En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,
de 21 de febrero (BOE del 22), por el que se aprueba la oferta
de empleo público para el año 2003, y con el fin de atender las
necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe de la Dirección General de la Función
Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
de Ingenieros Aeronáuticos, con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 8 plazas del
Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos (Código 1406) por el sistema
general de acceso libre.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un curso
selectivo.
Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que
hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
del mes de agosto de 2003. La duración máxima de la fase de
oposición será de seis meses, contados a partir de la fecha de
realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de
los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de
derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Ingeniero Aeronáutico. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la
credencial que acredite su homologación.
2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Fomento o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán
al Subsecretario del Ministerio de Fomento. La no presentación
de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en el Ministerio de Fomento, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la
Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones
diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de
Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del
Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un
mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En
dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del
Estado", se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de
las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento
nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la orden. Asimismo, se indicarán los lugares donde se
encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y
el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, Paseo de la
Castellana, n.o 67, Madrid, teléfono 91.597.87.87. Dirección de
Internet http://www.mfom.es/empleopublico
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "X", según lo establecido
en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración
Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del 14).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal
elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de
aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.
Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días
naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,
para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos
que se ofrezcan.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,
la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Fomento, en el plazo de un mes desde su publicación,
o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o
se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 21 de mayo de 2003.- P.D. (Orden 25-9-00, BOE
5-10-00), el Director general de Organización, Procedimiento y
Control, José Antonio Sánchez Velayos.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Fomento y Presidente
del Tribunal Calificador.
ANEXO I
Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos
Descripción del proceso selectivo
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
1. Oposición.
2. Curso selectivo.
1. Oposición.-La fase de oposición constará de cuatro
ejercicios obligatorios y eliminatorios, de los cuales uno será práctico.
Primer ejercicio.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de
preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación
con las materias, que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 90
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta,
de las cuales 30 corresponderán a las materias generales y 60
a las específicas. El tiempo máximo para la realización de este
ejercicio será de dos horas.
La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos,
siendo necesario obtener 10 puntos para tener acceso al ejercicio
siguiente.
Segundo ejercicio.
Consistirá en el desarrollo oral durante un tiempo máximo de
30 minutos de dos temas, de entre cuatro elegidos por sorteo,
correspondiendo dos de ellos al grupo B de las materias generales
y dos a las materias específicas del programa que figura como
Anexo II de esta convocatoria, de los cuales, a elección de los
aspirantes, desarrollarán uno correspondiente al grupo B de
materias generales y uno de las materias específicas.
Los aspirantes dispondrán de 15 minutos para la preparación
de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de texto
a puntes. Durante la exposición podrán utilizar el guión que hayan
realizado durante el referido tiempo de preparación. Para el
desarrollo oral de los temas, el Tribunal pondrá a disposición
de los aspirantes, los medios que sean necesarios para que puedan
ilustrar su exposición.
Finalizada la exposición, el Tribunal durante un tiempo máximo
de 15 minutos podrá formular preguntas relacionadas con los
temas expuestos u otros que tengan relación con los mismos.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar
el mismo. Dicha calificación vendrá determinada por la claridad
en la exposición de ideas, la concreción y precisión del contenido
de los temas desarrollados.
Tercer ejercicio. Idioma Inglés.
Este ejercicio constará de dos partes:
A) Parte escrita: Consistirá en la realización de dos
traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa sobre
dos textos redactados en lengua inglesa y española
respectivamente, propuestos por el Tribunal, que versarán sobre las materias
contenidas en el Anexo II de esta convocatoria. La duración
máxima de esta parte del ejercicio será de dos horas.
B) Parte oral: consistirá en mantener una conversación en
idioma inglés con el Tribunal, durante el tiempo máximo de 15
minutos.
La calificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos.
Será necesario obtener en este ejercicio 5 puntos para superar
el mismo.
El Tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma
Inglés, con preferencia de Profesores de la Escuela Oficial de
Idiomas.
Cuarto ejercicio.
Este ejercicio de carácter práctico consistirá en la resolución
por escrito de un supuesto práctico, extraído al azar por el
Tribunal, en presencia de los aspirantes, de entre un total de tres
elaborados por dicho Tribunal, uno por cada una de las materias
específicas que figuran en el Anexo II de esta convocatoria. Para
la realización de este ejercicio el aspirante podrá llevar consigo
y consultar toda la documentación que estime necesaria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de tres horas.
El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez
finalizado el tiempo de realización del ejercicio y antes de entregar
el mismo, el opositor separará el original de la copia, numerando
cada una de las hojas del ejercicio tanto de la copia como del
original y una vez ordenado depositará ambas partes (original y
copia) en sobres separados, cerrados y suficientemente
identificados. En posterior sesión pública cada opositor abrirá los sobres,
entregando la copia al Tribunal y procediendo a la lectura del
original.
Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal durante un tiempo
máximo de 15 minutos formulará preguntas sobre el tema
desarrollado u otros que tengan relación con el mismo.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos,
siendo necesario obtener 20 puntos para superar el mismo.
2. Curso selectivo.-Como condición previa e indispensable
para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los
funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un
curso selectivo, que constará de una parte teórica y otra práctica,
organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos
del Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en
el Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto (BOE del 30).
El curso selectivo se iniciará en el plazo máximo de dos meses
desde la finalización del plazo de presentación de documentación
de los aspirantes aprobados y tendrá una duración máxima de
cinco meses.
La parte teórica tendrá una duración máxima de tres meses
y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran en
el Anexo V de esta convocatoria.
La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar
o reorganizar las materias que figuran en el Anexo V, así como
incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras
actividades formativas complementarias, relacionadas con las
actividades propias de los funcionarios del Cuerpo de Ingenieros
Aeronáuticos.
La parte práctica tendrá una duración máxima de dos meses
y consistirá en la rotación de los funcionarios en prácticas por
distintas Unidades Administrativas de la Dirección General de
Aviación Civil. Durante esta parte del curso selectivo, los funcionarios
en prácticas tendrán asignados tutores académicos.
En el plazo de 10 días desde la finalización de las prácticas
reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la
Comisión de Valoración prevista en este Anexo un informe de las
actividades desarrolladas, con los comentarios o sugerencias que
crean oportuno formular.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo
los aspirantes dependerán directamente de la Subdirección
General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones que, en
materia de selección y formación, le atribuye a éste órgano el
Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto.
Sistema de calificación
Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición se
calificarán, de acuerdo con los criterios establecidos en el
apartado 1 de este Anexo.
Curso selectivo.-La Comisión de Valoración nombrada por la
Subsecretaría del Departamento, estará integrada, en la parte
teórica, por los coordinadores de los Módulos II y IV; la Subdirectora
General de Recursos Humanos; la Jefe del Área de Selección y
Formación y el Jefe del Servicio de Formación. En la parte práctica
estará integrada por los tutores de los aspirantes; la Subdirectora
General de Recursos Humanos y la Jefe del Área de Selección
y Formación. En las dos partes del curso selectivo, la Subdirectora
General de Recursos Humanos ejercerá de Presidenta y la Jefe
del Área de Selección y Formación de Secretaria.
La Comisión de Valoración propondrá a la Subdirección
General de Recursos Humanos la calificación de dicho curso selectivo,
quien la elevará a la Subsecretaría para su aprobación.
La calificación máxima del curso selectivo será de 100 puntos;
correspondiendo a cada una de las dos partes 50 puntos; siendo
necesario obtener 25 puntos en cada una de las partes para superar
las mismas.
Calificación total.-La calificación total de las pruebas
selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de
oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la
mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso,
en el cuarto, primero y tercero de dicha fase de oposición.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
ANEXO II
CUERPO DE INGENIEROS AERONÁUTICOS
Programa
MATERIAS GENERALES
A) Organización y funcionamiento de la Administración
1. El constitucionalismo. La Constitución como norma
suprema. La evolución histórica del constitucionalismo español. La
Constitución Española de 1978. Principios informadores,
estructura y reforma constitucional.
2. Los tres poderes del Estado. El Poder Legislativo. El Poder
Ejecutivo. El Poder Judicial.
3. Derecho Administrativo. Concepto y evolución. Tipos
históricos: modelos anglosajones frente a continentales.
4. El Ordenamiento Jurídico Administrativo: sus fuentes. La
Constitución. Los tratados internacionales. La Ley. El reglamento.
Otras fuentes del derecho administrativo.
5. La Organización administrativa estatal. Principios rectores.
Normas reguladoras. Órganos superiores de la Administración
General del Estado.
6. La organización territorial de la Administración General
del Estado. Delegados del Gobierno, Subdelegados del Gobierno.
Otros órganos territoriales.
7. Las Administraciones Autonómica y Local. El proceso
autonómico. Sistema de distribución de competencias entre la
Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.
8. La Unión Europea. Instituciones. Fuentes del derecho
comunitario.
9. El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza.
La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
10. El acto administrativo: concepto, elementos y clases.
Nulidad y anulabilidad. La responsabilidad patrimonial de la
Administración.
11. Recursos administrativos. Concepto y naturaleza. Clases
y regulación actual.
12. La Jurisdicción Contencioso Administrativa. Evolución.
Características generales. El recurso contencioso-administrativo.
13. La expropiación forzosa. Actos administrativos previos
de expropiación. Justiprecio. Jurado Provincial de Expropiación.
Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral.
14. La acción administrativa: los contratos administrativos.
Concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento.
La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.
Incumplimiento de los contratos administrativos.
15. Ministerio de Fomento: Evolución y estructura. La
Dirección General de Aviación Civil: Estructura orgánica y funciones.
La Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y
Navegación Aérea (AENA): Competencias y funciones.
B) Marco General
1. Organismos y Asociaciones Internacionales de Aviación
Civil: OACI, CEAC, Eurocontrol, JAA, IATA, EUROCAE.
2. Convenios Internacionales de Transporte Aéreo (París
1919, Varsovia 1927, etc.).
3. Convenios Bilaterales y Multilaterales de Transporte Aéreo.
4. El Convenio de Aviación Civil Internacional y sus Anexos
Técnicos; Métodos y Prácticas Recomendados (SARPS),
Procedimientos de Navegación Aérea (PANS); Procedimientos
Suplementarios Regionales (SUPPS).
5. Marco normativo e institucional del transporte aéreo en
España.
6. Política de la UE en materia de transporte aéreo.
7. El Tercer Paquete Aéreo y Normas de Acompañamiento.
8. Las medidas de protección de los usuarios del transporte
aéreo en la Unión Europea.
9. Evolución del Tráfico Aéreo en Europa y en el mundo;
tráfico de pasajeros y mercancías.
10. Plan Global CNS/ATM de OACI; concepto CNS/ATM;
antecedentes y objetivos.
11. Estrategia de los 90 de los Ministros de Transporte de
la CEAC; Conclusiones de las Reuniones MATSE.
12. Coordinación entre Ministerio de Defensa y Ministerio de
Fomento; CIDETRA.
MATERIAS ESPECÍFICAS
A) Transporte Aéreo
1. Transporte aéreo regular en España. Evolución y
características.
2. Transporte aéreo no regular en España. Evolución y
características
3. Tarifas aéreas. Marco legal antes y después del Mercado
Único.
4. Transporte de mercancías peligrosas por vía aérea.
5. Regulación de la Aviación General y Deportiva en España.
6. Registro de matrícula de aeronaves en España. Su
reglamentación.
7. Organizaciones de diseño y producción de aeronaves
aprobadas. JAR-21.
8. Procedimientos conjuntos de certificación JAA.
9. Certificados de aeronavegabilidad. Clasificación,
concesión y validez.
10. Certificado de Operador Aéreo (AOC). Manual Básico de
Operaciones (MBO).
11. Requisitos para la operación de aeronaves civiles en
transporte aéreo comercial (JAR-OPS).
12. Tareas programadas de mantenimiento en relación con
la aeronavegabilidad.
13. Requisitos para el establecimiento de un programa de
mantenimiento (MRB).
14. Centros de mantenimiento de aeronaves JAR 145.
15. Lista Maestra de Equipo Mínimo (MMEL) y Lista de Equipo
Mínimo (MEL).
16. Sistemas avanzados de aviónica. Sistema de gestión de
vuelo (FMS).
17. Sistema anticolisión de a bordo (ACAS).
18. Sistema de aviso de proximidad al suelo (GPWS). Sistema
mejorado de aviso de proximidad al suelo (EGPWS).
19. Operación y requisitos instrumentales de la Navegación
de Aérea (RNAV).
20. Operación y requisitos instrumentales de la Navegación
en el Atlántico Norte (MNPS).
21. Operación y requisitos instrumentales de la navegación
con Separación Vertical Mínima Reducida (RVSM).
22. Operación y requisitos instrumentales de las operaciones
de Largo Alcance (ETOPS).
23. Utilización del sistema de posicionamiento global (GPS)
como medio primario y suplementario de navegación según las
reglas de vuelo instrumental (IFR).
24. Títulos y licencias aeronáuticas según los estandares
JAR-FCL. Su transposición en España.
25. Comisión de investigación de accidentes e incidentes
aéreos.
26. Reglamentación sobre asignación de franjas horarias
("slots").
27. Derechos de los Pasajeros Aéreos: el ordenamiento
jurídico en España. Compromisos voluntarios sobre calidad de
servicios de compañías aéreas y aeropuertos.
28. Accesibilidad al transporte aéreo de personas con
movilidad reducida. Barreras arquitectónicas y seguridad operacional.
29. Certificación de ruido y emisores de aeronaves.
Requisitos. Exenciones. Consideraciones operacionales. Normativa de
la Unión Europea.
30. Certificación, registro y uso de ultraligeros motorizados
(ULM) y aeronaves muy ligeras (VLA).
31. Instrumentos y equipos necesarios en aeronaves de la
categoría de transporte. Clasificación según su operación.
32. Descripción y discusión de los requisitos de cualidades
de vuelo JAR-25.
33. Clasificación de helicópteros por categorías según su
certificación de tipo. Operación con carga externa bajo FAR-133.
34. La responsabilidad de los operadores aéreos en caso de
accidente. Seguros obligatorios e indemnizaciones.
35. Organización territorial dependiente de la DGAC.
Relación con la distribución geográfica de la actividad aérea en España.
36. Explotación comercial de aeronaves en régimen de
arrendamiento ("wet/dry lease"). Regulación, procedimiento y criterios
de concesión.
37. Concesión y mantenimiento de licencias de explotación
a compañías de transporte aéreo.
38. Instrucciones para la aeronavegabilidad continuada.
Concepto. Normativa. Obligaciones de los Estados según Anexo 8
de OACI. Reporte de averías, mal funcionamiento y defectos.
39. Escuelas de enseñanzas aeronáuticas. Descripción y
regulación.
B) Navegación y Circulación Aérea
40. Estrategia de la CEAC en espacio aéreo; TPIAS. Estrategia
ATM2000+ de Eurocontrol.
41. RNP (Required Navigation Performance).
42. Clasificación del espacio aéreo. Espacio aéreo de carácter
especial; restricciones permanentes y restricciones temporales.
43. Espacio aéreo controlado. Áreas de control: TMAs, CTAs,
CTRs, ATZs y aerovías. Sectorización ATC.
44. Diseño de rutas ATS basadas en radioayudas
convencionales. Procedimientos SIDs y STARs. Procedimientos de
aproximación de precisión y de no-precisión.
45. RNAV: ruta y espacio aéreo terminal. P-RNAV y RNP-1
en espacio aéreo terminal. 4D RNAV. Aproximaciones RNAV con
guía vertical. RNAV para aterrizaje (GLS).
46. Servicios de Gestión del Espacio Aéreo (ASM). Uso
Flexible del Espacio Aéreo (FUA): AMCs, CDRs, TSAs, CBAs, AUP,
UUP, CRAM.
47. Servicios de Gestión de Afluencia del Tránsito Aéreo
(ATFM); Concepto de Demora.
48. Sistema ATFM Europeo. CFMU.
49. Servicio de Control del tráfico aéreo: área, aproximación
y aeródromo.
50. Servicio de Información de Vuelo y Servicio de
asesoramiento; ATIS.
51. Servicio de Alerta. Servicio de Búsqueda y Salvamento
(SAR); aplicaciones de los satélites a la localización de emergencias
(Sistema COSPAS-SARSAT).
52. Servicio de Meteorología Aeronáutica (MET).
53. Servicio de información aeronáutica (AIS): AIP, AICs,
NOTAMs, oficinas NOF, ciclos AIRAC, información anterior y
posterior al vuelo.
54. Reglas de vuelo visual y reglas de vuelo por instrumentos.
55. Ayudas a la Navegación convencionales (ILS, VOR, DME,
NDB).
56. Aplicaciones de los satélites a la navegación aérea
(GNSS); Sistemas de Aumentación Terrestre y por Satélite (GBAS
y SBAS); Sistema Europeo de Navegación por Complemento
Geoestacionario (EGNOS). Programa GALILEO.
57. Sistemas de Vigilancia (PSR, SSR, radares monopulso,
Modo S).
58. Sistemas de Comunicaciones Aeronáuticas;
comunicaciones tierra-aire y comunicaciones tierra-tierra; 8.33 Khz.
59. Aplicaciones de los satélites a las comunicaciones y
vigilancia; Servicio Móvil Aeronáutico por Satélite (SMAS); Vigilancia
Dependiente Automática (ADS).
60. La Seguridad en la Navegación Aérea; Sistemas de gestión
de seguridad (SGS). Política de Seguridad de Eurocontrol (SRC
y SRU); metodologías de gestión de seguridad.
61. Planes de vuelo; presentación; IFPS.
62. Servidumbres de las instalaciones radioeléctricas
aeronáuticas.
63. Servidumbres de la operación de aeronaves.
64. Iniciativas comunitarias en ATM. Cielo Unico Europeo.
65. La tarificación en el sistema de navegación aérea.
Recuperación de costes.
66. Sistemas automatizados de control de tráfico aéreo
(SACTA).
C) Aeropuertos
67. Planificación de aeropuertos. Planes Directores. Sistema
general. Área de cautela.
68. Modelos estimativos de capacidad/demanda. Factores
que afectan a la capacidad. Previsiones de tráfico. SIMMOD.
69. El urbanismo y los aeropuertos. Integración territorial.
Planes especiales y legislación planes directores.
70. Ruido aeronáutico, indicadores, huellas de ruido.
Criterios en la evaluación de impacto acústico en España y a nivel
mundial.
71. Medidas de abatimiendo del ruido aeronáutico. Medidas
restrictivas al tráfico. Retirada de flotas.
72. Servidumbres acústicas. Restricciones al urbanismo
73. Regímenes sancionadores en materia de ruido. Sistemas
de monotorización de ruidos en los aeropuertos.
74. Emisión de contaminantes. Gestión de residuos.
Certificación ISO 14001 en los aeropuertos.
75. Diseño y capacidad en las áreas terminales de los
aeropuertos. Estándares de servicio (LOS). Capacidad estática y
dinámica.
76. Propiedad y gestión aeroportuaria. Modelos existentes a
nivel mundial.
77. Configuración y diseño de campos de vuelo, calles de
salida rápida, calles de rodadura y plataformas.
78. Diseño y cálculo de superficies pavimentadas y no
pavimentadas. Nivelación. Evaluación de su estado y rehabilitación.
79. Sistemas de drenaje.
80. Torres de control de aeródromo. Emplazamiento;
Infraestructura; Equipamiento.
81. Instalaciones eléctricas en los aeropuertos. Centros de
transformación y redes de distribución.
82. Instalaciones de balizamiento. Señalización e iluminación
de campos de vuelo.
83. Ayudas visuales para la aproximación.
84. Balizamiento de obstáculos.
85. Seguridad aeroportuaria y planes de emergencia.
86. Salvamento y extinción de incendios. Requerimientos
según OACI.
87. Configuración y diseño de aeropuertos STOL y
helipuertos. Señalización de ayudas visuales.
88. Tramitación para el establecimiento de aeródromos y
helipuertos privados.
89. Gestión energética de aeropuertos.
90. Mantenimiento y explotación de aeropuertos.
91. Señalización en los aeropuertos.
92. Calidad aeroportuaria. Planes de calidad en los
aeropuertos.
93. Instalaciones aeroportuarias para la carga aérea. La
situación de España.
94. Instalaciones de combustible en aeropuertos. Legislación.
95. Accesos. Capacidad y tipos. Experiencia mundial en las
conexiones directas de alta velocidad..
96. Régimen jurídico de la prestación de servicios
aeroportuarios de asistencia en tierra.
97. Régimen jurídico de aeropuertos y la Constitución
Española. Los aeropuertos de interés general.
98. Demora en los aeropuertos. Relación con la capacidad
y medidas para paliar retrasos
ANEXO III
Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos
Tribunal Titular:
Presidente: D. Jesús Pérez Blanco. Cuerpo de Ingenieros
Aeronáuticos.
Vocales: D. Pablo Hernández-Coronado Quintero. Cuerpo de
Ingenieros Aeronáuticos.
D. José M.a Marcos Elgóibar. Cuerpo de Catedráticos de
Universidad.
D.a Amparo Avello López. Cuerpo Superior de Administradores
Civiles del Estado.
Secretario: D. Álvaro Veloso Lozano. Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Tribunal Suplente:
Presidente: D. Manuel Mederos Cruz. Cuerpo de Ingenieros
Aeronáuticos.
Vocales: D. Rodolfo Montoto Navarro. Cuerpo de Ingenieros
Aeronáuticos.
D. Rafael Sanjurjo Navarro. Cuerpo de Catedráticos de
Universidad.
D.a Beatriz Sánchez Rodrigo. Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Secretario: D.a Paloma López Tosar. Escala Técnica de Gestión
de Organismos Autónomos.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo
de Ingenieros Aeronáuticos" "Código 1406".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra "L".
En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",
se consignará "Fomento".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
"Ingeniero Aeronáutico".
El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,01 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182-2458-10-0200000489, del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Fomento. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
ANEXO V
Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos
Curso selectivo
Módulo I: Trabajo en equipo.
MóduloII: Administración y Función Pública.
Módulo III: Elaboración de informes.
Módulo IV: Gestión Administrativa y gestión
económica-financiera.
Módulo V: La actividad administrativa aeronáutica:
1. Introducción al Derecho Aeronáutico.
2. La Ley de Navegación Aérea: significado y principios
generales.
3. El procedimiento sancionador aeronáutico.
4. Las licencias aeronáuticas.
5. La certificación de los productos aeronáuticos.
6. La expedición de certificados de aeronavegabilidad.
7. Nociones básicas de las JAA y fundamentos de las JAR.
8. La inspección aeronáutica.
9. La planificación aeroportuaria y sistemas de navegación
aérea: funcionamiento y régimen vigente (especial referencia al
régimen de los Planes Directores, servidumbres aeronáuticas,
temas medioambientales aeroportuarios.
10. Los Convenios Internacionales suscritos por España en
materia de transporte aéreo.
11. La aplicación del Derecho Comunitario en nuestro
ordenamiento jurídico: los principales Reglamentos Comunitarios y
la transposición de las Directivas que afectan a temas de interés
en materia de transporte aéreo.
12. La actividad de fomento del transporte aéreo.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid