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Documento BOE-A-2002-24620

Resolución de 30 de noviembre de 2002, del Instituto Nacional de Empleo, de convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2002, páginas 44256 a 44261 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-24620

TEXTO ORIGINAL

El Plan Nacional de Acción para el Empleo, prevé ofrecer una acción

de formación, empleo u orientación individualizada a los jóvenes y adultos

que hayan permanecido seis o doce meses en situación de demandantes

de empleo. Dado el elevado volumen de personas a atender, es necesario

completar los servicios que se pueden facilitar con medios propios del

INEM con los que prestan otras entidades, a las que es posible

subvencionar.

La Orden de 20 de enero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 23)

modificada por la Orden de 4 de febrero de 2000 ("Boletín Oficial del

Estado" del 11) establece las bases reguladoras para la concesión de

subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para

el empleo y asistencia para el autoempleo. A su vez, el artículo 3.3 de

la primera Orden Ministerial dispone que antes del día 30 de noviembre

de cada año, el Director General del Instituto Nacional de Empleo aprobará,

mediante la correspondiente resolución administrativa que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", las necesidades de actuación en materia

de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para

el autoempleo en el año siguiente. A dicho fin responde la presente

resolución en la que se disponen tanto las necesidades de actuación en las

provincias que se indican, como las especificaciones técnicas de las

acciones a realizar por las entidades colaboradoras del Instituto Nacional de

Empleo.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de

la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y haciendo uso de la

autorización establecida por la disposición final segunda de la Orden.

La Directora general del Instituto Nacional de Empleo ha resuelto:

Primero.-Convocar a entidades e instituciones sin ánimo de lucro,

que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 1 de la Orden del

Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales de 20 de enero de 1998, por la

que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones

para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo

y asistencia para el autoempleo, que quieran colaborar con el Instituto

Nacional de Empleo en la realización de las acciones indicadas.

Segundo.-Las necesidades de actuación a ejecutar por las entidades

colaboradoras, que se convocan para las distintas acciones, son las

indicadas globalmente para cada provincia en el anexo I. El número de

demandantes a atender condicionará las horas asignadas para la subvención

correspondiente.

Tercero.-Se considerarán horas totales asignadas para el otorgamiento

de la subvención, las correspondientes al tiempo de atención a los

demandantes más un 25 por 100 de preparación técnica de las acciones.

Cuarto.-La subvención otorgada estará determinada por el número

de horas asignadas, cantidad que servirá de referencia para el

cumplimiento del objetivo de demandantes a atender.

Quinto.-Se considerarán número de demandantes a atender los

demandantes que comiencen el proceso de Tutoría Individual con la entrevista

inicial, que serán una parte de los citados, y/o los de autoempleo. En

el caso de la Tutoría Individualizada de orientación se estima que un

promedio del 50 por 100 continuarán en el proceso.

En el caso de autoempleo, se estima que un promedio del 20 por 100

recibirán atención individualizada a través del asesoramiento de proyectos

empresariales, y el otro 80 por 100 serán atendidos a través de sesiones

colectivas de información y motivación para el autoempleo.

En las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de Empleo se

podrán consultar las necesidades territoriales de actuación.

Se consideran demandantes atendidos aquellos que inicien las

correspondientes acciones, aún cuando no las finalicen por causas no imputables

a la entidad colaboradora.

Sexto.-El desarrollo de las acciones se efectuará de acuerdo con las

especificaciones técnicas que figuran en el anexo II, y anexo III para

personas sordas o invidentes, de esta resolución. Una descripción detallada

de las citadas especificaciones se podrá consultar en las Direcciones

Provinciales del Instituto Nacional de Empleo.

Séptimo.-La realización de las actividades deberá hallarse debidamente

identificada o señalizada. Si la actuación está incorporada a un servicio

integrado para el empleo, se aplicará su normativa al respecto. En el caso

de que se realice de modo independiente, se utilizará la identificación

recogida en el anexo IV, donde figura el modelo para los carteles exteriores

de los locales. La citada identificación, con las medidas adecuadas se

utilizará asimismo en escritos, anuncios, publicaciones, vallas anunciadoras

y cualquier tipo de soporte (electrónico, informático o telemático) que

a las mismas se refieran.

Octavo.-1. El Instituto Nacional de Empleo subvencionará las

actuaciones de acuerdo con la normativa vigente.

2. Se considerarán gastos imputables a las acciones efectivamente

realizadas en concepto de gastos generales, materiales y técnicos,

necesarios para el desarrollo de esas acciones, los siguientes:

a) Gastos de ejecución de material técnico:

Guías técnicas (incluidas transparencias)

Documentación para los participantes.

Material psicotécnico.

b) Gastos de ejecución en material de oficina: impresos y material

de oficina.

c) Gastos generales necesarios para la ejecución de las acciones en

la parte correspondiente a esa ejecución:

Arrendamientos (excluido "leasing"): Edificios, mobiliario, enseres y

equipos del arrendamiento.

Mantenimiento (si no está incluido en el arrendamiento).

Suministro de energía eléctrica, agua, combustible para calefacción

(si no está incluido en el arrendamiento).

Comunicaciones (teléfono, correos, ...).

Limpieza.

Seguridad, vigilancia.

Seguros de responsabilidad civil.

Publicidad exigida por esta Resolución y por la normativa SIPE.

3. Las entidades colaboradoras vienen obligadas a actualizar en las

Oficinas del Instituto Nacional de Empleo los historiales de los

demandantes atendidos, incorporando los resultados de los servicios prestados,

utilizando a tal fin el personal de apoyo cuya contratación se subvenciona.

Noveno.-1. Las entidades que deseen colaborar con el Instituto

Nacional de Empleo, presentarán en el plazo de un mes a contar desde la

publicación de esta Resolución y, sin perjuicio de lo establecido en el artículo

38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

la solicitud de subvención, por duplicado, en la Dirección Provincial del

Instituto Nacional de Empleo, correspondiente a la provincia donde se

vayan a realizar las acciones.

2. La solicitud se formalizará en el modelo que figura en el anexo V,

al que se acompañará la siguiente documentación:

a) Copia compulsada de la escritura pública de constitución y de

los correspondientes Estatutos, y en su caso de modificación, de la entidad,

inscritas en el registro correspondiente, excepto si se trata de una

Administración Pública.

b) Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal, excepto

si se trata de una Administración Pública.

c) Copia compulsada de la escritura donde consten los poderes de

la persona que realiza la solicitud.

d) Proyecto-Memoria de las acciones a realizar, según modelo que

está a disposición de los interesados en las Direcciones Provinciales del

Instituto Nacional de Empleo.

e) Certificación, en su caso, de la existencia de otras subvenciones,

con indicación de la cuantía y si se encuentran en fase de solicitud o

concesión.

f) Datos bancarios de la cuenta corriente donde se desee percibir

la subvención.

3. En el caso de que las acciones a subvencionar estén incluidas en

un Plan de Servicios Integrados para el Empleo, el proyecto-memoria

presentado para éste será suficiente para cumplir el requisito establecido

en el número 2d de este artículo, siempre y cuando en el mismo se

contengan los extremos previstos en el artículo 5.2 letra c) de la Orden

Ministerial de 20 de enero de 1998, debiendo en este caso proporcionar

únicamente la información requerida para la tramitación de las subvenciones

en esta Resolución que no se encuentre en aquella.

4. El Instituto Nacional de Empleo verificará el cumplimiento de los

requisitos exigidos en la Orden, efectuando las visitas necesarias, lo que

determinará la admisión o no de las solicitudes. En las entidades que

hayan actuado en años anteriores se tendrá en cuenta para la admisión

de solicitudes la suficiencia demostrada en la ejecución de las acciones

y en la observación de sus especificaciones técnicas.

Décimo.-1. Las solicitudes admitidas serán valoradas con arreglo a

los siguientes criterios:

Puntos

(hasta 100)

a) Acciones desarrolladas en el marco de convenios de

colaboración existentes con el INEM, que tengan por objeto

la integración de políticas activas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

b) Coordinación e integración de las acciones de

orientación profesional para el empleo y autoempleo con otras

de calificación profesional, formación ocupacional,

escuelas taller y casas de oficios, talleres de empleo,

fomento de la contratación o de iniciativas de actividad

u otras que faciliten al demandante de empleo seguir

un itinerario personal de inserción laboral . . . . . . . . . . . . . . . hasta 20

c) Cobertura territorial de las necesidades, especialmente

en aquellas zonas donde los medios propios del INEM,

resultan insuficientes para atender las necesidades de

actuación de la provincia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 20

d) Experiencia de la Institución o Entidad en el desarrollo

de las acciones solicitadas, valorándose en positivo la

buena ejecución y en negativo la deficiente . . . . . . . . . . . . . . . desde +10

hasta -20

e) Recursos técnicos, humanos y materiales que superen

los mínimos exigidos en las Especificaciones Técnicas

en el momento de la solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 10

Puntuación

parcial

Recursos humanos (formación y experiencia) . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 3

Recursos técnicos (métodos e instrumentos) . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 3

Locales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 2

Recursos materiales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 2

Puntos

(hasta 100)

f) Procedimientos de gestión y seguimiento de las acciones

que aseguren un flujo adecuado de participantes,

garanticen la puntualidad y exactitud de la información y

que no impliquen un aumento de cargas de trabajo para

el Instituto Nacional de Empleo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 10

g) Reducción en el coste por eficiencia, o concurrencia de

otras subvenciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 5

h) Sistemas de evaluación de los servicios a los

demandantes de empleo, que pongan de manifiesto la calidad

de los mismos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 5

2. En caso de empate en la puntuación, se dará prioridad a las

Entidades que obtengan mayor puntuación en el criterio "a", de producirse

un nuevo empate, se seguirá el mismo procedimiento con los demás

criterios en orden descendente hasta el "h".

Undécimo.-1. Los Directores Provinciales del Instituto Nacional de

Empleo, teniendo en cuenta la valoración obtenida, así como la existencia

de necesidades de actuación, las disponibilidades presupuestarias y el

desempeño de la entidad en años anteriores, emitirán la resolución

administrativa de concesión o denegación de las subvenciones.

2. La resolución se dictará dentro de los treinta días hábiles siguientes

a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Transcurrido dicho plazo máximo sin que exista resolución expresa, la concesión

de la subvención se entenderá desestimada.

Duodécimo.-Una vez que las entidades hayan acreditado que se

encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente

a la Seguridad Social, previa certificación del inicio de las acciones, podrán

percibir las cantidades previstas en la normativa citada.

Decimotercero.-Para comunicar al Instituto Nacional de Empleo los

demandantes atendidos y las claves de los resultados de las distintas

acciones se utilizarán las "Fichas de control" de acciones, cuyo formato y

características proporcionará el Instituto Nacional de Empleo, y en las que

se incluirán los datos de la Entidad, detalles de la acción, el Documento

Nacional de Identidad, nombre y apellidos de los demandantes atendidos,

la Oficina de Empleo de inscripción de los mismos, sus firmas en cada

acto, y la clave de los resultados.

Estas "Fichas de Control", firmadas por los participantes, junto con

las "Hojas Resumen de las Acciones", correspondientes, se presentarán

cada dos meses al Instituto Nacional de Empleo, con una copia para su

compulsa. Finalizadas las acciones, se acompañará un ejemplar de todas

ellas a la solicitud de liquidación final, para justificar las acciones

realizadas y los demandantes atendidos en cada una de las acciones. Todo

ello sin perjuicio del registro en el sistema de información laboral de

empleo, según artículo 6.3 de esta resolución, de esos datos, de modo

continuo a medida que se vayan desarrollando las acciones, para facilitar

su gestión.

Decimocuarto.-Finalizada la ejecución de las acciones, comunicarán

este hecho al Instituto Nacional de Empleo en los tres días siguientes,

presentando la "Liquidación Final" en el mes siguiente a la finalización.

Esta liquidación se realizará en el modelo que disponga el Instituto Nacional

de Empleo, al que acompañarán las fichas de control de acciones con

sus hojas resumen correspondientes y los justificantes de gastos originales,

que serán visados por el Instituto Nacional de Empleo, especificando la

cantidad afectada a las subvenciones.

Final

Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 30 de noviembre de 2002.-La Directora general, Dolores Cano

Ratia.

ANEXO I

Necesidades de actuación a ejecutar por EE.CC. en orientación

profesional y autoempleo en el año 2003

Número de demandantes a atender

Tutoría

individualizada Autoempleo Total

Andalucía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 118.777 18.062 136.839

Almería . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.474 1.460 7.934

Cádiz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.861 2.671 22.532

Córdoba . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.234 1.196 12.430

Granada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.691 3.408 18.099

Huelva . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.393 1.088 9.481

Jaén . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.226 1.066 12.292

Málaga . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.163 2.490 20.653

Sevilla . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.735 4.683 33.418

Castilla-La Mancha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.237 3.304 32.541

Albacete . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.000 400 8.400

Ciudad Real . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.085 1.590 11.675

Cuenca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.715 254 1.969

Guadalajara . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0 0 0

Toledo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.437 1.060 10.497

Murciana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.425 2.420 12.845

Murcia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.425 2.420 12.845

País Vasco . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.110 1.810 17.920

Álava . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.200 280 2.480

Guipúzcoa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.910 480 4.390

Vizcaya . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000 1.050 11.050

Ceuta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.548 120 1.668

Melilla . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.537 100 1.637

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 177.634 25.816 203.450

ANEXO II

Especificaciones técnicas de las acciones de: Orientación profesional

para el empleo y asistencia para el autoempleo

Los demandantes de empleo a atender, relacionados en el anexo I,

comenzarán el proceso de atención por la Tutoría Individualizada, o por

la Asistencia para el Autoempleo. Desde la Tutoría Individualizada puede

continuarse la atención de forma individual o con la participación del

usuario en una o varias de las acciones colectivas de Orientación para

el Empleo, así como iniciarse cualquiera de las acciones de Asistencia

para el Autoempleo.

A) Proceso de orientación profesional para el empleo

DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS ACCIONES

1. Tutoría Individualizada (TI): Es el proceso individualizado de

orientación profesional, donde técnico y usuario acuerdan los pasos a realizar

para conseguir un óptimo desarrollo del itinerario de inserción profesional.

Su objetivo es facilitar el desarrollo de los recursos y competencias

del usuario que le permitan identificar opciones, elegir entre las mismas,

tomar decisiones para planificar actuaciones y evaluar sus resultados de

forma autónoma.

Los contenidos de la acción versarán, en función del perfil profesional

y requerimientos del demandante de empleo, sobre: Búsqueda activa de

empleo, desarrollo de los aspectos personales para la ocupación y taller

de entrevista. Las sesiones individuales se espaciarán dependiendo de

la participación del usuario en otras acciones.

2. Desarrollo de los Aspectos Personales para la Ocupación (DAPO):

Acción colectiva, encaminada a incidir sobre los aspectos personales que

facilitan la puesta en marcha y mantenimiento de actividades en un proceso

de inserción profesional.

Su objetivo es facilitar las actitudes positivas de inserción mediante

el desarrollo de los recursos personales del demandante y asumir

autónomamente el desarrollo y ajuste de su proyecto personal de inserción

profesional.

Los contenidos se desarrollarán en tres fases: Cohesión y activación

grupal. Contraste y retro información. Apoyo a la autonomía.

3. Grupo de Búsqueda de Empleo (BAE-G): Acción colectiva

encaminada a que el usuario adquiera y/o desarrolle técnicas y habilidades

que le faciliten la búsqueda activa de empleo.

Su objetivo es que el demandante de empleo conozca los instrumentos

y adquiera las habilidades necesarias que le posibiliten realizar una

búsqueda de empleo de forma activa, organizada y planificada.

Los contenidos de la acción se desarrollan mediante los siguientes

módulos: Sitúate. Cómo y dónde encontrar trabajo. El circuito de selección.

Información laboral y autoempleo.

4. Taller de Entrevista (TE): Acción colectiva dirigida a incrementar

los conocimientos teórico-prácticos básicos y los recursos personales de

los demandantes de empleo para que afronten la entrevista de trabajo

con más posibilidades de éxito.

Su objetivo es ejercitar de forma práctica , mediante entrenamiento

en grupo las habilidades, competencias y estrategias básicas necesarias

en una entrevista de selección para un puesto de trabajo.

Los contenidos versarán sobre: Naturaleza y definición de la entrevista.

Preparación de la entrevista. Preguntas en la entrevista. Conductas o

habilidades básicas durante la entrevista. Objetivos de la entrevista. Estilos

de afrontar la entrevista.

B) Asistencia para el autoempleo

Los demandantes a atender en Autoempleo accederán, de acuerdo con

sus requerimientos, bien a sesiones colectivas de Información y Motivación

para el Autoempleo, bien a una acción individual de Asesoramiento de

Proyectos Empresariales.

DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS ACCIONES

1. Información y Motivación para el Autoempleo (INMA): Acción

colectiva encaminada a motivar al desempleado hacia la iniciativa empresarial

proporcionándole la información necesaria para llevar a cabo un proyecto

de empresa.

Su objetivo es que los usuarios adquieran información suficiente sobre

el autoempleo como vía de acceso al mercado laboral y conozcan todos

los aspectos que confluyen en la elaboración de un Plan de Negocio.

Los contenidos versarán en torno a: El Autoempleo. El emprendedor

y la Idea. Elaboración del Plan de Empresa. Las formas jurídicas, ayudas,

subvenciones y trámites de constitución y puesta en marcha de la empresa.

2. Asesoramiento de Proyectos Empresariales (APE): Acción

individual encaminada a proporcionar a emprendedores con una idea de negocio

concreta, asesoramiento para la elaboración del Plan de Empresa y su

puesta en marcha.

Su objetivo es guiar al emprendedor en la elaboración de su proyecto

empresarial, apoyando y asesorando en aquellos aspectos que presenten

mayores dificultades.

Los contenidos versarán sobre el estudio de mercado y plan de

márketing, el plan de producción, el plan económico financiero y la elección

de la forma jurídica de la empresa.

C) Tabla resumen de las especificaciones técnicas

Tiempo de atención

al usuarioAcción Métodos/instrumentos Requisitos personal técnico Instalaciones material

Tutoría Individualizada

(TI).

Acción individual.

Guía Técnica de Tutoría

Individualizada y Guías

Técnicas de las

Acciones: BAE, DAPO y TE de

2000.

Licenciados, preferentemente, en Psicología,

Pedagogía o similar, con formación y/o

experiencia en: Realización de entrevista personal,

orientación profesional y utilización de

técnicas de motivación y comunicación. Así como

diplomados preferentemente en Trabajo

Social o similar con experiencia acreditada

en la impartición de acciones IOBE en

ejercicios anteriores.

Despacho (recomendable

de 10 m2).

Documentación del

Usuario: Material de las

Guías Técnicas de las

Acciones BAE, DAPO y

TE de 2000.

Seis horas máximo en

un máximo de seis

meses.

Desarrollo de Aspectos

Personales para la

Ocupación (DAPO).

Acción Grupal (8-12

usuarios).

1.a fase: 2 sesiones.

2.a fase: 3 sesiones.

3.a fase: 1 sesión.

Guía técnica DAPO.

Licenciados, preferentemente en Psicología y/o

Pedagogía, con experiencia en: Técnicas de

entrevista, dirección y animación de

reuniones, técnicas de motivación y comunicación.

Sala (recomendable de

42 m2).

Documentación del

Usuario-DAPO.

1.a fase: Seis horas (tres

horas/sesión).

2.a fase: Nueve horas

(tres horas/sesión).

3.a fase: Tres horas (una

sesión).

At. usuario: (3 fases)

dieciocho horas.

Grupo de Búsqueda de

Empleo (BAE-G).

Acción grupal (8-12

usuarios).

Guía Técnica BAE-Grupo

de Búsqueda.

Licenciados o Diplomados universitarios, con

experiencia en orientación profesional,

comunicación y trabajos con grupos.

Sala (recomendable de

42 m2).

Documentación del

Usuario BAE-Grupo de

Búsqueda.

Veinticuatro horas (6

sesiones de cuatro

horas).

Tiempo de atención

al usuarioAcción Métodos/instrumentos Requisitos personal técnico Instalaciones material

Búsqueda Activa de

Empl eo-Taller de

Entrevista (BAE-TE).

Acción Grupo (10-15

usuarios).

Guía Técnica BAE-Taller

de Entrevista.

Técnico Superior: Preferentemente licenciados

en Psicología, Pedagogía o en Sociología.

Técnico Medio: Diplomados en Trabajo Social,

Magisterio, Educador Social o cualquier otra

titulación con las habilidades y conocimientos

requeridos.

Sala (recomendable de

45 m2).

Documentación del

Usuario BAE-Taller de

Entrevista.

24 horas (8 sesiones de

tes horas), mínimo

doce horas.

Información y

Motivación para el

Autoempleo (INMA).

Acción Grupal (10-15

usuarios).

Guía Técnica Información

y Motivación para el

Autoempleo.

Licenciados, preferentemente en Ciencias

Económicas, Empresariales o en Derecho.

Diplomados en Empresariales, Trabajo Social o

en Relaciones Laborales.

Sala (recomendable de

45 m2).

Documentación de

Usuario-INMA.

Tres horas.

Asesoramiento de

Proyectos Empresariales

(APE).

Acción individual.

Guía Técnica

Asesoramiento de Proyectos

Empresariales.

Licenciados, preferentemente en Ciencias

Económicas, Empresariales o en Derecho.

Diplomados en Empresariales, Trabajo Social o

en Relaciones Laborales.

Despacho (recomendable

10 m2).

Documentación de

Usuario-APE.

Cinco horas y media.

ANEXO III

Tabla resumen de especificaciones técnicas de las acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo

Colectivo: Personas sordas o invidentes

Tiempo de atención

al usuarioAcción Métodos/instrumentos Requisitos personal técnico Instalaciones material

Tutoría Individualizada

(TI).

Acción individual.

Guía Técnica de Tutoría

Individualizada y Guías

Técnicas de las

Acciones: BAE, DAPO y TE de

2000.

Licenciados, preferentemente, en Psicología,

Pedagogía o similar, con formación y/o

experiencia en: Realización de entrevista personal,

orientación profesional y utilización de

técnicas de motivación y comunicación. Así como

diplomados preferentemente en Trabajo

Social o similar con experiencia acreditada

en la impartición de acciones IOBE en

ejercicios anteriores.

Despacho (recomendable

de 10 m2).

Documentación del

Usuario: Material de las

Guías Técnicas de las

Acciones BAE, DAPO y

TE de 2000.

Doce horas máximo en

un máximo de seis

meses.

Desarrollo de Aspectos

Personales para la

Ocupación (DAPO).

Acción Grupal (5

usuarios).

1.a fase: 2 sesiones.

2.a fase: 3 sesiones.

3.a fase: 1 sesión.

Guía técnica DAPO.

Licenciados, preferentemente en Psicología y/o

Pedagogía, con experiencia en: Técnicas de

entrevista, dirección y animación de

reuniones, técnicas de motivación y comunicación.

Sala (recomendable de

42 m2).

Documentación del

Usuario-DAPO.

1.a fase: Ocho horas

(cuatro

horas/sesión).

2.a fase: Doce horas

(cuatro

horas/sesión).

3.a fase: Cuatro horas

(una sesión).

At. usuario: (3 fases)

veinticuatro horas.

Grupo de Búsqueda de

Empleo (BAE-G).

Acción grupal (5 usuarios).

Guía Técnica BAE-Grupo

de Búsqueda.

Licenciados o Diplomados universitarios, con

experiencia en orientación profesional,

comunicación y trabajos con grupos.

Sala (recomendable de

42 m2).

Documentación del

Usuario BAE-Grupo de

Búsqueda.

Treinta horas (6

sesiones de cinco horas).

Búsqueda Activa de

Empl eo-Taller de

Entrevista (BAE-TE).

Acción Grupal (5

usuarios).

Guía Técnica BAE-Taller

de Entrevista.

Técnico Superior: Preferentemente licenciados

en Psicología, Pedagogía o en Sociología.

Técnico Medio: Diplomados en Trabajo Social,

Magisterio, Educador Social o cualquier otra

titulación con las habilidades y conocimientos

requeridos.

Sala (recomendable de

45 m2).

Documentación del

Usuario BAE-Taller de

Entrevista.

32 horas (8 sesiones de

cuatro horas).

Información y

Motivación para el

Autoempleo (INMA).

Acción Grupal (5

usuarios).

Guía Técnica Información

y Motivación para el

Autoempleo.

Licenciados, preferentemente en Ciencias

Económicas, Empresariales o en Derecho.

Diplomados en Empresariales, Trabajo Social o

en Relaciones Laborales.

Sala (recomendable de

45 m2).

Documentación de

Usuario-INMA.

Cuatro horas.

Asesoramiento de

Proyectos Empresariales

(APE).

Acción individual.

Guía Técnica

Asesoramiento de Proyectos

Empresariales.

Licenciados, preferentemente en Ciencias

Económicas, Empresariales o en Derecho.

Diplomados en Empresariales, Trabajo Social o

en Relaciones Laborales.

Despacho (recomendable

10 m2).

Documentación de

Usuario-APE.

Seis horas y media.

ANEXO V

Solicitud de subvención para la realización de acciones de orientación

profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo

Número de registro: ....................... Fecha de registro: .......................

Don/doña ...................................................................................

Cargo o función: ..........................................................................,

como representante legal de la entidad o institución: ............................

................................................................................................

Calle/plaza: ......................................................., número: .............

Localidad: ............................................ Código municipal: ..............

Provincia: ...................................................................................

Código postal: ................................ Teléfono: ................................

Cuya denominación jurídica es: .......................................................

.......................................... NIF/CIF: ..........................................

Con domicilio en calle/plaza: ...........................................................

Localidad: ...................................................................................

Provincia: ...................................................................................

Código postal: ................................ Teléfono: ................................

De conformidad con lo establecido en la Orden de 20 de enero de

1998 ("Boletín Oficial del Estado" número 20, del 23) por la que se

establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la

realización de acciones de orientación profesional para el empleo y

asistencia para el autoempleo, modificada por la Orden de 4 de febrero de 2000

("Boletín Oficial del Estado" número 36, del 11) y en la Resolución de

30 de noviembre de 2002, de la Dirección General del INEM, de convocatoria

para la concesión de subvenciones para las mismas.

Solicita: La concesión de subvención para desarrollar las acciones

de (1).................................................................., que figuran en el

proyecto-memoria de las acciones a realizar, que se adjunta, que irán

dirigidas a los usuarios determinados en el mismo, durante el ejercicio

correspondiente al año 2003, de acuerdo con las especificaciones técnicas

aprobadas por el Instituto Nacional de Empleo y disponibles en detalle en

sus Direcciones Provinciales.

Declara asimismo conocer lo establecido en la legislación vigente y

que ha solicitado u obtenido subvención para realizar las mismas acciones

objeto de esta solicitud de (la entidad) ...............................................

y por una cuantía de .......................................................

Los datos bancarios para percibir la subvención, en caso de ser

aprobada la solicitud, son los siguientes:

Titular de la cuenta: ......................................................................

Nombre de la entidad bancaria: ........................................................

Número de cuenta: ...................... Número de sucursal: ......................

DC:........................................ Entidad:........................................

Calle/plaza: .................................................... Número: .................

Municipio: ................ Provincia: ................ Código postal: ................

.........................., ........ de .......................... de 2003.

Firmado:

(Nombre y apellidos)

Relación de documentos que aporta la entidad

Solicitud de subvención para la realización de las acciones y datos

bancarios (por duplicado).

Copia compulsada de la escritura de constitución.

Copia compulsada de los Estatutos de la entidad.

Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal.

Copia compulsada de la escritura donde conste los poderes de la

persona que realiza la solicitud.

Proyecto-memoria de las acciones a realizar.

Sr./Sra. Director/a provincial del INEM de..........................................

(1) Se relacionarán las acciones para las que se solicita la subvención (Tutoría Individualizada

y/o Autoempleo).

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