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Documento BOE-A-2002-15629

Resolución de 2 de julio de 2002, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto fabricado por "Reyde, Sociedad Anónima", jerricán de plástico, código 3H1, marca y modelo "Reyde", 25 NM-GI, para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2002, páginas 28583 a 28585 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2002-15629

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Reyde, Sociedad Anónima», con domicilio social en calle L’Om, 15, municipio de El Prat de Llobregat (Barcelona), para la homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto fabricado por «Reyde, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en El Prat de Llobregat: Jerricán de plástico, código 3H1, marca y modelo «Reyde», 25 NM-GI, para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea;

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el Registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, ICICT, mediante informe, certificado y actas con clave VC.BB. 33037736/02, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción 02-J-431 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca y modelo: «Reyde», 25 NM-GI.

Características y productos autorizados a transportar: Las indicadas en el anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas; por tanto, con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes de 2 de julio de 2004 (Orden de 28 de febrero de 1989).

Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 2 de julio de 2002.–El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Fabricante: «Reyde, Sociedad Anónima», P. I. «Mas Mateu», calle de L’Om, 15, 08820, El Prat de Llobregat (Barcelona).

Nombre EIC y número informe EIC: «ICICT, Sociedad Anónima».

VC.BB.33037736/02.

Contraseña de certificación de tipo:

ADR 02-J-431-11
RID/IMDG/OACI 02-J-431

Características del envase:

Jericán de plástico polietileno de alta densidad y alto peso molecular, color azul.

Modelo: 25 NM-GI.

Código UN:3H1.

Taras: Envase: 1.105 gramos. Tapón: 29 g. Peso total: 1.134 g.

Dimensiones: Sección: 300 × 255 mm.

Altura: 450 MM hasta el hombro o hasta la boca.

Boca: De 45,5 mm de diámetro interior, cerrada con tapón, referencia M-60, de plástico PE-HD, color verde con aro de «polexan».

Capacidad a rebose: 27,25 litros. Capacidad llenado al 98 por 100 del rebose: 26,7 litros.

Capacidad nominal: 25 litros, que es la que se ha considerado para todas las pruebas.

Modo de agarre: Un asa de plástico en la parte superior del envase.

Marcado:

Código de envase: X.

Grupo de embalaje: I.

Marcado: UN/3H1/X1,5/250/*/E/**/número de la certificación de tipo.

Código de envase: Y.

Grupo de embalaje: II.

Marcado: UN/3H1/Y1,9/250/*/E/**/número de la certificación de tipo.

* Fecha de fabricación.

** Anagrama del fabricante.

Materias a transportar

Materias a transportar de la clase: 3.

Tensión de vapor máxima a 55 oC: Se tendrá que cumplir:

1,5y – 1,71 × ≤ 250, siendo:

x: Tensión de vapor a 15 oC (kPa).

Y: Tensión de vapor a 55 oC (kPa).

Densidad máxima admisible relativa:

1,5 kg/l, materias grupo I.

1,9 kg/l, materias grupo II y III.

ADR/RID:

Materias adscritas a grupo de embalaje/envase I, II y III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IMO/IMDG:

Materias adscritas a grupo de embalaje/envase II y III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IATA/OACI:

Materias adscritas a grupo de embalaje/envase II y III y que requieran instrucciones de embalaje 307, 308 (excepto número ONU 1111, 1167, 1204, 1228, 1717, 2270, 2347, 2360, 2363, 2402) 309 y 310.

Materias a transportar de la clase: 5.1.

Tensión de vapor máxima a 55 oC: Se tendrá que cumplir:

1,5y – 1,71 × ≤ 250, siendo:

x: Tensión de vapor a 15 oC (kPa).

Y: Tensión de vapor a 55 oC (kPa).

Densidad máxima admisible relativa:

1,5 kg/l, materias grupo I.

1,9 kg/l, materias grupo II y III.

ADR/RID:

Materias adscrita a grupo de embalaje/envase, I, II y III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IMO/IMDG:

Materias adscritas a grupo de embalaje/envase, II y III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P501, P502 y P504, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de estas instrucciones.

Materias a transportar de la clase: 5.2.

Tensión de vapor máxima a 55 oC: Se tendrá que cumplir:

1,5y – 1,71 × ≤ 250, siendo:

x: Tensión de vapor a 15 oC (kPa).

Y: Tensión de vapor a 55 oC (kPa).

Densidad máxima admisible relativa:

1,9 kg/l, materias grupo II.

ADR/RID:

Peróxidos orgánicos de tipo C, D, E y F, líquidos, adscritos a grupo de embalaje/envase II y que requieran instrucción de embalaje/envasado P520 (métodos OP6, OP7, OP8).

IMO/IMDG:

Peróxidos orgánicos de tipo C, D, E y F, líquidos, adscritos a grupo de embalaje/envase II y que requieran instrucción de embalaje/envasado P520 (métodos OP6, OP7, OP8).

Materias a transportar de la clase: 6.1.

Tensión de vapor máxima a 55 oC: Se tendrá que cumplir:

1,5y – 1,71 × ≤ 250, siendo:

x: Tensión de vapor a 15 oC (kPa).

Y: Tensión de vapor a 55 oC (kPa).

Densidad máxima admisible relativa:

1,5 kg/l, materias grupo I.

1,9 kg/l, materias grupo II y III.

ADR/RID:

Materias líquidas adscritas a grupo de embalaje/envase I, II y III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IMO/IMDG:

Materias líquidas adscritas a grupo de embalaje/envase II y III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IATA/OACI:

Materias líquidas adscritas a grupo de embalaje II y III y que requieran instrucciones de embalaje 605 (excepto número ONU 1647, 1649, 1694, 1935, 2024, 2788), 611, 612 (excepto número ONU 1697, 2574, 3071), 618 y 620.

Materias a transportar de la clase: 8.

Tensión de vapor máxima a 55 oC: Se tendrá que cumplir:

1,5y – 1,71 × ≤ 250, siendo:

x: Tensión de vapor a 15 oC (kPa).

Y: Tensión de vapor a 55 oC (kPa).

Densidad máxima admisible relativa:

1,5 kg/l, materias grupo I.

1,9 kg/l, materias grupo II y III.

ADR/RID:

Materias líquidas adscritas a grupo de embalaje/envase I, II y III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IMO/IMDG:

Materias líquidas adscritas a grupo de embalaje/envase I, II y III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IATA/OACI:

Materias líquidas adscritas a grupo de embalaje II o III y que requieran instrucciones de embalaje 812, 813 (excepto número ONU 1724, 1728, 1732, 1747, 1762, 1763, 1766, 1767, 1768, 1769, 1771, 1784, 1787, 1788, 1796, 1799, 1800, 1801, 1802, 1803, 1804, 1816, 1826, 2029, 2031, 2435, 2443), 820 y 821 (excepto número ONU 1787, 1788).

Materias a transportar de la clase: 9.

Tensión de vapor máxima a 55 oC: Se tendrá que cumplir:

1,5y – 1,71 × ≤ 250, siendo:

x: Tensión de vapor a 15 oC (kPa).

Y: Tensión de vapor a 55 oC (kPa).

Densidad máxima admisible relativa:

1,9 kg/l, materias grupo II.

ADR/RID:

Materias líquidas adscritas a grupo de embalaje/envase II y III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IMO/IMDG:

Materias adscritas a grupo de embalaje/envase II y III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IATA/OACI:

Materias líquidas adscritas a grupo de embalaje II o III y que requieran las siguientes instrucciones de embalaje: 906, 907 (excepto número ONU 1941) y 914.

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