EXTRAORDINARIO DE NAVIDAD
El próximo Sorteo de la Lotería Nacional, que se realizará por el sistema
tradicional, tendrá lugar el día 22 de diciembre de 2003, a las 8,30 horas,
en el Salón de Sorteos, sito en la calle de Guzmán el Bueno, 137, de esta
capital y constará de ciento noventa series de 66.000 billetes cada una,
al precio de 200 euros el billete, divididos en décimos de 20 euros,
distribuyéndose 9.240.000 euros en 10.419 premios para cada serie.
Los billetes irán numerados del 00000 al 65999.
Euros
Premios por serie
1 De 2.000.000 de euros ..................................... 2.000.000
1 De 960.000 euros ........................................... 960.000
1 De 480.000 euros ........................................... 480.000
2 De 200.000 euros ........................................... 400.000
4 De 48.000 euros ............................................. 192.000
1.531 De 1.000 euros .............................................. 1.531.000
2 Aproximaciones de 20.000 euros cada una, para los
números anterior y posterior al del que obtenga
el premio primero .......................................... 40.000
2 Aproximaciones de 12.000 euros cada una, para los
números anterior y posterior al del que obtenga
el premio segundo .......................................... 24.000
2 Aproximaciones de 9.600 euros cada una, para los
números anterior y posterior al del que obtenga
el premio tercero ........................................... 19.200
99 Premios de 1.000 euros cada uno, para los 99
números restantes de la centena del premio primero ..... 99.000
99 Premios de 1.000 euros cada uno, para los 99
números restantes de la centena del premio segundo ..... 99.000
99 Premios de 1.000 euros cada uno, para los 99
números restantes de la centena del premio tercero ...... 99.000
659 Premios de 1.000 euros cada uno, para los billetes
cuyas dos últimas cifras sean iguales y estén
igualmente dispuestas que las del que obtenga el premio
primero ....................................................... 659.000
659 Premios de 1.000 euros cada uno, para los billetes
cuyas dos últimas cifras sean iguales y estén
igualmente dispuestas que las del que obtenga el premio
segundo ....................................................... 659.000
659 Premios de 1.000 euros cada uno, para los billetes
cuyas dos últimas cifras sean iguales y estén
igualmente dispuestas que las del que obtenga el premio
tercero ........................................................ 659.000
6.599 Reintegros de 200 euros cada uno, para los billetes
cuya última cifra sea igual a la del que obtenga
el premio primero .......................................... 1.319.800
10.419 9.240.000
De los números que obtengan los premios primero, segundo y tercero
se derivarán las aproximaciones, centenas y terminaciones, como asimismo
del que obtenga el premio primero, el reintegro.
Con respecto a las aproximaciones señaladas para los números anterior
y posterior de los premios primero, segundo y tercero, se entenderá que
si saliese premiado, en cualquiera de ellos, el número 00000, su anterior
es el 65.999 y el siguiente el 00001. Asimismo, si el agraciado fuese el 65.999,
su anterior es el 65.998 y el 00000 será el siguiente.
Para la adjudicación de los premios de centenas de 1.000 euros, se
entenderá que si cualquiera de los premios primero, segundo o tercero
correspondiera, por ejemplo, al número 25, se considerarán agraciados
los 99 números restantes de la misma, es decir, desde el 00 al 24 y desde
el 26 al 99.
Tendrán derecho a premio de 1.000 euros todos los billetes cuyas dos
últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las de
cualquiera de los que obtengan los premios primero, segundo o tercero.
Tendrán derecho al reintegro de su precio todos los billetes cuya última
cifra sea igual a la del que obtenga el premio primero.
De los premios de centenas, terminaciones y reintegro ha de entenderse
que quedan exceptuados los números de los que, respectivamente, se
deriven, agraciados con los premios primero, segundo o tercero.
El sorteo se efectuará con las solemnidades previstas en la Instrucción
del Ramo. En la propia forma se hará después un sorteo especial para
adjudicar la subvención a uno de los establecimientos benéficos de la
población donde se celebre el sorteo. Dicho sorteo especial quedará aplazado
si en el momento de la celebración del que se anuncia se desconocen los
establecimientos que puedan tener derecho a la mencionada subvención.
Estos actos serán públicos, y los concurrentes interesados en el sorteo
tendrán derecho, con la venia del Presidente, a hacer observaciones sobre
dudas que tengan respecto a las operaciones del mismo.
Verificado el sorteo se expondrán al público la lista de los números
que hayan obtenido premio, único documento por el que se efectuará el
pago de éstos.
Pago de premios
Los premios inferiores a 30.000 euros por billete podrán cobrarse en
cualquier Administración de Loterías.
Los iguales o superiores a dicha cifra podrán cobrarse en cualquier
punto del territorio nacional a través de las entidades financieras que,
en cada momento, gestionen las cuentas centrales de Loterías y Apuestas
del Estado.
Los premios serán hechos efectivos en cuanto sea conocido el resultado
del sorteo a que correspondan y sin más demora que la precisa para
practicar la correspondiente liquidación y la que exija la provisión de fondos
cuando no alcancen los que en la Administración pagadora existan
disponibles.
Madrid, 13 de diciembre de 2003.-El Director General, José Miguel
Martínez Martínez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid - Tel.: (+34) 902 365 303 / 91 111 4000