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Documento BOE-A-2002-17463

Resolución de 18 de julio de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se conceden ayudas a Corporaciones Locales radicadas en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas para el curso 2002/2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 212, de 4 de septiembre de 2002, páginas 32188 a 32188 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-17463

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Resolución de 10 de abril de 2002 ("Boletín

Oficial del Estado" de 7 de mayo), de la Secretaría de Estado de Educación

y Universidades, por la que se convocaron ayudas a Corporaciones Locales

para la realización de actividades en el marco de la educación de personas

adultas, examinada la propuesta elaborada por la Comisión Seleccionadora

prevista en el apartado quinto de la mencionada Resolución, una vez

cumplido el trámite de audiencia a los interesados, esta Secretaría de Estado

de acuerdo con lo preceptuado en el apartado octavo de la referida

Resolución de 10 de abril de 2002, ha resuelto:

Primero.-Conceder con cargo a la aplicación

presupuestaria 18.10.422K.461, a las siguientes Corporaciones Locales las ayudas cuya

cuantía se especifica:

SIGUE TABLA (Ver imagen página 32188)

Importe

-Euros

Provincia Entidad local

Ceuta . . . . . . . . . . . . Ciudad Autónoma de Ceuta . . . . . . . . . . . . . . . 14.747

Melilla . . . . . . . . . . . Ciudad Autónoma de Melilla . . . . . . . . . . . . . . 21.523

Segundo.-De conformidad con lo previsto en el apartado noveno de

la convocatoria, el importe de las ayudas que se conceden por la presente

Resolución, se hará efectivo anticipadamente a las corporaciones

beneficiarias correspondientes.

Tercero.-El importe de las Ayudas se destinará íntegramente a

financiar coste de la actividad para la que se solicitó su concesión.

Cuarto.-Las Corporaciones Locales beneficiarias de las ayudas deberán

ajustarse a las instrucciones que cada Dirección Provincial del Ministerio

de Educación, Cultura y Deporte establezca sobre el seguimiento de estas

actuaciones.

Quinto.-1. Las Corporaciones Locales beneficiarias de las ayudas

deberán justificar, de acuerdo con la legislación vigente, la correcta

inversión de las mismas mediante la documentación a que se hace referencia

en el apartado décimo de la Resolución de 10 de abril de 2002 ("Boletín

Oficial del Estado" del 7 de mayo).

2. Esta justificación se presentará por duplicado (original y copia

o fotocopia) en la correspondiente Dirección Provincial del Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte a la finalización de la actividad que haya

motivado la concesión de ayuda y en todo caso antes del día 30 de junio

del 2003.

3. Las respectivas Direcciones Provinciales del Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte deberán remitir a la Dirección General de

Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa la documentación

a la que se refiere el punto anterior.

4. La Dirección General de Educación, Formación Profesional e

Innovación Educativa realizará las comprobaciones que estime pertinentes para

asegurar que los servicios se prestan conforme a los proyectos presentados.

Sexto.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, los interesados podrán interponer alternativamente recurso

potestativo de reposición ante el Secretario de Estado de Educación y

Universidades en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo

en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo

de la Audiencia Nacional, computándose ambos plazos desde el día

siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 18 de julio de 2002.-P. D. (Orden de 1 de febrero de 2002,

"Boletín Oficial del Estado" del 9), el Director general de Educación,

Formación Profesional e Innovación Educativa, José Luis Mira Lema.

Ilmos. Sres. Directores generales de Educación, Formación Profesional e

Innovación Educativa y de Cooperación Territorial y Alta Inspección.

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