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Documento BOE-A-2001-24139

Acuerdo de 5 de diciembre de 2001, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se acuerda la adscripción de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife al orden jurisdiccional civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2001, páginas 48309 a 48310 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2001-24139
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2001/12/05/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife tiene creadas en la actualidad cuatro Secciones, de las que la Cuarta comenzará su funcionamiento el día 17 de diciembre de 2001.

Las Secciones Primera y Tercera tienen competencia exclusivamente civil y la Segunda competencia exclusivamente penal.

La entrada en funcionamiento de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife exige un acuerdo del Consejo General del Poder Judicial sobre su especialización, por cuanto, de no adoptarse, debería asumir todas las competencias que, tanto en el ámbito civil como en el ámbito penal, atribuyen a las Audiencias Provinciales los artícu los 82 y 83 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta consecuencia no es congruente con la situación actualmente existente en la referida Audiencia Provincial.

La carga de trabajo de las Secciones Civiles de esta Audiencia Provincial justifica una medida como la que ahora se adopta. Con esta adscripción civil, a cada Magistrado que integran las Secciones de este orden jurisdiccional le corresponderá el conocimiento de unos 203 asuntos anuales aproximadamente y a cada Magistrado que integran las Secciones del orden jurisdiccional penal le corresponderá el conocimiento de unos 415 asuntos.

El módulo de entrada aprobado por el Consejo General del Poder Judicial para estos órganos es de 300 asuntos para los Magistrados de las Secciones Civiles y de 345 para los Magistrados de las Secciones Penales. Ahora bien, la adscripción de la nueva Sección al orden jurisdiccional penal no resulta necesaria, dado que, en las últimas anualidades, el volumen de entrada de asuntos civiles en la mencionada Audiencia ha ido en alza, mientras que el de asuntos penales ha ido en significativo descenso.

Por las consideraciones expuestas, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, a propuesta de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, oídos los Magistrados que integran la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 98 de la Ley del Poder Judicial, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Adscribir, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento 5/1995, de 7 de junio, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, a la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife al orden jurisdiccional civil. De conformidad con lo establecido en el artículo 21.3, último inciso, del citado Reglamento, el resto de las Secciones de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife conservarán, hasta su conclusión, el conocimiento de los asuntos pendientes ante ellas, produciendo sus efectos dicha medida el 17 de diciembre de 2001, fecha de entrada en funcionamiento efectivo de la Sección Cuarta.

Madrid, 5 de diciembre de 2001.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

HERNANDO SANTIAGO

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 05/12/2001
  • Fecha de publicación: 19/12/2001
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 20 del Reglamento 5/1995 aprobado por Acuerdo de 7 de junio de 1995 (Ref. BOE-A-1995-17001).
    • art. 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencias Provinciales
  • Santa Cruz de Tenerife

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