Por Resolución de la AECI, de 3 de agosto de 2001, se concede una
beca a doña Mary Luz Alzate Zuluaga, a doña Luz Morales Quintero y
a doña Karla Adriana Peraza Rodríguez, de la convocatoria de becas
unilaterales para ciudadanos extranjeros, para el curso académico 2001/2002,
cuya dotación económica consiste en 240,40 euros mensuales y alojamiento
en un Colegio Mayor patrocinado por la AECI.
En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado
cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 ("Boletín Oficial del Estado"
de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 ("Boletín
Oficial del Estado" de 3 de febrero), en la que se establecen las bases
para concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación
Internacional, y la publicación de otras convocatorias específicas para
ayudas de formación, investigación, promoción cultural, científica o de
intercambio, y el Real Decreto 2225/1993 de 17 de diciembre ("Boletín
Oficial del Estado" del 30), por el que se aprueba el Reglamento del
procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y en atención
a lo establecido en el apartado 2.1.d) de la Resolución de 29 de diciembre
de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 12 de febrero 2001), de la Secretaría
de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y
Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que
se delegan en el Secretario general de la AECI y otras autoridades y
funcionarios de la misma determinadas competencias, y en desarrollo de la
Resolución de 22 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" de 9
de abril), por la que se aprueba la convocatoria de becas unilaterales
para ciudadanos extranjeros, curso académico 2001/2002, y a propuesta
de la Comisión Evaluadora reunida al efecto, ha resuelto:
Primero.-Modificar el tipo de pago de la beca a doña Mary Luz Alzate
Zuluaga, de Colombia, y a doña Luz Morales Quintero, de Colombia, ambas
por el período 1 de agosto de 2002/30 de septiembre de 2002, y a doña
Karla Adriana Peraza Rodríguez, de Méjico, por el período 1 de agosto
de 2002/31 de agosto de 2002, ya que el Colegio Mayor "Nuestra Señora
de Guadalupe", donde se alojan, cierra durante el período estival.
La nueva dotación económica es de 781,32 euros mensuales, un seguro
médico no farmacéutico y una ayuda de matrícula de hasta 1.202,02 euros.
Este cambio de modalidad del pago de beca no afecta al presupuesto.
Segundo.-Ordenar la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de
las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por
la citada Orden de 26 de marzo de 1992 y Resolución de 22 de marzo
de 2001.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestivamente podrá
interponer contra dicha Resolución, en el plazo de un mes, recurso de
reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que dicta
la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín
Oficial del Estado" del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier
otra vía que se considere oportuna.
Madrid, 26 de junio de 2002.-El Presidente, P. D. (Resolución de 29
de diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 12 de febrero de
2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.
Imo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.
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