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Documento BOE-A-2001-14231

Orden de 3 de julio de 2001 por la que se conceden los Premios Nacionales de Bachillerato Unificado y Polivalente correspondientes al curso 1999/2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 2001, páginas 26632 a 26632 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-14231

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 21 de febrero de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de marzo), se convocan seis Premios Nacionales de Bachillerato Unificado y Polivalente a los que podían optar los alumnos que hubiesen obtenido en el curso 1999/2000 premio extraordinario de Bachillerato,

Realizadas las correspondientes pruebas, de acuerdo con las Instrucciones dictadas a tal efecto por la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, y vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador, he dispuesto:

Primero.

Adjudicar los Premios Nacionales de Bachillerato Unificado y Polivalente correspondientes al curso 1999/2000 a los alumnos siguientes, relacionados por orden de mayor a menor puntuación obtenida:

1. Prados Sillero, Óscar.

2. López-Mayan Navarrete, María Mercedes.

3. Soria Marina, Alberto.

4. Navarro Jover, Luis.

5. Osuna Haba, José.

6. Río Blay, Francisco Javier del.

Segundo.

Cada alumno premiado recibirá 150.000 pesetas que se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.423-A.483-03 de los Presupuestos Generales del Estado para 2001, así como un documento acreditativo de la concesión del premio.

Tercero.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, o ser impugnada mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Cuarto.

Se autoriza a la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección a abonar los gastos que se produzcan, en su caso, por el acto de entrega de los premios.

Madrid, 3 de julio de 2001.–P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9), el Director general de Cooperación Territorial y Alta Inspección, Juan Ángel España Talón.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Becas y Promoción Educativa.

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