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Documento BOE-A-2001-7074

Resolución de 12 de marzo de 2001, de la Universidad "Pablo de Olavide", de Sevilla, por la que se convocan a concurso plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 2001, páginas 13332 a 13338 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-7074

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983,

de 25 de agosto, de Reforma Universitaria ; el Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado parcialmente por

el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, y la Ley 3/1997,

de 1 de julio, de Creación de la Universidad "Pablo de Olavide",

de Sevilla.

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas de

Cuerpos Docentes Universitarios que se relacionan en el anexo I

de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.-Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la

Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria

("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre) ; el Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 26 de octubre), modificado parcialmente por el Real

Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 11

de julio) y, en lo no previsto, por la Legislación General de

Funcionarios Civiles del Estado. Los concursos se tramitarán

independientemente para cada una de las plazas convocadas.

Segunda.-Para ser admitido a los citados concursos se

requieren los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de

Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el

Tratado constitutivo de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los

setenta años de edad.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de la Administración del Estado o de la Administración

Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de las funciones públicas. En el caso de nacional de los

demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de

aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de

aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en

que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión

Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal

que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que

impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

de Universidad.

Tercera.-Deberán reunir, además, las condiciones específicas

que se señalan en el artículo 4.1 del Real Decreto 1888/1984,

de 26 de septiembre, según la categoría de la plaza.

Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en los concursos

remitirán la correspondiente solicitud a la excelentísima y magnífica

señora Rectora Presidenta de la Comisión Gestora de la

Universidad "Pablo de Olavide", de Sevilla, carretera de Utrera,

kilómetro 1, código postal 41013, Sevilla, por cualquiera de los

procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir de

la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado", mediante instancia, según modelo que se acompaña como

anexo II, debidamente cumplimentada, junto con los siguientes

documentos que acrediten que reunen los requisitos, para

participar en el concurso:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de

identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Fotocopia compulsada del título académico exigido, que,

en caso de haberse obtenido en el extranjero, deberá haber sido

homologado en España.

c) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de

los requisitos específicos que señala la base tercera para participar

en el concurso.

La concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida

siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo fijado para

solicitar la participación en el mismo.

Los aspirantes deberán abonar a la Universidad "Pablo de

Olavide", de Sevilla, la cantidad de 5.000 pesetas en concepto

de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse en el

Monte Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, en la cuenta

2098-002808-0102000115, abierta en esa entidad a nombre de

"Universidad ``Pablo de Olavide'', de Sevilla. Ingresos Varios",

haciéndose constar los siguientes datos: Nombre y apellidos del

interesado y plaza a la que concursa.

A la instancia deberá adjuntarse justificante acreditativo del

pago de los derechos.

La falta de este justificante determinará la exclusión del

aspirante.

En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución

del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de

Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas

por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la

Rectora Presidenta de la Comisión Gestora de la Universidad

"Pablo de Olavide", de Sevilla, por cualquiera de los procedimientos

establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a

todos los aspirantes relación completa de admitidos y excluidos,

con indicación de las causas de exclusión. Contra dicha

Resolución, aprobando la lista de admitidos y excluidos, los interesados

podrán presentar reclamación ante la Rectora Presidenta de la

Comisión Gestora de la Universidad "Pablo de Olavide", de Sevilla,

en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente

al de la notificación de la relación de admitidos y excluidos.

Sexta.-Las Comisiones deberán constituirse en un plazo no

superior a cuatro meses desde la publicación de la composición

de la misma en el "Boletín Oficial del Estado".

Dentro de dicho plazo, el Presidente de la Comisión, previa

consulta a los restantes miembros de la misma, dictará una

resolución, que deberá ser notificada a todos los interesados con una

antelación mínima de quince días naturales, convocando a todos

los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar

el acto de presentación de los concursantes, y con señalamiento

del lugar, día y hora de celebración de dicho acto ; a estos efectos,

el plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución de

la Comisión y la fecha señalada para el acto de presentación no

podrá exceder de dos días hábiles.

Séptima.-En el acto de presentación, los concursantes

entregarán al Presidente de la Comisión la documentación señalada

en el artículo 9 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre

("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), modificado

parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín

Oficial del Estado" de 11 de julio) (modelo currículum vitae en

anexo III).

Octava.-En todo lo restante referente a convocatoria,

integración de las Comisiones, pruebas, propuestas, nombramientos

y reclamaciones se estará a lo dispuesto en el Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 26 de octubre), modificado parcialmente por el Real

Decreto 1427/1986, de 13 de junio, y demás disposiciones vigentes

que lo desarrollen.

Novena.-Los candidatos propuestos para la provisión de las

plazas deberán presentar en el Registro General de la Universidad

"Pablo de Olavide", de Sevilla, en el plazo de quince días hábiles

siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, por

cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de

las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

b) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario, y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de

la función pública. En el caso de nacional de los demás Estados

miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados

a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por

la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la

libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se

halla definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea,

declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de

carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,

debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del

que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y de

cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Décima.-Contra esta Resolución, podrá interponerse por los

interesados recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos

meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación,

ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad

con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del

Estado" del 14), sin perjuicio de que alternativamente se pueda

presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo

de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no

cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo

anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del

recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos

116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" del 14).

Sevilla, 12 de marzo de 2001.-La Presidenta de la Comisión

Gestora, Rosario Valpuesta Fernández.

ANEXO I

Catedráticos de Escuelas Universitarias

Clase de convocatoria: Concurso

Plaza número: 30/2000

Departamento: Trabajo Social y Ciencias Sociales. Área de

conocimiento: "Sociología". Actividad docente: Docencia e

investigación en estructura social de Andalucía: Desigualdades sociales.

Número de plazas: Una.

Profesores titulares de Universidad

Clase de convocatoria: Concurso

Plaza número: 31/2000

Departamento: Derecho Privado. Área de conocimiento:

"Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social". Actividad docente:

Docencia e investigación en Derecho del Trabajo y de la Seguridad

Social. Número de plazas: Una.

Plaza número: 32/2000

Departamento: Ciencias Ambientales. Área de conocimiento:

"Genética". Actividad docente: Docencia e investigación en

Genética y Biotecnología Ambiental. Número de plazas: Una.

ANEXOS (ver imágenes páginas 13334 a 13338).

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