Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-11826

Orden de 30 de mayo de 2001, del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia (turno de promoción interna) que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden de 26 de noviembre de 1999, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 20 de junio de 2001, páginas 21878 a 21878 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2001-11826

TEXTO ORIGINAL

Vistas las solicitudes presentadas por los Oficiales de la

Administración de Justicia que superaron las pruebas selectivas

convocadas por Orden de 26 de noviembre de 1999, en el ámbito

de la Comunidad Autónoma del País Vasco (turno de

promoción interna), nombrados funcionarios de carrera en virtud de

Resolución de la Secretaría de Estado de Justicia de 30 de mayo

de 2001,

He resuelto adjudicar destino en los órganos judiciales que

se relacionan en el anexo.

Los Oficiales de la Administración de Justicia nombrados, y

a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, deberán tomar

posesión de sus cargos dentro del plazo de veinte días naturales

contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden

en el "Boletín Oficial del Estado", de acuerdo con lo establecido

en el artículo 24 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero,

no resultando retribuido el plazo posesorio, ya que según dispone

la normativa en materia de nóminas, durante el primer mes se

devengarán por días las retribuciones correspondientes al nuevo

Cuerpo en el que se ingresa.

En el caso de que los Oficiales de nuevo ingreso quisieran

evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la

Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo

indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar

al Presidente, Juez, Fiscal o Jefe del organismo de su destino

actual un permiso retribuido de un día si no hay cambio de

localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de

desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo

caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse

de su nuevo cargo [artículo 66.1.g) del Real Decreto 249/1996,

de 16 de febrero].

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que

han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo

día en que se produzca la toma de posesión del titular.

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del

personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1974,

de 2 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la

Administración de Justicia, en virtud del artículo 489 de la Ley Orgánica

del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio ; artículo único de la

Ley Orgánica 1/1985, de 18 de enero, y artículos 79 y

concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto 249/1996,

de 16 de febrero), los nombrados por turno de promoción interna

deberán tener en cuenta las siguientes observaciones:

Primera.-Cuando un funcionario del Cuerpo de Auxiliares de

la Administración de Justicia acceda al Cuerpo de Oficiales y desee

permanecer en activo en el Cuerpo de origen y en situación de

excedencia en aquel al que accede, deberá manifestar esta opción

en el acta de toma de posesión, regresando a continuación a su

destino de origen.

Copia del acta de toma de posesión, opción y cese será remitida

por el Secretario del órgano judicial correspondiente, al ilustrísimo

señor Director de Ordenación de Recursos Humanos,

Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco,

calle Donostia-San Sebastián, 1 (01010 Vitoria-Gasteiz), siéndole

concedida la excedencia de oficio en el nuevo Cuerpo.

Segunda.-En caso de no manifestar la opción citada, se

entenderá que optan por el nuevo puesto y el Director de Ordenación

de Recursos Humanos, dentro de su ámbito territorial, les

concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo de Auxiliares de la

Administración de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por

cesados de forma automática con la misma fecha en que se produzca

la toma de posesión en el Cuerpo de Oficiales, al objeto de evitar

interrupción en la percepción de sus haberes.

Copia de dicha acta de posesión y opción será remitida por

el Secretario del órgano judicial correspondiente al ilustrísimo

señor Director de Ordenación de Recursos Humanos del

Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno

Vasco y al órgano judicial de origen.

Los nombrados en virtud de esta Orden, no obstante haber

sido destinados con carácter forzoso, no podrán participar en

concurso de traslado hasta que transcurra un año desde la toma de

posesión de su cargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo

495.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Contra esta Orden podrán los interesados interponer recurso

potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el

excelentísimo señor Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social

o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País

Vasco, en el plazo de dos meses. En ambos casos a partir del

día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Vitoria-Gasteiz, 30 de mayo de 2001.-El Consejero, Sabin

Intxaurraga Mendíbil.

ANEXO

Oficiales de la Administración de Justicia (promoción interna)

Número DNI Apellidos y nombre Destino Provincia

1 30.642.642 Argüello Marcos, María Jesús. Juzgado de Primera Instancia número 2 de Barakaldo. Vizcaya.

2 16.274.896 Gordovil Gaisan, María José. Decanato de Vitoria-Gasteiz. Álava.

3 14.250.980 Abian Moreno, María Begoña. Decanato de Durango. Vizcaya.

4 14.574.509 Alonso Tomé, José María. Juzgado de Primera Instancia número 6 de Vitoria-Gasteiz. Álava.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid