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Documento BOE-A-2001-24141

Acuerdo de 5 de diciembre de 2001, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se acuerda la adscripción de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Málaga al orden jurisdiccional penal.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2001, páginas 48310 a 48310 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2001-24141
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2001/12/05/(3)

TEXTO ORIGINAL

La Audiencia Provincial de Málaga tiene creadas en la actualidad ocho Secciones, las seis primeras con sede en dicha capital, la Séptima en Melilla y la Octava, que empezará su funcionamiento el día 17 de diciembre de 2001, con sede también en Málaga.

Las Secciones Primera, Segunda y Tercera tienen competencia exclusivamente penal. Las Secciones Cuarta, Quinta y Sexta tienen competencia exclusivamente civil. La Sección Séptima, con sede en Melilla, tiene competencia mixta.

La entrada en funcionamiento de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Málaga exige un acuerdo del Consejo General del Poder Judicial sobre su especialización, por cuanto, de no adoptarse, debería asumir todas las competencias que, tanto en el ámbito civil como en el ámbito penal, atribuyen a las Audiencias Provinciales los artículos 82 y 83 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta consecuencia no es congruente con la situación actualmente existente en la referida Audiencia Provincial.

La carga de trabajo de las Secciones Penales de esta Audiencia Provincial justifica una medida como la que ahora se adopta. Con esta adscripción penal, cada Sección de este orden jurisdiccional registrará unos 1.000 asuntos anuales, por lo que a cada uno de los Magistrados que las integran le corresponderá el conocimiento de un número de procedimientos acorde con el módulo de entrada aprobado por el Consejo General del Poder Judicial para estos órganos. Por otra parte, la adscripción de la nueva Sección al orden jurisdiccional civil no resulta necesaria, dada la entrada de asuntos de este orden que soporta la mencionada Audiencia Provincial.

Por las consideraciones expuestas, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, a propuesta del Presidente de la Audiencia Provincial de Málaga, oídos los Magistrados que la integran y la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 98 de la Ley del Poder Judicial, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Adscribir, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 21 del Reglamento 5/1995, de 7 de junio, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Málaga en el orden jurisdiccional penal, con efectos desde su entrada en funcionamiento efectivo. El resto de las Secciones de la Audiencia Provincial de Málaga conservarán, hasta su conclusión, el conocimiento de los asuntos pendientes ante ellas hasta su conclusión.

Madrid, 5 de diciembre de 2001.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

HERNANDO SANTIAGO

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 05/12/2001
  • Fecha de publicación: 19/12/2001
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 20 del Reglamento 5/1995 aprobado por Acuerdo de 7 de junio de 1995 (Ref. BOE-A-1995-17001).
    • art. 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencias Provinciales
  • Málaga

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