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Documento BOE-A-2000-1067

Resolución de 22 de diciembre de 1999, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de Salud "Carlos III" y la Comunidad de Madrid, para la consolidación del sistema de información y promoción tecnológica Madrid + D.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2000, páginas 2269 a 2271 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2000-1067

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 8 de noviembre de 1999 Convenio de colaboración entre el Instituto de Salud «Carlos III» y la Comunidad de Madrid, para la consolidación del sistema de información y promoción tecnológica Madrid + D, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 22 de diciembre de 1999.–El Subsecretario, Enrique Castellón Leal.

ANEXO QUE SE CITA
Convenio específico de colaboración entre la Consejería de Educación dela Comunidad de Madrid y el Instituto de Salud «Carlos III» para la consolidación del sistema de información y promoción tecnológica Madri+D

En Madrid, a 8 de noviembre de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. don Gustavo Villapalos Salas, como Consejero de Educación de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, el Ilmo. Sr. don José Antonio Gutiérrez Fuentes, como Director del Instituto de Salud «Carlos III», en virtud de las competencias conferidas por el acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de julio de 1998.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad legal suficiente para formalizar el presente Convenio, y de común acuerdo

EXPONEN

Que la Comunidad de Madrid tiene atribuida competencia plena sobre el fomento de la cultura y la investigación, conforme el artículo 26.1.1.20 de su Estatuto de Autonomía, según redacción dada por la Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio.

Que el Decreto 11/1999, de 8 de julio, por el que se aprueban las competencias de la Consejería de Educación, en relación con el Decreto 288/1995, de 30 de noviembre, atribuye con carácter general a dicha Consejería la competencia autonómica en materia de enseñanza, investigación, deportes, juventud, cooperación al desarrollo y asuntos taurinos, y a la Dirección General de Investigación el ejercicio de las funciones de fomento y coordinación de las actividades de investigación.

Que el Instituto de Salud «Carlos III» ejecuta y promueve actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, y colabora con otras Administraciones, empresas y entidades sin ánimo de lucro en el proceso de innovación tecnológica y en la mejora de la competitividad regional.

Que el Instituto de Salud «Carlos III» fue creado por el artículo 111 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, como un organismo autónomo de la Administración del Estado, de carácter administrativo, comprendido en el artículo 4.1.a) de la Ley General Presupuestaria, adscrito al Ministerio de Sanidad y Consumo. Que tiene personalidad jurídica propia y capacidad de obras para el cumplimiento de sus fines y se rige por la expresada Ley 14/1986, de 25 de abril, por las disposiciones de general aplicación a los órganos administrativos de la Administración del Estado y por el Real Decreto 10/1988, de 8 de enero.

Que Madri + D es el Sistema de Información y Promoción Tecnológica de la Comunidad de Madrid que pretende mejorar la posición competitiva de la economía madrileña y de su tejido empresarial a través de la generación y difusión del conocimiento, científico y tecnológico, así como fomentar la cooperación entre los centros de investigación, empresas y Administraciones públicas.

Que en base a lo expuesto, las partes suscriben el presente Convenio de colaboración al amparo de lo previsto en la Constitución española; en la Ley General de Sanidad, artículos 111 y 112, y en el 26.1.1.20 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

CLÁUSULAS

Primera.

El objeto del presente Convenio es el de establecer un marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Instituto de Salud «Carlos III», dirigido a la difusión de la innovación tecnológica en la Comunidad, a facilitar el acercamiento entre los investigadores y las demandas sociales de investigación y a promover una mejor articulación del Sistema de Ciencia-Tecnología-Industria-Sociedad de la Región de la Madrid.

Segunda.

La colaboración se llevará a cabo a través de la Oficina de Trasferencia de Resultados de Investigación del Instituto de Salud «Carlos III» (en adelante OTRI-ISCIII), coordinando las acciones recogidas en el presente Convenio con la Comunidad de Madrid.

En todas las actividades que se realicen dentro del marco del Convenio, por cualquiera de las partes firmantes, deberá hacerse referencia, tanto en su difusión como ejecución, del Sistema de Información y Promoción Tecnológica Madrid + D, con su logotipo corporativo y a las demás instituciones integrantes de éste.

La introducción del logotipo corporativo de la Consejería referente a la Dirección General de Investigación que aparecerá como patrocinador, respetará el contenido del Manual de imagen corporativa de la Comunidad de Madrid.

Tercera.

Los compromisos vinculados con el desarrollo del objeto del Convenio quedan determinados a continuación:

1. Incorporación de la Oferta de Conocimiento del Instituto de Salud «Carlos III».

Cofinanciación para la introducción, mantenimiento, ampliación y modificación de la información de investigadores existente en el Centro Virtual de Apoyo a la Innovación. Ver anexo I.

Aportación de la Consejería de Educación y Cultura: 600.000 pesetas.

2. Identificación y Transferencia a empresas de Tecnología Innova doras desarrolladas en el Instituto de Salud «Carlos III».

Aportación de la Consejería de Educación y Cultura: 700.000 pesetas.

Contratación externa: 1.000.000 de pesetas.

3. Gestión de Servicios Técnicos. Cofinanciación de actividades para la identificación y tarifado de Servicios Técnicos suministrados por el Instituto de Salud «Carlos III».

Aportación de la Consejería de Educación y Cultura: 680.000 pesetas.

Contratación externa: 680.000 pesetas.

4. Cofinanciación del pabellón con representación de la Red Madrid + D para el IV Congreso Nacional de Virología. Aportación de la Consejería de Educación y Cultura: 500.000 pesetas.

5. Jornada de Presentación del V Programa Marco en el Instituto de Salud «Carlos III».

Aportación de la Consejería de Educación y Cultura: 700.000 pesetas.

Cuarta.

La Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid aportará la cantidad de 3.180.000 pesetas, que será abonado con cargo a la partida 22820 del programa 808 del Presupuesto de Gastos para 1999.

La cantidad aportada por la Consejería responderá a los siguientes conceptos de gastos:

A) Gestión del conocimiento: 600.000 pesetas.

B) Detección de Oferta Tecnológica: 700.000 pesetas.

C) Gestión de Servicios Técnicos: 680.000 pesetas.

D) Cofinanciación IV Congreso Nacional de Virología: 500.000 pesetas.

E) Presentación del V Programa Marco: 700.000 pesetas.

Este desglose podrá sufrir modificaciones siempre y cuando no afecte substancialmente el contenido del Convenio. No obstante, tales modificaciones no implicarán alteración en el compromiso financiero asumido por la Comunidad de Madrid.

En ningún caso la participación de las personas que colaboren en la ejecución y desarrollo de este Convenio implicará relación laboral, ni prestación de servicios a la Comunidad de Madrid.

Quinta.

La aportación se abonará de la siguiente forma:

1. Se hará un único pago anticipado por 3.180.000 pesetas, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 1999, con el objetivo de posibilitar la realización de las actividades convenidas en el ámbito del desarrollo tecnológico y la investigación científica. Dicho pago tendrá lugar a la firma del Convenio.

2. La justificación de las actividades realizadas, así como el coste económico de las mismas se realizará mediante la presentación, antes de la finalización de la vigencia del Convenio, de las fotocopias compulsadas de las facturas y/o cualquier otro documento acreditativo.

Si el Instituto de Salud «Carlos III» no presentara los distintos documentos justificativos a que se refiere el párrafo anterior antes de la fecha mencionada, o éstos no fueran adecuados al gasto que se produzca con la actividad objeto de este Convenio, deberá reintegrar la cantidad que no ha sido justificada o que no lo ha sido adecuadamente.

3. El Instituto de Salud «Carlos III» deberá conservar los originales de los pagos y demás documentos justificativos, teniéndolos a disposición de la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Tribunal de Cuentas o cualquier otro órgano competente.

Sexta.

A efectos de cualquier comunicación relativa al presente Convenio, las personas responsables: Por parte del Instituto de Salud «Carlos III» será la responsable de la OTRI, doña Julia Medrano Chevite, y por la Dirección General de Investigación, el Director de Programas, don Alfonso González Hermoso de Mendoza.

Séptima.

El presente Convenio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 1999, pudiendo financiarse las actuaciones convenidas por ambas partes que se realicen a lo largo del mencionado año.

Octava.

En caso de discrepancias, las partes se someten al fuero de la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Y para que así conste, las partes suscriben el presente Convenio, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha del encabezamiento.–Por el Instituto de Salud «Carlos III», José Antonio Gutiérrez Fuentes.–Por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, Gustavo Villapalos Salas.

ANEXO I
Actividad de la OTRI

Objetivos

El objetivo de este Convenio es potenciar la labor de la OTRI-ISCIII como agente fundamental del sistema de innovación de la Comunidad de Madrid, a través del Sistema Regional de Información y Promoción Tecnológica.

Las tareas a desarrollar por la OTRI-ISCIII se concretan en:

1. Incorporación de la información de la Base de Datos a través de la aplicación informática suministrada por la Dirección General de Investigación.

2. Difusión de toda la información del Sistema de Información Regional Madrid + D y facilitada por la Dirección General de Investigación.

3. Incorporación al sistema de información de investigadores que así lo soliciten en el espacio de duración del Convenio.

La información introducida o actualizada en el Sistema se utilizará para su explotación a través del Centro Virtual de Apoyo a la Innovación Madrid + D. Dicha información respetará el contenido del artículo 11 de la Ley de Regulación del Tratamiento informatizado de datos de carácter personal. La OTRI-ISCIII habilitará los medios legales para el respeto del contenido de dicha Ley. La BD Madrid + D está registrada con el número 19181900001 en propia Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, conforme a la Ley 13/1995, de 21 de abril, de regulación del uso de la informática en el tratamientos de los datos de carácter personales por la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 13/1997, de 16 de junio.

Los datos personales se tratarán informáticamente o se archivaran de forma manual estructurada, con el consentimiento del ciudadano, quien tiene derecho a decidir quién puede tener sus datos, para qué los usa, solicitar que los mismos sean exactos y que se utilicen para el fin que fueron recogidos.

La Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid tiene por misión informar, amparar y apoyar al ciudadano en el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación, y de inscribir a los ciudadanos que lo soliciten en una sección de interesados de recibir información periódicamente sobre los ficheros que contengan datos personales de su titularidad.

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