Como consecuencia de la Resolución de 5 de diciembre de
2000, de la Secretaría General del Consejo de Universidades,
queda anulada la Resolución de la Universidad de Alicante, de fecha
31 de octubre de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 21 de
noviembre), en la que se corregían errores de la Resolución, de
fecha 31 de julio de 2000, de la misma Universidad.
Contra la presente Resolución, que agosta la vía administrativa,
cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala
de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la
Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
previa comunicación a este Rectorado, exigida en el artículo 110.3
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de cualquier
otro que pudiera interponerse.
Alicante, 10 de enero de 2001.-El Rector, en funciones,
Salvador Ordóñez Delgado.
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