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Documento BOE-A-2000-14829

Resolución de 16 de junio de 2000, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se hace pública la Norma Técnica de Auditoría sobre "Cumplimiento de la normativa aplicable a la entidad auditada".

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 3 de agosto de 2000, páginas 27937 a 27937 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2000-14829

TEXTO ORIGINAL

Los artículos 209.1 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, y 5.1 e) del Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1988, de Auditoría de Cuentas, aprobado por Real Decreto 1636/1990, establecen la obligación de incluir en el informe de auditoría las eventuales infracciones de la normativa a la que se encuentra sujeta la entidad auditada, que se hubiesen comprobado durante la realización de los trabajos y que puedan tener relevancia en la imagen fiel que deben presentar las cuentas anuales.

A estos efectos, con el objeto de establecer los procedimientos que ha de aplicar al Auditor en relación con la detección e información correspondiente, de los eventuales incumplimientos de la normativa a la que la entidad auditada se encuentra sujeta y que pudieran existir en los estados financieros a auditar, el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, el Consejo General de Colegios de Economistas de España y el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles de España, han presentado ante este Instituto la Norma Técnica de Auditoría sobre «Cumplimiento de la normativa aplicable a la entidad auditada», para su tramitación y sometimiento a información pública, conforme a lo previsto en el artículo 5.2 de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.

En consecuencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 19/1988 de Auditoría de Cuentas, la Presidencia de este Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, dispone lo siguiente:

Primero.

Habiendo presentado el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, el Consejo General de Colegios de Economistas de España y el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles de España ante este Instituto una Norma Técnica de Auditoría sobre «Cumplimiento de la normativa aplicable a la entidad auditada», se somete dicha Norma a información pública, ordenando, asimismo, su publicación íntegra en el «Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas», de conformidad con lo establecido en el artículo 18.1 del Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.

Segundo.

Una vez transcurrido un plazo de seis meses a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» (durante el cual se podrán formular por escrito, ante este Instituto o ante cualquiera de las Corporaciones representativas de los Auditores de cuentas, las alegaciones que se consideren oportunas, estando expuesto, a dichos efectos, el contenido de la referida Norma, en la sede del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, calle Huertas, 26, de Madrid, y en las citadas Corporaciones), el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas procederá a la publicación en su «Boletín Oficial» de la Norma Técnica de Auditoría sobre «Cumplimiento de la normativa aplicable a la entidad auditada», conforme a lo establecido en el artículo 18.1 del Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.

Madrid, 16 de junio de 2000.‒El Presidente del Instituto, Antonio Gómez Ciria.

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