delegaciones del Presidente del Centro Español de Metrología en el Director.-Se delega en el Director del Centro Español de Metrología las siguientes competencias:

a) La celebración de contratos y convenios de colaboración, hasta una cuantía de 301.000 euros.

b) La autorización, compromiso de gasto, reconocimiento de la obligación y ordenación de pagos, hasta una cuantía de 301.000 euros.

c) La autorización de comisiones de servicio nacionales e internacionales, tanto para personal funcionario como laboral, recogidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de marzo, de indemnizaciones por razón del servicio.

e) La dirección de todos los servicios y del personal del Organismo, sin perjuicio de las competencias expresamente atribuidas a otros órganos del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

f) La rendición ante el Tribunal de Cuentas, a través de la Intervención General de la Administración del Estado, de los estados de las cuentas anuales y sus anexos, prevista en el artículo 127.1.c) del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, y en las reglas de la Instrucción de Contabilidad para la Administración General del Estado, aprobada por Orden HAC/1300/2002, de 23 de mayo.

g) La resolución de los procedimientos establecidos en la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología ; en el Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, por la que se modifica la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, y se establece el control metrológico CEE, así como en sus disposiciones de desarrollo, en materia de aprobación de Modelo, Verificación Primitiva, Verificación Periódica, Verificación después de reparación o modificación y Registro de Control Metrológico, y sin perjuicio de las funciones que corresponden a las Comunidades Autónomas.

h) Las facultades previstas en el artículo 1.1 del Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados a justificar, así como las previstas en el artículo 2.1 del Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre anticipos de caja fija.

Segundo. Avocabilidad de las competencias delegadas.-El Presidente del Centro Español de Metrología podrá avocar para sí, de conformidad con el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en todo momento, el conocimiento y resolución de cualesquiera de los asuntos comprendidos en la delegación de competencias a que se refiere esta Resolución.

Tercero. Obligación de publicidad de la referencia a esta Resolución en el ejercicio de las competencias delegadas en virtud de la misma.-Cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias delegadas en la presente Resolución deberán hacer expresa constancia de tal circunstancia, mediante la mención de esta Resolución y de su fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado", en cumplimiento de lo previsto en el apartado 4 del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cuarto. Resolución de 19 de mayo de 1995.-Queda sin efecto la Resolución de 19 de mayo de 1995, del Centro Español de Metrología, sobre delegación de competencias.

Quinto. Aplicabilidad.-La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 14 de febrero de 2003.-El Presidente, Gonzalo León Serrano.

llmo. Sr. Director del Centro Español de Metrología.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/02/2003
  • Fecha de publicación: 06/03/2003
  • Efectos desde el 7 de marzo de 2003.
  • Fecha de derogación: 15/02/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 2 de febrero de 2017 (Ref. BOE-A-2017-1517).
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución de 19 de mayo de 1995 (Ref. BOE-A-1995-13421).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
  • CITA Real Decreto 1384/2002, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-321).
Materias
  • Centro Español de Metrología
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Ciencia y Tecnología

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