Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-4478

Resolución de 16 de enero de 2003, de la Dirección General de Bienes y Actividades Culturales de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se incoa expediente para declarar el Parque Arqueológico de Recópolis, localizado en el municipio de Zorita de los Canes, provincia de Guadalajara.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2003, páginas 8633 a 8634 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2003-4478

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación técnica correspondiente, esta Dirección General de Bienes y Actividades Culturales ha acordado:

Primero.

Incoar expediente para la declaración del Parque Arqueológico de Recópolis, localizado en el municipio de Zorita de los Canes (Guadalajara).

Segundo.

Disponer la apertura de un período de información pública, previsto en el artículo 6.1 de la Ley 4/2001, de Parques Arqueológicos de Castilla-La Mancha, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, en las dependencias de esta Dirección General de Bienes y Actividades Culturales (calle Trinidad, número 8, Toledo). Y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.

Establecer, por plazo de tres meses, desde la publicación de la presente Resolución, según lo prescrito por el artículo 6.1 de la citada Ley 4/2001, un trámite de consulta de entidades representativas de intereses sociales e institucionales y, en particular, de las Entidades Locales que pudieran verse afectadas.

Cuarto.

Notificar la presente Resolución tanto a los interesados, como al Ayuntamiento de Zorita de los Canes (Guadalajara), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 4/2001, a fin de concederles un plazo de quince días hábiles para formular las alegaciones y aportar los documentos y justificaciones que estimen oportunos; haciendo saber asimismo, a dichos Ayuntamientos que, según dispone el artículo 6.2 de la citada Ley 4/2001, durante la tramitación del procedimiento de declaración no podrán realizarse actos que, por suponer una transformación de la realidad física del Parque Arqueológico, dificulten la consecución de los objetivos del mismo.

Quinto.

Recabar, tanto de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Guadalajara, como de la Universidad de Alcalá de Henares, los informes a que se refiere el artículo 7 de la Ley 4/2001.

Sexto.

Solicitar a las Consejerías de Agricultura y Medio Ambiente, de Industria y Trabajo, y de Obras Públicas, los informes a que se refiere el artículo 7 de la Ley 4/2001, que deberán ser emitidos en el plazo de tres meses, desde su solicitud.

Séptimo.

Promover la publicación del presente Acuerdo en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» y en el «Boletín Oficial del Estado», a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 16 de enero de 2003.‒El Director general de Bienes, Antonio Moraleda Galán.

ANEXO
Objeto de la delimitación

Ámbito correspondiente a la Zona Arqueológica del Recópolis, localizada en el municipio de Zorita de los Canes, provincia de Guadalajara cuya delimitación se pasa a describir:

Término municipal de Zorita de los Canes.

Suelo rústico.

Polígono 1.

Desde la intersección de Zorita de los Canes con el camino del Toledano siguiendo el lindero norte de las parcelas 15, 38, 56 a la 60, lindero oeste de las parcelas 65 a 68, 180, 69 a la 72 y de este punto hasta el río.

Incluye las parcelas 3, parcialmente la zona b, vértice sur de la parcela junto a la intersección de dos caminos de servicio; parcela 15, parcelas 38 a 72; 73 a 84 a 118; 119 a 129; 145 a 146 a 182 y 09001 a 09002, 09004 a 09008, 090012 a 09015, 090017 a 09018, 09022 a 09024 y 09027.

Polígono 2.

Desde la intersección de la carretera de Zorita con el camino del Toledano, siguiendo por este hacia el este, continuando por los linderos norte-noroeste de las fincas 112, 125 a 131, 150, 137, 196, vértice sur de la 211, lindero de la 212 y 220, vértice noroeste de la 293 y linderos este y/o norte de las 294, 289, 285, 284 y 282 y cerrando el ámbito incluido por el borde sur coincidente con la carretera de Zorita a Albalate.

Deja dentro las parcelas:

109yll0, 112al31, 136 (parcialmente), 137 a 151 a 197 (parcialmente), 198 (parcialmente), 226, 282, 284, 285 a 294 y 346, 09001, 09004, 09005 y 09008.

En la zona de la vega: 298 a 334, 445 y 09001, 09006, 09007, 09011 y 09013.

Polígono 3.

Desde el límite norte del Polígono coincidiendo con la carretera de Zorita a Albalate hasta el lindero este de las fincas 253, 252, 242, senda 09005, 286, 288, 289, 296, 297, 299 y 300. Incluye los parajes Crucetilla, Arcón, la Salobre y Badujo.

Deja dentro las parcelas:

1 a 254; 283 a 322 y 09001 a 09007 y 09009 a 09010.

Polígono 4.

Desde el vértice con los polígonos 7, 6 y 3 del término de Zorita, camino de Cabanillas a Albalate de Zorita hasta el lindero noreste de las parcelas 73, 93, 72, 71, 70, 66, 99 y 105, siguiendo por el camino de servicio que conduce hasta la carretera de Zorita a Albalate y continuando por el lindero este-noreste de las parcelas 210, 209, 226, 235, 236, 242, 343, 3, 44, 338 a 341, 9010, 9009 y senda hasta el límite con el término municipal de Albalate de Zorita. Deja dentro las parcelas: 70 a 198; 199 a 210; 226 a 236; 242 a 263; 338 a 341; 343 a 387; 388 a 399 y de la 415 a la 585, 1182, 1348 y de la 09001 a la 09007, 09009 a la 09011.

Polígono 5. Completo. Parcelas 00001 a 00392, 01334 y 09001 a 09006.

Polígono 6. Completo. Parcelas 00001 a 00365 y 09001 a 09004.

Polígono 7. Completo. Parcelas 00001 a 00367 y 09001 a 09043.

Polígono 8.

En sentido norte-oeste-sur: Por el límite del antiguo ferrocarril del Tajuña, Camino de San Rafael, Parajes de Valquemado y Dehesa del Conde hasta el límite con el término municipal de Yebra, Casa de la Loca terminado en la intersección de los límites de Zorita de los Canes y Yebra con el río Tajo, que constituye el resto del límite del polígono incluido en esta delimitación. Deja dentro las parcelas 00001, 00002, zonas j, k y l todas ellas parcialmente, parcela 00003, 00004, 09001, 09002 y 09007.

Suelo urbano.

Todo el ámbito incluido en la delimitación de suelo urbano de Zorita de los Canes.

Manzana catastral 95471, comprendida por las calles camino de Bolarque, calle del Río Tajo y carretera de Zorita (Diputación) y límite de suelo urbano. Fincas 01 a 11.

Cementerio municipal.

Manzana catastral 96480, zona comprendida por la carretera de Zorita, callejón de la Madre Badujo y límite de suelo urbano, fincas 03 a 12.

Manzana catastral 96480, zona comprendida entre callejón de la Madre Badujo y Arroyo de la Madre Badujo y límite de suelo urbano. Finca 02. Antigua piscifactoría.

Manzana catastral 96480, zona comprendida entre el camino de Almonacid y el límite del suelo urbano. Finca 01. Antigua piscifactoría.

Manzana catastral 96483, comprendida por las calles Madre Badujo, Arroyo de la Madre Badujo, General Franco, plaza de España y Ayuntamiento. Fincas 01 a 20.

Manzana catastral 97478, comprendida entre la calle del Castillo y el límite de la ladera sur del castillo. Fincas 1 a 10.

Manzana catastral 97476, comprendida entre las calles Condesa de San Rafael, Marqués de Santo Domingo y José Antonio. Fincas 1 a 17.

Manzana catastral 97461, comprendida entre las calles José Antonio, Marqués de Santo Domingo y límite de suelo urbano. Fincas 1 a 15.

Manzana catastral 97475, comprendida entre las calles Condesa de San Rafael y límite de suelo urbano (falda del cerro del castillo). Fincas 01 a 02.

Manzana comprendida por la playa, río Tajo y carretera de Zorita. Fincas 01 y 02.

Todo ello según plano adjunto.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/54/04478_13343615_image1.png

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid