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Documento BOE-A-2002-5562

Resolución de 12 de febrero de 2002, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto fabricado por "Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima", embalaje combinado, código 4G, marca y modelo "Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima", 07200-H01/10 12^1 kg A, para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea, con contraseña 02-H-862.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 2002, páginas 11458 a 11459 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2002-5562

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima», con domicilio social en calle Sant Josep, 137, polígono industrial El Pla, municipio de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona), para la homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto fabricado por «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Sant Feliu de Llobregat, embalaje combinado, código 4G, marca y modelo «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima», 07200-H01/10 12×1 kg A, para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea;

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el Registro se solicita, y que la EIC-ENICRE ICICT, mediante informe, certificado y actas con clave VC.BB.33029850/01C, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción 02-H-862 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca y modelo: «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima», 07200-H01/10 12×1 kg A.

Características y productos autorizados a transportar: Las indicadas en el anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto, con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes de 12 de febrero de 2004 (Orden de 28 de febrero de 1989).

Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 12 de febrero de 2002.–El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Fabricante: «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima». Calle Sant Josep, 137, polígono industrial El Pla. 08980 Sant Feliu de Llobregat (Barcelona).

Nombre EIC y número informe EIC: ICICT, S.A./VC.BB.33029850/01C. Contraseña de certificación de tipo:

ADR 02-H-862-11
RID/IMDG/OACI 02-H-862

Características del envase/embalaje: 07200-H01/10 12×1 kg A.

Envase interior:

Caja de cartoncillo, tipo estuche con doble solapa tipo FEFCO 0203, encoladas.

Gramaje del cartoncillo: 451 g/m2.

Espesor: 0,58 mm.

Dimensiones: 162 × 74 × 222 mm.

Bolsa interior: De plástico, de 70 µ de espesor, termosoldada en sus dos extremos.

Peso de la caja vacía: 70 g.

Peso de la caja llena: 1.087 g.

Número de cajas por embalaje: 12, colocadas en un solo piso.

Embalaje exterior:

Caja tipo 0201 del código FEFCO, de cartón ondulado doble-doble, canales B y C.

Dimensiones exteriores: 485 × 345 × 243 mm.

Peso de la caja vacía: 750 g.

Gramaje total del cartón: 753 g/m2.

Composición del cartón: KB 140/F 125/B 110/F 125/K 125.

Unión de la caja: Encolada.

Cierre de la caja: Con cinta adhesiva de 5 cm, de ancho.

Marcado: UN 4G/Y 14/S/*/E/**/***.

* Fecha de fabricación.

** Anagrama del fabricante.

*** Número de certificación de tipo.

Materias a transportar: La unidad citada es válida para el transporte de las siguientes materias (clases y apartados):

Peso bruto máximo del embalaje: 14 kg.

Grupo de embalaje: II (Y).

ADR/RID:

Clase 6.1: Las materias sólidas clasificadas en las letras b) y c) del marginal 2601 del ADR y 601 del RID.

Excepto:

Cianuro de hidrógeno estabilizado del apartado 1.º

Soluciones de ácido cianhídrico del apartado 2.º

Ferropentacarbonilo y niqueltetracarbonilo del apartado 3.º

Etilenimina estabilizada del apartado 4.º

Isocianato de metilo del apartado 5.º

Clase 8: Las materias sólidas clasificadas en las letras b) y c) del marginal 2801 del ADR y 801 del RID.

Excepto:

Las materias del apartado 82

Galio del 65 c).

Mercurio del 66 c).

Las materias del apartado 81 y 81 c).

Las materias del apartado 61

Oxibromuro de fósforo fundido del apartado 15

Las materias del apartado 6.º

El bromo y el bromo en solución del 14

Clase 9: Las materias sólidas clasificadas en las letras b) y c) del marginal 2901 del ADR y 901 del RID.

Excepto: Las materias de los apartados 3.º, 5.º, 6.º, 7.º, 20c, 21c).

IMO/IMDG:

Las materias sólidas de las clases 6.1 / 8 y 9 que respondan al grupo de embalaje II (Y) y a la instrucción P002.

Excepto: Las mismas excepciones que el ADR/RID.

Disposiciones especiales relativas al embalaje/envasado:

En el caso del Núm. ONU 3249, la masa neta máxima por bulto debería ser de 5 kg.

En el caso del Núm. ONU 3243 y Núm. ONU 3244, los embalajes/envases deberían de ajustarse a un tipo de proyecto que haya superado la prueba de estanqueidad exigida para el nivel de idoneidad del grupo de embalaje/envase II).

En el caso del Núm. ONU 2211, Núm. ONU 2698 y Núm. ONU 3314, no se exige que los embalajes/envases superen las pruebas de idoneidad previstas en el capítulo 6.1.

En el caso del Núm. ONU 1693, los embalajes/envases deberían de ir cerrados herméticamente.

En el caso del Núm. ONU 2969 (como granos enteros), se permiten los sacos 5H1, 5L1 y 5M1.

En el caso del Núm. ONU 2590 y Núm. 2212, se permiten los sacos 5M1. Los bultos deberían de transportarse en unidades de transporte cerradas, en otras unidades de transporte de tipo cerrado o, como cargas unitarias, en envoltorios de contracción o extensión.

IATA-OACI:

Grupo de embalaje II (Y).

Se exceptúan las mismas excepciones que el ADR/RID.

Clase 6.1. Las materias sólidas que cumplan con las instrucciones 607, 613, Y619.

Clase 8. Las materias sólidas que cumplan con las instrucciones 814, Y822.

Clase 9. Las materias sólidas que cumplan con las instrucciones Y911.

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