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Documento BOE-A-2001-5352

Resolución de 26 de febrero de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo para la Industria de Granjas Avícolas y Otros Animales.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 17 de marzo de 2001, páginas 9959 a 9961 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-5352
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2001/02/26/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo para la Industria de Granjas Avícolas y Otros Animales (código de convenio número 9902415), que fue suscrito con fecha 1 de febrero de 2001, de una parte por ASEPRHU, ANPP y APPE, en representación de las empresas del sector, y de otra por UGT y CC. OO., en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de febrero de 2001.–La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Acta de la comisión negociadora del Convenio para la industria de granjas avícolas y otros animales, celebrada el día 1 de febrero de 2001

Asistentes:

Por UGT: Don Sebastián Serena.

Por CC. OO.: Don Ramón Cantarero.

Por ASEPRHU, ANPP y APPE:

Doña Mar Fernández.

Don Ángel Martín.

En Madrid, siendo las diez horas del día 1 de febrero de 2001, se reúne en la sede de la Comisión Paritaria del Convenio para la Industria de Granjas Avícolas y Otros Animales, calle de Diego de León, 33, 4.º, derecha, los señores antes relacionados, componentes de la Comisión Negociadora, al objeto de proceder a la actualización de las tablas salariales, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Convenio firmado por las partes el día 16 de octubre de 2000.

Tras las oportunas comprobaciones y cálculos se confeccionan las tablas salariales y las correcciones en los conceptos retributivos que figuran en el anexo 1, que consta de dos páginas, las cuales fueron aprobadas por unanimidad y firmadas, selladas y rubricadas por los asistentes.

Se acuerda presentar estos documentos oficialmente al Ministerio de Trabajo en los términos del artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores para su registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado», facultando por unanimidad a don Ángel Martín Ruiz, con documento nacional de identidad número 50.141.977, para que realice cuantos actos sean necesarios para ello.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión, y de ella este acta, que leída por los presentes, fue aprobada por unanimidad y firmada, rubricada y sellada en el lugar y fecha de su encabezamiento.

ANEXO I
Tabla salarial año 2000 (con revisión)
  Mensual total Anual total
Pesetas Euros Pesetas Euros
Técnicos        
Titulados superiores. 153.328 921,520 2.299.920 13.822,798
Titulados medios. 136.520 820,502 2.047.800 12.307,526
No titulados y diplomados. 112.243 674,594 1.683.645 10.118,910
Administrativos        
Jefe de primera. 112.259 674,690 1.683.885 10.120,353
Jefe de segunda. 104.933 630,660 1.573.995 9.459,900
Oficial de primera. 98.048 589,280 1.470.720 8.839,205
Oficial de segunda. 92.060 553,292 1.380.900 8.299,376
Auxiliar. 87.480 525,765 1.312.200 7.886,481
Aspirante hasta dieciocho años. 70.125 421,460 1.051.875 6.321,896
Subalternos        
Almacenista. 87.480 525,765 1.312.200 7.886,481
Vigilante. 87.480 525,765 1.312.200 7.886,481
Conserje. 87.480 525,765 1.312.200 7.886,481
Portero. 87.480 525,765 1.312.200 7.886,481
Botones. 70.125 421,460 1.051.875 6.321,896
Personal limpieza (día). 2.912 17,501 1.327.872 7.980,671
Personal limpieza (hora). 456 2,741    
Ordenanza. 87.480 525,765 1.312.200 7.886,481
Día        
Comercial        
Vendedor. 3.241 19,479 1.477.896 8.882,334
Ayudante. 3.078 18,499 1.403.568 8.435,614
Repartidor. 2.916 17,526 1.329.696 7.991,634
Obreros        
Encargado. 3.585 21,546 1.634.760 9.825,105
Oficial. 3.186 19,148 1.452.816 8.731,600
Especialista. 3.204 18,175 1.378.944 8.287,620
Ayudante. 2.931 17,616 1.336.536 8.032,743
Aprendiz de primera y de segunda. 2.270 13,643 1.035.120 6.221,196
Varios        
Oficial de primera. 3.241 19,479 1.477.896 8.882,334
Oficial de segunda. 3.108 18,679 1.417.248 8.517,832
Conductor. 3.241 19,479 1.477.896 8.882,334
Plus de asistencia, abonable por día efectivo de trabajo para todas las categorías. 470 2,825 128.310 771,159

Año 2000 (con revisión 3,5 a 4,5 por 100)

Accidente no laboral:

Muerte: 1.819.175 pesetas.

Invalidez: 1.775.382 pesetas.

Accidente laboral:

Muerte: 2.426.353 pesetas.

Invalidez: 2.426.353 pesetas.

Dietas:

Desayuno: 446 pesetas.

Comida: 1.485 pesetas.

Cena: 1.485 pesetas.

Dormir: 3.265 pesetas.

Subvención por jubilación o fallecimiento: 8.832 pesetas/año antigüedad.

Quebranto de moneda:

Cajero: 2.964 pesetas/mes.

Auxiliar de caja: 2.118 pesetas/mes.

ANEXO II
Tabla salarial año 2001
  Mensual total Anual total
Pesetas Euros Pesetas Euros
Técnicos        
Titulados superiores. 157.161 944,557 2.357.415 14.168,350
Titulados medios. 139.933 841,014 2.098.995 12.615,214
No titulados y diplomados. 115.049 691,458 1.725.735 10.371,876
Administrativos        
Jefe de primera. 115.065 691,555 1.725.975 10.373,319
Jefe de segunda. 107.556 646,425 1.613.340 9.696,369
Oficial de primera. 100.499 604,011 1.507.485 9.060,167
Oficial de segunda. 94.362 567,127 1.415.430 8.506,906
Auxiliar. 89.667 538,910 1.345.005 8.083,643
Aspirante hasta dieciocho años. 71.878 431,995 1.078.170 6.479,932
Subalternos        
Almacenista. 89.667 538,910 1.345.005 8.083,643
Vigilante. 89.667 538,910 1.345.005 8.083,643
Conserje. 89.667 538,910 1.345.005 8.083,643
Portero. 89.667 538,910 1.345.005 8.083,643
Botones. 71.878 431,995 1.078.170 6.479,932
Personal limpieza (día). 2.985 17,940 1.358.175 8.162,796
Personal limpieza (hora). 467 2,807    
Ordenanza. 89.667 538,910 1.345.005 8.083,643
Día        
Comercial        
Vendedor. 3.322 19,966 1.511.510 9.084,358
Ayudante. 3.155 18,962 1.435.525 8.627,679
Repartidor. 2.989 17,964 1.359.995 8.173,735
Obreros        
Encargado. 3.675 22,087 1.672.125 10.049,674
Oficial. 3.266 19,629 1.486.030 8.931,220
Especialista. 3.100 18,631 1.410.500 8.477,276
Ayudante. 3.004 18,054 1.366.820 8.214,754
Aprendiz de primera y de segunda. 2.327 13,986 1.058.785 6.363,426
Varios        
Oficial de primera. 3.322 19,966 1.511.510 9.084,358
Oficial de segunda. 3.186 19,148 1.449.630 8.712,452
Conductor. 3.322 19,966 1.511.510 9.084,358
Plus de asistencia, abonable por día efectivo de trabajo para todas las categorías. 482 2,897 131.586 790,848

Año 2001 (con incremento 2,5 por 100)

Accidente no laboral:

Muerte: 1.864.654 pesetas.

Invalidez: 1.819.767 pesetas.

Accidente laboral:

Muerte: 2.487.012 pesetas.

Invalidez: 2.487.012 pesetas.

Dietas:

Desayuno: 457 pesetas.

Comida: 1.522 pesetas.

Cena: 1.522 pesetas.

Dormir: 3.347 pesetas.

Subvención por jubilación o fallecimiento: 9.053 pesetas/año antigüedad.

Quebranto de moneda:

Cajero: 3.038 pesetas/mes.

Auxiliar de caja: 2.171 pesetas/mes.

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/02/2001
  • Fecha de publicación: 17/03/2001
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 9 de febrero de 2001 (Ref. BOE-A-2001-4161).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Granjas avícolas

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