En uso de las atribuciones que tiene conferidas por la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, así
como por los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha,
y demás disposiciones legales vigentes y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
de Medidas para la Reforma de la Función Pública, encontrándose
vacantes determinadas plazas que figuran en la relación de puestos
de trabajo y existiendo disponibilidad presupuestaria, en el marco
del plan de consolidación y mejora de plantilla de la Universidad
de Castilla-La Mancha, publicado por Resolución de la Universidad
de fecha 1 de septiembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del
30), modificado en parte por Resolución de 30 de julio de 1999
("Boletín Oficial del Estado" de 26 de agosto),
Este Rectorado ha resuelto convocar proceso de provisión de
puestos de trabajo por el procedimiento de concurso específico
de méritos, con arreglo a las siguientes bases:
Primera. Convocatorias para provisión de puestos de tra
bajo.-Se convocan para su provisión por el procedimiento de
concurso específico de méritos, dirigido al personal funcionario de
carrera de la Universidad de Castilla-La Mancha o de otra
administración pública, según figuren adscritos en la relación de
puestos de trabajo, los puestos de trabajo que figuran en el
anexo I.
Segunda. Participantes:
1. Podrán participar para su provisión:
1.1 Los funcionarios de carrera con destino en la Universidad
de Castilla-La Mancha, siempre que reúnan las condiciones
generales legalmente exigidas, excepto los suspensos en firme que no
podrán participar mientras dure la suspensión y que pertenezcan
a las áreas funcionales a que figuran adscritos los puestos de
trabajo en la R.P.T. ("Boletín Oficial del Estado" de 30 de
septiembre de 1998 y 26 de agosto de 1999), con excepción de
las áreas de Administración Especial y Servicios Generales, si
cumplen los requisitos establecidos para cada puesto en el anexo I,
en la fecha en que termine el plazo de presentación de las
solicitudes de participación.
También podrán participar los funcionarios en situación de
excedencia en las Escalas de la Universidad de Castilla-La Mancha
por pertenecer a otro Cuerpo o Escala de la Administración
Pública. Asimismo, podrán participar los funcionarios a los que sea
de aplicación lo previsto en la disposición transitoria tercera del
Reglamento de Implantación de la R.P.T. del Personal al Servicio
de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan
reservados puestos en exclusiva no podrán participar para cubrir otros
puestos de trabajo adscritos con carácter indistinto.
Tercera. Procedimiento de provisión:
1. Concurso específico de méritos: La provisión de los puestos
de trabajo se efectuará conforme al procedimiento establecido en
el artículo 7 del Reglamento para la implantación de la R.P.T.
1.1 El concurso específico de méritos constará de dos partes:
Una primera, que consistirá en la valoración de los méritos
generales, grado personal, nivel del puesto desarrollado,
experiencia en el área de trabajo, cursos de formación y antigüedad.
La puntuación máxima será de 10 puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de dos puntos para acceder a la segunda parte
del concurso, con arreglo al baremo que consta en el anexo II
y previa adaptación a la puntuación máxima establecida.
La segunda parte del concurso consistirá en la valoración de
una memoria elaborada por el candidato, sobre las tareas del
puesto y los requisitos, condiciones y medios necesarios, a su juicio,
para su desempeño, en base a la formación específica para el
puesto que se solicite, contenida en la publicación de la relación
de puestos de trabajo ("Boletín Oficial del Estado" de 30 de
septiembre de 1998) y su modificación ("Boletín Oficial del Estado" de
26 de agosto de 1999) y entrevista sobre el contenido de la misma.
La puntuación máxima de esta parte será de 10 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 4,5 puntos para poder optar a
la adjudicación del puesto.
1.2 La memoria constará de un máximo de cuatro folios,
mecanografiados a doble espacio, con arreglo al siguiente
esquema:
Introducción.
Misión del puesto.
Adecuación del candidato a los requisitos para su desempeño.
Condiciones y medios necesarios.
Plan de organización y trabajo.
Conclusiones.
Cuarta. Solicitud de puestos de trabajo:
1. Se podrán solicitar tantos puestos de trabajo como se
deseen de entre los que figuran en anexo I, indicando el orden
de preferencia en su solicitud.
2. Los requisitos y méritos que se invoquen deberán referirse
a la fecha que termine el plazo de presentación de las solicitudes
de participación y serán acreditados documentalmente por los
concursantes mediante las pertinentes certificaciones, títulos y
justificantes, a excepción de los datos que obren en su expediente
administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha, y a los
que deberá hacer referencia expresa en su solicitud, no siendo
tenidos en cuenta en caso contrario.
Quinta. Presentación de solicitudes.-Los interesados
dirigirán las solicitudes, en el modelo que se adjunta como anexo III,
al excelentísimo y magnífico señor Rector de la Universidad de
Castilla-La Mancha, que se presentarán en el Registro General
del Rectorado, Vicerrectorados de campus o por los medios
previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, excepto en las entidades de la Administración
Local, en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente
al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado".
Las solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos
acreditativos de los méritos que invoque y de la memoria. En todo
caso, deberá relacionar en la solicitud los documentos que constan
en su expediente para la valoración de los méritos. No serán
valorados en caso contrario.
No se admitirán solicitudes de renuncia fuera del plazo de
presentación de instancias.
Sexta. Adjudicación de puestos:
1. El orden de prioridad para la adjudicación de las plazas
vendrá dado por la puntuación obtenida, conforme a la base
tercera.
2. En caso de empate de la puntuación se acudirá para
dirimirla a la otorgada en la parte de méritos específicos del concurso.
De persistir el empate, se atenderá a los méritos valorados en
la primera parte en el orden expresado en el baremo que consta
en el anexo II.
3. El Gerente elevará propuesta de nombramiento al
excelentísimo y magnífico señor Rector.
Séptima. Comisión de Valoración:
1. Los méritos serán valorados por una Comisión compuesta
por:
Presidente: Don José Luis González Quejigo, Gerente de la
Universidad, o, por delegación, don Joaquín Rodríguez-Patiño
Codes, Vicegerente de la Universidad.
Vocales:
Don Francisco Alia Miranda, Director Bilblioteca Universitaria.
Don Ángel Javier Aguilar Bañón, Director del Servicio de
Bibliotecas de Campus de Albacete.
Doña María Paloma Alfaro Torres, Directora del Servicio de
Bibliotecas de Campus de Cuenca.
Doña Marta Navascués Palacio, Directora del Servicio de
Bibliotecas de Campus de Toledo.
Representantes por cada organización sindical con
representación en la Universidad de Castilla-La Mancha, designados por
la Junta de P.A.S. funcionario:
Por CSI-CSIF:
Titular: Don Andrés Porras Piedra.
Suplente: Don Alejandro Rioja Molina.
Por FETE-UGT:
Titular: Don José Lemus Gallego.
Suplente: Don Manuel Ortega Cantero.
Por CC.OO.: No se designan representantes.
Doña María Luisa Rincón Atienza, Directora del Servicio de
Bibliotecas de Campus de Ciudad Real, que actuará como
Secretaria.
Los miembros de la Comisión deberán pertenecer al grupo igual
o superior al exigido para los puestos convocados y, además,
poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o
superior.
La Comisión de Valoración podrá contar con expertos
designados por la autoridad convocante, previa solicitud de la Comisión,
los cuales actuarán con voz pero sin voto, en calidad de asesores.
2. Corresponde a la Comisión de Valoración interpretar y
aplicar el baremo.
3. La propuesta de la Comisión de Valoración se publicará
en el tablón de anuncios del Rectorado, Vicerrectorados y centros
docentes, concediéndose un plazo de tres días naturales para
posibles reclamaciones.
Octava. Resolución:
1. El plazo de resolución de la convocatoria será de dos meses
a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
2. La resolución de la convocatoria se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado", en el "Boletín Oficial de la Universidad de
Castilla-La Mancha" y en la página web, efectuándose la toma
de posesión de conformidad con lo establecido en el artículo 48
del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo.
Novena. Norma final.-La presente convocatoria y cuantos
actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados
en los casos y en la forma establecidos por Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Ciudad Real, 8 de mayo de 2001.-El Rector, Luis Alberto
Arroyo Zapatero.
ANEXO I
Concurso específico
CAMPUSDEALBACETE
Código C. gestor/Unidad/Equipo AF Dot. CD CE TP FP Adm. Gpo. Cpo. Formac. específica RJ Observaciones
AB3 Servicio de Bibliotecas de Campus.
AB3011 Área Técnica.
AB30112 Subdirector. BIB 1 23 5 N C A4 B B y A 3, 5, 10, 14, 19, 21, 22, 23, 24, 27 3
CAMPUSDECIUDADREAL
Código C. gestor/Unidad/Equipo AF Dot. CD CE TP FP Adm. Gpo. Cpo. Formac. específica RJ Observaciones
CR3 Servicio de Bibliotecas de Campus.
CR3011 Área Técnica.
CR30112 Subdirector. BIB 1 23 5 N C A4 B B y A 3, 5, 10, 14, 19, 21, 22, 23, 24, 27 3
Claves:
AF: Área funcional (AD: Administrativa; EF: Económica y Financiera; INF: Informática; BIB: Biblioteca; ESP: Plazas de cometidos
especiales; SG: Servicios Generales; GI: Gestión de Infraestructuras; INS: Inspección de Servicios; CI: Control Interno).
Dot.: Dotación.
CD: Complemento de destino.
CE: Complemento específico.
TP: Tipo de puesto (S: Singularizado; N: No singularizado).
FP: Forma de provisión (L: Libre designación; C: Concurso).
Adm.: Adscripción Admones. Públicas (A3: Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Local; A4: Personal funcionario
adscrito a la UCLM).
Gpo.: Grupo.
Cpo.: Cuerpo/Escala (Inf.: Cuerpos o Escalas de Informática; Ex11: Todos los Cuerpos o Escalas del grupo indicado con exclusión
de los comprendidos en sectores de docencia, investigación, sanidad, ss. postales y telegr., inst. penit. transportes aéreos y meteorología;
B y A: Cuerpos o Escalas de Bibliotecas y Archivos).
RJ: Jornada (1: Jornada especial; 2: Una tarde; 3: Dos tardes; 4: Cuatro tardes; 5: Jornada especial conductores; 6: Alta disponibilidad).
Claves para formación específica
Experiencia y conocimiento en:
1. Técnicas de auditoría.
2. Práctica en Derecho.
3. Organización institucional universitaria.
4. Organización y Administración Pública.
5. Técnicas de organización.
6. Estudio y diseño de procedimientos.
7. Legislación y normativa universitaria.
8. Derecho Laboral.
9. Derecho Administrativo.
10. Normativa universitaria.
11. Recursos humanos.
12.a Retribuciones.
12.b Seguridad Social.
13. Técnicas de negociación.
14. Legislación y procedimiento del área funcional.
15. Legislación presupuestaria.
16. Contabilidad pública y SICAI.
17. Gestión presupuestaria y SICAI.
18. Gestión de compras, patrimonio y contabilidad pública.
19. Gestión económica y administrativa.
20. Gestión de la investigación.
21. Procesador de textos y hoja de cálculo.
22. Documentación, archivo y biblioteconomía.
23. Conocimiento de los programas informáticos de gestión
del área funcional.
24. Bases de datos y gráficos.
25. Organización de actos y protocolo.
26. Técnicas de organización administrativa y archivo.
27. Conocimiento de idiomas.
28. Dirección de personal.
29. Planes de estudio.
30. Legislación sobre contratos y patrimonio.
31. Dirección de obras, proyectos técnicos y certificaciones.
32. Proyectos técnicos de interior.
33. Delineación.
34. Gestión de calidad.
35. Información administrativa.
ANEXO II
Baremo concurso de méritos de funcionarios UCLM
A) Grado personal consolidado (máximo 12 puntos):
Por tener grado superior al nivel del puesto solicitado: 12
puntos.
Por tener grado igual al nivel del puesto solicitado: 10 puntos.
Por tener grado inferior al nivel del puesto solicitado en uno/dos
niveles: 8 puntos.
Por tener grado inferior al nivel del puesto solicitado en tres
o más niveles: 6 puntos.
El grado consolidado será al día final del plazo de presentación
de solicitudes.
Si no existiese grado consolidado, no se puntuará este
apartado.
B) Valoración del trabajo desarrollado en los últimos cinco
años (máximo 40 puntos):
B.1 Por el nivel del puesto desarrollado (máximo 10 puntos):
Por el desempeño de un puesto de nivel superior o igual hasta
10 puntos: 0,18 puntos/mes.
Por el desempeño de un puesto inferior en uno o dos niveles
hasta 7 puntos: 0,14 puntos/mes.
Por el desempeño de un puesto inferior en tres o más niveles
hasta 4 puntos: 0,10 puntos/mes.
En comisiones de servicio será valorado el nivel de la plaza
desde la que se accede a dicha comisión.
B.2 Experiencia como funcionario en igual área de trabajo
de la UCLM (máximo 30 puntos):
De seis hasta once meses: 3 puntos.
De doce hasta diecisiete meses: 6 puntos.
De dieciocho hasta veintitrés meses: 9 puntos.
De veinticuatro hasta veintinueve meses: 12 puntos.
De treinta hasta treinta y cinco meses: 15 puntos.
De treinta y seis hasta cuarenta y un meses: 18 puntos.
De cuarenta y dos hasta cuarenta y siete meses: 21 puntos.
De cuarenta y ocho hasta cincuenta y tres meses: 24 puntos.
De cincuenta y cuatro hasta cincuenta y nueve meses: 27
puntos.
Sesenta meses: 30 puntos.
B.3 Experiencia como funcionario en similar área de trabajo
de la UCLM (máximo 15 puntos):
De seis hasta once meses: 1,5 puntos.
De doce hasta diecisiete meses: 3 puntos.
De dieciocho hasta veintitrés meses: 4,5 puntos.
De veinticuatro hasta veintinueve meses: 6 puntos.
De treinta hasta treinta y cinco meses: 7,5 puntos.
De treinta y seis hasta cuarenta y un meses: 9 puntos.
De cuarenta y dos hasta cuarenta y siete meses: 10,5 puntos.
De cuarenta y ocho hasta cincuenta y tres meses: 12 puntos.
De cincuenta y cuatro hasta cincuenta y nueve meses: 13,5
puntos.
Sesenta meses: 15 puntos.
En comisiones de servicio será considerado el puesto
desempeñado en dicha situación administrativa, valorando un máximo
de dos años en dicha situación. El resto del tiempo, si lo hubiese,
se computará en la plaza de origen. Si al concursar se hiciese
a plaza/s consideradas idénticas en este apartado, se puntuará
el punto B.3, excepto cuando la comisión de servicios fuera
motivada para mantener en el mismo puesto de trabajo al personal
que accede a un grupo superior por el sistema de promoción
interna y aquellas comisiones que se generen por esta causa.
La valoración de este apartado no se efectuará cuando el
funcionario haya sido valorado negativamente en el desempeño de
sus funciones conforme al procedimiento establecido en el artículo
8 del Reglamento para implantación de la R.P.T., o cuando figure
en su expediente sanción disciplinaria firme.
C) Cursos de formación (máximo 13 puntos):
Porimpartir/
superarcurso
-Puntos
Horas
Porasistencia
-Puntos
Inferior a diez ............................ - 1
Curso de diez-veinte ...................... 1 2
Curso de veintiuna-cuarenta .............. 2 4
Curso de cuarenta y una-ochenta ......... 3 6
Curso de más de ochenta ................. 4 8
Se valorarán los cursos impartidos por Universidades y centros
oficiales para formación de funcionarios. Los cursos impartidos
por otros centros oficiales se valorarán a criterio de la Comisión
en función de la adecuación a los puestos de trabajo.
Sólo se valorarán los cursos relacionados con las materias que
aparecen en la columna de formación específica referidas a cada
puesto de trabajo. Si dicha columna aparece en blanco, se
valorarán los relacionados con las funciones de la plaza.
En caso de existir varios cursos de contenido similar, sólo se
valorará uno de ellos.
D) Antigüedad en la Administración Pública del Estado
(máximo 20 puntos):
D.1 Por servicios reconocidos prestados en Universidades
(máximo 20 puntos):
1,2 puntos por año completo.
0,1 puntos por mes completo (las fracciones de año se valorarán
proporcionalmente).
D.2 Por servicios reconocidos prestados en otras
Administraciones Públicas (máximo 10 puntos):
0,6 puntos por año completo.
0,05 puntos por mes completo (las fracciones de año se
valorarán proporcionalmente).
Nota: Se adjunta cuadro de equivalencias de áreas.
Áreas iguales
A efectos de valoración del trabajo desarrollado, se considerará área igual aquellos puestos de trabajo que tengan asignada la
misma área funcional.
PrimeraRPT RPTaño 1995 RPTaño 1998 AF(*)
Campus Albacete
Consejo Social. Secretaría Consejo Social. Secretaría Consejo Social. AD
Secretaría Vicerrector. Gabinete Secretaría
Vicerrectores.
Gabinetes/Secretaría Vicerrectores. AD
Vicegerencia. Gerencia Campus. Gerencia Campus. GEN-AD
Ngdo. Gest. Econ. y Departam. Ngdo.
Contratos. Aux. Registro/Aux. Departamentos.
Udad. Gestión Campus. Udad. Gest. Admva. y Servicios de Campus. AD
Ngdo. Gest. Econ. Inv. I y II. Ngdo. Contratos. Udad. Gestión Económica. Udad. Gestión Económica Campus. EF
Ngdo. Alumnos-Ngdo. S. I. E. Udad. Gestión Académica. Udad. Gestión Alumnos Campus. AD
Ngdo. Gest. Econ. Inv. I y II. Udad. Gestión Investigación. Udad. Gestión Investigación. EF
Asesoría Jurídica. Asesoría Jurídica. AD
Centro de Cálculo. Servicios Informáticos-Área
Adtva.
Udad. Gestión Inf. y Comunic. Campus. INF
Sección Biblioteca. Centros. Biblioteca-Área Técnica. Biblioteca-Área Técnica. Servicio Archivo
Campus.
BIB
Biblioteca-Área
Administrativa.
Biblioteca-Área Administrativa. EF-AD **
Facultad Derecho. Facultad Económicas. E. U.
Relaciones Laborales.
Agrup.
Derecho/Económicas/RR.LL.
Agrup. Derecho/Económicas/RR.LL. EF-AD ***
E. T. S. Agrónomos. E. T. S. Agónomos. E. T. S. de I. Agrónomos. EF-AD ***
E. U. Magisterio. E. U. Magisterio. E. U. Magisterio. EF-AD ***
E. U. Enfermería. E. U. Enfermería. Agrup. Medicina/Enfermería/Humanidades. EF-AD ***
E. U. Politécnica. E. U. Politécnica. E. U. Politécnica Superior. EF-AD ***
Oficina Gestión de Infraest. Campus. AD
Instituto Desarrollo Regional. AD
Campus Ciudad Real
Secretarias Rector. Gabinete Secretaría Rector. Gabinete/Secretaría Rector. AD
Secretarias Vicerrectores. Ngdo. Gestión
Académica.
Gab. Secretaría Vicerrectores. Gabinetes/Secretaría Vicerrectores. AD-EF
Secretaria Secretario general. Secretaría General. Secretaría General. AD
Secretaria Gerente. Gerencia. Gerencia. GEN-AD
Técnico y Vocal As. Jurídica. Asesoría Jurídica. Asesoría Jurídica. AD
Servicio Control Interno. Unidad Control Interno. Unidad Control Interno. CI-AD
Ngdo. Centros Prog. e Inv. Udad. Estudios y
Organización.
Unidad Control Interno. GEN
Servicio de Unidad Técnica. Udad. Obras y
Mantenimiento.
Oficina Gestión e Infraestructuras. Oficina
Gestión e Inf. Campus.
GI-EF-AD
Vicegerencia Económica-Fin. Viceg. Económica-Financiera. Dirección Área Económica y Fin. EF-AD.
Serv. Económico y Financiero. Ngd.
Habilitación.
Udad. Gestión
Económica-Contabilidad.
Udad. Gestión Económica. EF
Secc. Contratos y Patrimonio. Udad. Contratos y
Patrimonio.
Udad. Contratación. EF
Departamentos. Udad. Gestión Campus. Udad. Gest. Económica Campus. EF
Vicegerencia Recursos Humanos. Viceg. A. A. Rec. Humanos. Dirección Área Admva. Gral. y RR. HH. AD
Sección Personal. Udad. Gestión Recursos
Humanos.
Udad. Gestión Recursos Humanos. Udad.
Gestión Admva. y Servicios de Campus.
AD
Servicio Alumnos. Ngd. S. I. E. Udad. Gestión Académica. Udad. Gestión Alumnos. Udad. Alumnos
Campus.
AD
Registro General. Udad. Información y Registro. Udad. Información y Registro. AD
Centro de Cálculo. Serv. Informáticos-Área
Admva.
Dirección Área Tecnología y Comunic. INF-AD
Secc. Biblioteca Universitaria. Sección
Biblioteca. Centros.
Biblioteca G. U.-Área Técnica. Biblioteca Universitaria-Área Técnica.
Archivo General. Servicio Bib. Campus-Área
Técnica. Servicio Archivo Campus.
BIB
Aux. Secc. Biblioteca Universitaria. Aux.
Archivo.
Biblioteca G. U.-Área Admva. Biblioteca Universitaria-Área Admva. Servicio
Bib. Campus-Área Admva.
AD-EF **
E. U. Ing. Técnico Agrícola. E. U. Informática. Agrup. ITA-Informática. Agrup. E. S. Ingeniería/Caminos/Informática.
E. U. Ingeniería Técnico Agrícola.
AD-EF ***
Facultad Químicas. Aux. CICAT. Facultad Ciencias. Facultad Ciencias Químicas. CICAT. AD-EF ***
Facultad Letras. Facultad Letras. Facultad Letras. AD-EF ***
E. U. Magisterio. E. U. Magisterio. E. U. Magisterio. AD-EF ***
E. U. Enfermería. E. U. Enfermería. E. U. Enfermería. AD-EF ***
PrimeraRPT RPTaño 1995 RPTaño 1998 AF(*)
E. U. Politécnica Almadén. Residencia
Almadén.
E. U. Politécnica Almadén. E. U. Politécnica Almadén. AD-EF ***
E. T. S. Ingeniería Industrial. E. T. S. Ingeniería Industrial. AD-EF ***
Facultad Derecho y Ciencias Sociales. AD-EF ***
Servicio Inspección. Udad. Inspección Servicios. INS-AD
Oficina Cooperación Universitaria. AD
Udad. Formación y Sistemas de Mejora. AD
Inst. Invest. en Recursos Cinegéticos. AD
Personal Departamentos (todos Campus). AD
Campus Cuenca
Secretaría Vicerrector. Gabiente Secretaría
Vicerrector.
Gabinete/Secretaría Vicerrectores. AD
Vicegerencia. Gerencia Campus. Gerencia Campus. GEN-AD
Registro. Unidad Gestión Campus. Udad. Gestión Admva. y Serv. Campus. AD
CIDI y MIDE. Deportes. Unidad Gestión Campus. Ext. Universitaria-Servicio Deportes. Ext.
Universitaria-Servicio Publicaciones. Ext.
Universitaria-CIDI. Ext. Universitaria-MIDE.
AD-ESP
Sección Económica y Administrativa. Udad. Gestión Económica. Udad. Gestión Económica Campus. EF
Ngdo. Extensión Universitaria. Ngdo. S. I. E. Udad. Gestión Académica. Udad. Gestión Alumnos Campus. AD
Ngdo. Extensión Universitaria. Udad. Extensión
Universitaria.
Extensión Universitaria. AD
Centro Cálculo. Serv. Informáticos-Área
Admva.
Udad. Gestión Inform. y Com. Campus. INF
Sección Biblioteca. Centros. Biblioteca G. C. Área Técnica. Servicio Bib. Campus-Área Técnica. Servicio
Archivo Campus.
BIB
Biblioteca G. C. Área Admva. Serviico Bib. Campus-Área Admva. AD-EF **
E. U. Enfermería. E. U. Trabajo Social. Agrup. Enfermería-Trabajo
Social.
Agrup. Trabajo Social/Enferm./Politécnica. AD-EF ***
Facultad Bellas Artes. Facultad Bellas Artes. Facultad Bellas Artes. AD-EF ***
Facultad Derecho. Facultad Derecho. Agrup. CC. Sociales/CC. Educación/Human. AD-EF ***
E. U. Magisterio. E. U. Magisterio. E. U. Magisterio. AD-EF ***
Oficina Gestión de Infr. de Campus. AD
Oficina Cooperación Universitaria. AD
Campus Toledo
Secretaría Vicerrector. Gabinetes/Secretaria
Vicerrector.
Gabinete/Secretaria Vicerrectores. AD
Vicegerencia. Gerencia Campus. Gerencia Campus GEN-AD
Registro. Unidad Gestión Campus. Udad. Gestión Admva. y Serv. Campus. AD
Ngdo. Gestión Económica. Unidad Gestión Económica. Udad. Gestión Económica Campus. EF
Ngdo. Alumnos. Ngdo. S. I. E. Unidad Gestión Académica. Udad. Gestión de Alumnos Campus. AD
Relaciones Institucionales. Udad. Relaciones Institucionales. AD
Centro Cálculo. Servicios Informáticos. Área
Admva.
Udad. Gestión Inform. y Com. Campus. INF
Sección Biblioteca-Centros. Biblioteca G. C. Área Técnica. Servicio Bib. Campus-Área Técnica. Servicio
Archivo Campus.
BIB
Biblioteca G. C. Área Admva. Servicio Bib. Campus-Área Admva. AD-EF **
Facultad Jurídico Social. Humanidades.
Sección Químicas.
Agrup. San Pedro Mártir. Facultad Ciencias Jurídico-Sociales. AD-EF ***
E. U. Magisterio. E. U. Magisterio. E. U. Magisterio. AD-EF ***
E. U. Enfermería-Fisioterapia. E. U. Enfermería-Fisioterapia. Agrup. Humanidades/Enferm. y Fisiot. AD-EF ***
E. U. Tec. Industriales. E. U. Ing. Tec. Industriales. Agrup. Act. Física y Deporte/Medio
Ambiente/I. T. I.
AD-EF ***
Oficina Gestión de Infr. de Campus. AD
Centro Estudios Coop. Internacional. AD-BIB
Centro Estudios Universitarios. AD-EF
Oficina Cooperación Universitaria. AD
(*) AF = Área Funcional según los diferentes puestos de trabajo, que aparece en la modificación de la R.P.T. publicada en "Boletín Oficial del Estado", de 30 de septiembre
de 1998 y 26 de agosto de 1999.
** Al Área Funcional EF corresponden los Ejecutivos, los Gestores corresponden al Área AD.
*** Al Área Funcional EF corresponden los Administradores, los Adjuntos y Gestores corresponden al Área AD.
Puestos solicitados por orden de preferencia
Orden
depreferencia Denominacióndelpuesto Áreafuncional NivelC. D. Nivel.C. E. F. P. Campus
Referencia a los documentos que obren en expediente:
Relación de documentos que obran en el expediente y desea que sean tenidos en cuenta a efectos de valoración.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid