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Documento BOE-A-2002-3133

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se concede la aprobación de modelo del contador incorporado a las máquinas recreativas tipo "B", marca "Cocamátic", modelo Islas Afortunadas, comercializado por la empresa "Comercial Cocamátic, Sociedad Anónima", con Registro de Control Metrológico número 16-I-006.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 2002, páginas 6274 a 6275 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2002-3133

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 11 de enero de 2002, el Ilustrísimo señor Director general de Industria, Energía y Minas ha dispuesto lo que sigue:

Vista la petición interesada por doña Mónica Palomares Rincón, en nombre y representación de la entidad «Comercial Cocamátic, Sociedad Anónima», con domicilio social en la calle Eduardo Torroja, número 18, 28820 Coslada, en solicitud de aprobación de modelo para el contador incorporado a las máquinas recreativas tipo «B», marca «Cocamátic», modelo Islas Afortunadas;

Vista la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado, así como la Orden de 31 de julio de 2000, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los contadores incorporados a las máquinas recreativas y de azar de los tipos «B» y «C», reguladas por el Reglamento aprobado por el Real Decreto 2110/1998, de 2 de octubre;

Resultando que dicha entidad ha presentado la documentación exigida en la normativa anteriormente citada;

Considerando el certificado favorable emitido por la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial, con referencia 2001_1003 y 2001_1630;

Considerando que en la documentación presentada se acredita que cumple con las exigencias generales establecida en la citada Orden de 31 de julio de 2000;

Considerando que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios;

De conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, modificado por las Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, así como el Decreto 239/2001, de 11 de octubre, de estructura de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por el que se atribuye a esta Dirección General el ejercicio de las competencias sobre esta materia,

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones, resuelve:

Primero.

Conceder aprobación de modelo del contador incorporado a las máquinas recreativas de tipo «B», marca «Cocamátic», modelo Islas Afortunadas, a favor de la entidad «Comercial Cocamátic, Sociedad Anónima», inscrita en el Registro de Control Metrológico con el número 16-I-006.

Segundo.

El signo de aprobación de modelo asignado será:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2002/40/03133_13905299_image1.png

Tercero.

Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán, como mínimo, de manera visible e indeleble, y situadas según se indica en el anexo técnico, las siguientes inscripciones:

Nombre y dirección del fabricante o su marca.

Denominación del modelo del instrumento.

Número de serie y año de fabricación.

Signo de aprobación de modelo.

Cuarto.

Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en los planos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.

Quinto.

Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.

Sexto.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo tiene validez hasta el próximo 1 de enero del año 2005, pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos, que no podrán exceder cada uno de diez años, previa solicitud presentada por el titular de la misma tres meses antes de la fecha de vencimiento.

Contra esta Resolución podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Excelentísimo señor Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 11 de enero de 2002.–El Director general, Carlos López Jimeno.

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