Convocados por Orden ECD/645/2002, de 15 de marzo ("Boletín Oficial
del Estado" número 73, del 26), los Premios Nacionales de Artes Plásticas,
Fotografía y Restauración y Conservación de Bienes Culturales, procede
desarrollar la normativa que regula su concesión de conformidad con lo
dispuesto en el punto cuarto de la Orden citada.
En su virtud, esta Dirección General ha resuelto:
Primero.-1. Los Premios Nacionales de Artes Plásticas, Fotografía,
Restauración y Conservación de Bienes Culturales recompensarán la
meritoria labor del galardonado en cada uno de sus ámbitos culturales como
reconocimiento a la obra o actuación realizada durante el año 2001 o
como reconocimiento a una trayectoria profesional, con el fin de destacar
aportaciones sobresalientes y continuadas orientadas a promocionar las
artes plásticas y la fotografía y a favorecer la restauración y conservación
del Patrimonio Histórico Español, respectivamente.
2. Para la concesión de los Premios se tendrá en cuenta la calidad
de las obras o actividades recompensadas y su significación como
aportación sobresaliente e innovadora a la vida cultural y artística española.
3. Los premios se otorgarán con base a las actividades de creación
cultural realizadas por personas físicas o colectivos susceptibles de ser
considerados como creadores cualquiera que sea su personalidad jurídica.
Segundo.-La dotación económica de los premios será de:
30.050,60 euros: Premio Nacional de Artes Plásticas.
15.025,30 euros: Premio Nacional de Fotografía.
15.025,30 euros: Premio Nacional de Restauración y Conservación de
Bienes Culturales.
La cuantía de los premios no podrá dividirse
Tercero.-1. Para cada uno de los tres premios se constituirá un
Jurado, cuya composición será la siguiente:
Presidente: Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales.
Vocales: Seis personalidades de reconocido prestigio en el ámbito de
cada uno de los premios y entre las que se encontrará la persona premiada
en la convocatoria anterior o un representante de la persona jurídica
premiada, libremente designada por ésta.
Secretario: Un funcionario de la Dirección General de Bellas Artes
y Bienes Culturales, designado por el Director general, quien actuará con
voz pero sin voto.
2. Los Vocales del Jurado serán designados por Orden de la Ministra
de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta del Director general de
Bellas Artes y Bienes Culturales. La Orden de designación será publicada
en el "Boletín Oficial del Estado".
3. Los miembros del Jurado tendrán derecho a percibir las
gratificaciones correspondientes a sus trabajos de asesoramiento, con las
limitaciones establecidas en la legislación vigente sobre incompatibilidades
y, en su caso, los gastos de locomoción y alojamiento en que pudieran
incurrir para el desarrollo de dicho trabajo.
4. En lo no previsto en esta Resolución se regirá por lo dispuesto
en los artículos 22 a 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Cuarto.-Los candidatos a los Premios Nacionales de Artes Plásticas,
Fotografía y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales serán
presentados por los miembros del Jurado o por las entidades culturales
o profesionales relacionadas con los diferentes ámbitos culturales,
mediante propuestas razonadas dirigidas a la Ministra o al propio Jurado, una
vez constituido.
Quinto.-El fallo será elevado a la Ministra de Educación, Cultura y
Deporte, a través del Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales,
antes del 15 de diciembre de 2002. La Orden de concesión de los premios
se publicará inmediatamente en el "Boletín Oficial del Estado".
Sexto.-Los importes de estos premios y los gastos derivados de los
mismos se satisfarán con cargo a las dotaciones presupuestarias asignadas
a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.
Séptimo.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al
de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 19 de julio de 2002.-El Director general, Joaquín Puig de la
Bellacasa Alberola.
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