Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-1924

Real Decreto 31/2001, de 12 de enero, por el que se aprueba la segregación de la Delegación en Castilla-La Mancha del Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología.

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 26 de enero de 2001, páginas 3471 a 3472 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2001-1924
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2001/01/12/31

TEXTO ORIGINAL

La Delegación en Castilla-La Mancha del Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología ha promovido su segregación del Colegio Nacional, con la intención de constituir otro Colegio de ámbito autonómico, todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, modificada por las Leyes 74/1978, de 26 de diciembre, y 7/1997, de 14 de abril, y cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 34 de los Estatutos del Colegio Nacional, aprobados por Real Decreto 2826/1980, de 22 de diciembre.

Al tratarse de un Colegio de ámbito estatal, la competencia para aprobar la segregación corresponde al Estado, en tanto que la creación de un nuevo Colegio de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología de Castilla-La Mancha es competencia de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.5 de su Estatuto de Autonomía, dentro del marco de la legislación básica estatal, y mediante la aplicación de la Ley Autonómica 10/1999, de 26 de mayo, de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de la Presidencia, previo informe del Ministerio de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de enero de 2001,

D I S P O N G O :

Artículo único. Segregación.

Se autoriza la segregación del Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología de su actual Delegación en Castilla-La Mancha.

Disposición adicional única. Efectividad de la segregación.

La segregación a que se refiere el artículo único de este Real Decreto tendrá efectividad a partir de la entrada en vigor de la norma autonómica de creación del Colegio de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología de Castilla-La Mancha.

Dado en Madrid a 12 de enero de 2001.

JUAN CARLOS R.

El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de la Presidencia,

MARIANO RAJOY BREY

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 12/01/2001
  • Fecha de publicación: 26/01/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 15/02/2001
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 34 de los estatutos aprobados por Real Decreto 2826/1980, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-1981-49).
    • art. 4 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero (Ref. BOE-A-1974-289).
Materias
  • Castilla La Mancha
  • Ciencias Políticas y Sociología
  • Colegios Profesionales

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid