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Documento BOE-A-2001-17881

Resolución 453/38395/2001, de 13 de septiembre, de la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, por la que se convoca el XVI Curso de Especialidades Criptológicas y Seguridad de las Tecnologías de la Información.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 21 de septiembre de 2001, páginas 35271 a 35273 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2001-17881

TEXTO ORIGINAL

Se convoca el presente curso a propuesta del Director del Centro Superior de Información de la Defensa, con el objetivo de proporcionar a los concurrentes los conocimientos necesarios para garantizar los niveles de disponibilidad, integridad y confidencialidad de la información que se almacena, transmite y procesa en los sistemas de información y comunicaciones mediante el empleo de técnicas criptológicas y de seguridad de las tecnologías de la información, así como para la dirección de un gabinete y red de cifra.

Podrá solicitar este curso el personal perteneciente a la Escala Superior de cualquiera de los cuerpos específicos de los Ejércitos o de la Guardia Civil, y los funcionarios del grupo A o personal civil no funcionario con categoría laboral de Técnico titulado superior o equivalente, siempre que reúnan las condiciones recogidas en el punto 5 (normas de carácter general) y 6 (normas de carácter específico) de esta convocatoria, y siempre que las necesidades del Servicio lo permitan, necesidades que deberán ser apreciadas por los Jefes de los diferentes organismos que tramiten las instancias, de acuerdo con las siguientes bases:

1. Plazas que se convocan

1.1 Para la fase de correspondencia: Sin límite en el número de concurrentes.

1.2 Para la fase de presente: Veintitrés plazas, de acuerdo con la siguiente distribución:

Aplazadas aprobados XV Curso de Especialidades Criptológicas: Tres plazas.

A convocar: Veinte plazas.

1.3 Distribución:

Ministerio de Defensa:

Órgano Central: Dos plazas.

Estado Mayor Conjunto: Una plaza.

Ejército de Tierra: Dos plazas.

Ejército del Aire: Dos plazas.

Armada: Dos plazas.

Guardia Civil: Una plaza.

Centro Superior de Información de la Defensa: Dos plazas.

Otros Ministerios:

Asuntos Exteriores: Una plaza.

Justicia: Una plaza.

Interior: Una plaza.

Hacienda: Una plaza.

Presidencia: Una plaza.

Administraciones Públicas: Una plaza.

Ciencia y Tecnología: Una plaza.

Resto Ministerios: Una plaza.

1.4 Si para alguno de los anteriores cupos no hubiera aspirantes o éstos no superasen el examen previo, las plazas no ocupadas se cubrirán por personal de los organismos restantes según la puntuación obtenida en el examen.

2. Centro de desarrollo

2.1 Fase de correspondencia: En las unidades, centros u organismos de destino.

2.2 Fase de presente: En el Centro Superior de Información de la Defensa, avenida Padre Huidobro, kilómetro 8,5, 28023 Madrid.

3. Calendario

3.1 El curso se desarrollará en las siguientes fases:

Fase de correspondencia: Del 19 de noviembre de 2001 al 3 de marzo de 2002.

Examen previo: Día 4 de marzo de 2002.

Fase de presente:

Ciclo de Criptología: Del 1 de abril al 12 de mayo de 2002.

Ciclo de Seguridad de las Tecnologías de la Información: Del 13 de mayo al 7 de junio de 2002.

Las clases se desarrollarán habitualmente en horario de mañana (nueve a catorce horas).

3.2  Será condición imprescindible para ser nombrado concurrente a la fase de presente superar las pruebas correspondientes al examen previo.

4. Dirección del curso

La Dirección del curso corresponderá al Subdirector general de la División de Apoyo Técnico del Centro Superior de Información de la Defensa. Teléfono: 91 372 50 00 (815 50 00); fax: 91 372 58 08 (815 58 08); correo electrónico: infosec@areatec.com

5. Normas de carácter general

5.1 Se aplicarán las normas generales para asistencia a cursos vigentes el día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» en cada uno de los organismos a los que pertenezcan los peticionarios.

5.2 Dado que durante el desarrollo del curso se accederá a información clasificada, será necesario que los asistentes al mismo dispongan con anterioridad al inicio de la fase de presente de habilitación nacional de seguridad CRIPTO, regulada por la NG 3/94 del Estado Mayor del Ejército, o, en su caso, habilitación NATO SECRET. Si algún concurrente no estuviera en posesión de la habilitación, deberá informar a la Dirección del curso, quien le remitirá la documentación necesaria para tramitar con la máxima urgencia su solicitud antes de la fecha de incorporación a la fase de presente, comunicando la fecha de solicitud a la Dirección del curso.

5.3 Los concurrentes del XVI Curso de Especialidades Criptológicas que hubiesen asistido el I Curso Seguridad de las Tecnologías de la Información, impartido por el Centro Superior de Información de la Defensa en febrero/marzo de 2001, no realizarán el ciclo de Seguridad de las Tecnologías de la Información entre el 13 de mayo y el 6 de junio de 2002, toda vez que no ha habido variación sustancial en el temario y se les considera convalidado el ciclo, incorporándose a sus destinos y regresando al acto de clausura el día 7 de junio.

6. Normas de carácter específico

Personal civil y militar: Ocupar un puesto de trabajo relacionado con sistemas de información y/o sistemas de comunicaciones, o la seguridad de los mismos.

7. Solicitudes y plazo de admisión

7.1 Se utilizará el modelo de instancia que figura en el anexo.

7.2 Las solicitudes del personal destinado en el Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire se remitirán a los Directores de Enseñanza respectivos. Las del personal de la Guardia Civil al General Jefe de Enseñanza de este Cuerpo; el personal destinado en el Órgano Central de la Defensa dirigirá las instancias al Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar.

7.3 El personal civil de la Administración Central del Estado cursará su instancia por conducto reglamentario al órgano encargado de la gestión de personal del Ministerio u organismo correspondiente.

7.4 Los organismos que deban dar curso a las instancias tendrán en cuenta lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

7.5 Las solicitudes deberán tener entrada en los citados organismos dentro de los diez días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

7.6 El personal indicado en el punto 1.1 (Ministerio de Defensa) deberá adelantar su petición por mensaje o fax.

Fax:

Destinados en el Ejército de Tierra: 958 20 99 26.

Destinados en la Armada: 91 379 52 19.

Destinados en el Ejército del Aire: 91 544 29 28.

Destinados en el Órgano Central: 91 395 51 60 (RCT 814 51 60).

Guardia Civil: 91 514 64 63.

7.7 Las solicitudes que no cumplan los requisitos anteriores no serán tenidas en consideración. Los organismos receptores que se indican en los apartados 7.2 y 7.3 remitirán al Centro Superior de Información de la Defensa, dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo de admisión de instancias, la relación de solicitantes, acompañada de las instancias, debiendo haber sido cargado SIPERDEF por las Direcciones de Enseñanza de los Ejércitos o Subdirección General de Enseñanza Militar, con antelación a esta fecha, los datos de las solicitudes de personal militar recibidas.

8. Designación de concurrentes y presentación

8.1 La relación de personal designado como aspirantes será publicada en el «Boletín Oficial de Defensa».

8.2 Para la realización del examen previo, los aspirantes se presentarán a las nueve horas del día 4 de marzo de 2002, en el lugar que oportunamente les será comunicado.

8.3 Las plazas convocadas en el punto 1.2 para la fase de presente serán cubiertas con aquellos peticionarios que superen las pruebas que constituyen el examen previo y según la puntuación obtenida en el mismo. La superación del examen previo consiste en obtener en cada una de las pruebas que lo componen, al menos, el 50 por 100 de los puntos posibles.

8.4 La relación del personal designado como concurrente de la fase de presente se publicará en el «Boletín Oficial de Defensa».

9. Régimen económico

9.1 A los concurrentes que tengan que desplazarse de su residencia habitual les corresponderá las dietas de incorporación y regreso, así como las indemnizaciones de residencia eventual (IRE), en la cuantía del 70 por 100 de la dieta entera, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial de la Defensa» número 57).

El personal que asista al examen previo y que se le haya expedido pasaporte u orden de comisión de servicio tendrá derecho a un máximo de tres días de dietas.

El personal que asista a la fase de presente del curso tendrá derecho a dietas de ida y regreso, así como a la indemnización de residencia eventual, siempre que tenga que pernoctar fuera de su residencia oficial.

Las indemnizaciones mencionadas serán tramitadas y abonadas por el Centro Superior de Información de la Defensa, con cargo al presupuesto que para tal fin tiene asignado.

9.2 Las autoridades a quienes corresponda, de acuerdo con los apartados 4.1 y 4.2 del Real Decreto 236/1988 («Boletín Oficial del Estado» número 68), expedirán pasaporte u orden de comisión de servicio de ida y regreso con derecho a dietas al personal que asista al examen previo y al que haya sido seleccionado para realizar la fase de presente que tenga que desplazarse de su residencia oficial, indicando que los gastos corren a cargo del Centro Superior de Información de la Defensa.

Los billetes de ferrocarril, barco o avión que pudiera corresponderles para la incorporación y regreso serán gestionados por los propios interesados, siendo abonados por el Centro Superior de Información de la Defensa, con cargo al presupuesto que para tal fin tiene asignado.

10. Bajas

10.1 El personal podrá causar baja en cualquiera de las fases del curso, a petición propia o por bajo rendimiento.

10.2 Será igualmente motivo de baja en el curso una falta de asistencia superior al 15 por 100 del período lectivo.

11. Ventajas y servidumbres

11.1 Al finalizar la fase de presente, los concurrentes que la hayan superado con aprovechamiento obtendrán el título de Especialista Criptólogo y el distintivo correspondiente.

11.2 Los concurrentes que superen la fase de presente tendrán una servidumbre correspondiente a categoría B (dos años), según lo dispuesto en el Real Decreto 1385/1990, de 8 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 273).

11.3 Los concurrentes que superen el curso podrán ser destinados a las vacantes que se publiquen con exigencia de esta especialidad.

12. Programa

El programa detallado a desarrollar durante la fase de correspondencia y las referencias bibliográficas del mismo serán remitidas por el Centro Superior de Información de la Defensa al personal designado aspirante. Dicho programa versará sobre las siguientes materias:

Principios digitales.

Probabilidades.

Teoría de números.

13. Base final

La presente convocatoria y cuantos actos de ella se deriven podrán ser impugnados en los casos y formas establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Madrid, 13 de septiembre de 2001.–El Director general, Gregorio López Iraola.

ANEXO

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