Está Vd. en

Documento BOE-A-1999-9940

Orden de 26 de abril de 1999 por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas conmemorativas del Año Jubilar Compostelano.

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 4 de mayo de 1999, páginas 16280 a 16281 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-9940
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1999/04/26/(3)

TEXTO ORIGINAL

La celebración durante 1999 de un nuevo Año Jubilar Compostelano, que será el último del siglo y del milenio, es motivo de conmemoración de este relevante evento que tiene lugar únicamente cada cinco, seis u once años.

Por ello este Ministerio ha considerado conveniente acordar la acuñación de una serie de monedas conmemorativas cuyas leyendas y motivos están referidos a este acontecimiento, continuando con el Plan General de Monedas Conmemorativas del Año Jacobeo, iniciado con la Orden de 11 de mayo de 1993.

La Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, en su artículo 81, autoriza con carácter general, a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a acuñar y comercializar monedas conmemorativas y especiales de todo tipo. En la misma disposición se establece que la acuñación y venta de monedas serán acordadas por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, que fijará las características propias de las monedas, sus valores faciales, el límite máximo, y las fechas iniciales de emisión, así como los precios de venta al público.

En su virtud, dispongo:

Primero. Acuerdo de emisión. -Se acuerda para el año 1999 la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas conmemorativas del Año Jubilar Compostelano.

Segundo. Características de las piezas. -Las piezas a acuñar tendrán las siguientes características:

Moneda de 2.000 pesetas de valor facial (8 reales A, plata 925 milésimas, siendo el resto de cobre):

Tolerancia en ley: Mínima de 925 milésimas.

Peso: 27 gramos, con una tolerancia en más o menos de 0,27 gramos.

Diámetro: 40 milímetros.

Forma: Circular con canto estriado.

Calidad: Proof.

Motivos:

En el anverso de la pieza, común para las tres piezas de ocho reales, A, B y C, figura en el centro de la pieza el busto de S.M. El Rey, D. Juan Carlos I rodeado en sentido circular por la leyenda JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA, y en la parte inferior, entre dos veneras estilizadas, el año 1999.

En el reverso de la pieza, aparece en la pieza una vista del conjunto monumental de Santiago; sobre éste, en tres líneas horizontales el texto SANTIAGO DE COMPOSTELA, y bajo dicho texto la marca de Ceca; en la parte superior y de forma circular, aparece una venera estilizada seguida de la leyenda AÑO JUBILAR COMPOSTELANO, y ocupando la zona inferior del campo, el valor facial de la pieza 2000 PTAS.

Moneda de 2.000 pesetas de valor facial (8 reales B, plata 925 milésimas, siendo el resto de cobre):

Tolerancia en ley: Mínima de 925 milésimas.

Peso: 27 gramos, con una tolerancia en más o menos de 0,27 gramos.

Diámetro: 40 milímetros.

Forma: Circular con canto estriado.

Calidad: Proof.

Motivos:

En el centro del reverso, figura una vista de la iglesia románica de San Martín de Frómista (Palencia); entre las torres, aparece la marca Ceca y sobre la Iglesia, de forma circular la leyenda SAN MARTÍN DE FRÓMISTA; circundando la parte superior de la pieza aparece una venera estilizada seguida de la leyenda AÑO JUBILAR COMPOSTELANO, y ocupando la zona inferior del campo, el valor facial de la pieza 2000 PTAS.

Moneda de 2.000 pesetas de valor facial (8 reales C, plata 925 milésimas, siendo el resto de cobre):

Tolerancia en ley: Mínima de 925 milésimas.

Peso: 27 gramos, con una tolerancia en más o menos de 0,27 gramos.

Diámetro: 40 milímetros.

Forma: Circular con canto estriado.

Calidad: Proof.

Motivos:

En el reverso se reproduce una vista de la capilla del Espíritu Santo o Silo de Carlomagno y la iglesia de Santiago, en Roncesvalles; encima de dos líneas aparece la leyenda SILO DE CARLOMAGNO, e inmediatamente debajo, aparece la marca de Ceca; circundando el conjunto y en forma circular figura una venera estilizada seguida de la leyenda AÑO JUBILAR COMPOSTELANO, y ocupando la zona inferior del campo, el valor facial de la pieza 2000 PTAS.

Moneda de 10.000 pesetas de valor facial (Cincuentín, plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre):

Tolerancia en ley: Mínima de 925 milésimas.

Peso: 168,75 gramos, con una tolerancia en más o menos de 1 gramo.

Diámetro: 73 milímetros.

Forma: Circular con canto liso.

Calidad: Proof.

Motivos:

En el centro del anverso, figura un detalle del grupo de los profetas Moisés, Isaías, Daniel y Jeremías, situados en los pilares del arco central del Pórtico de la Gloria, en la Catedral Compostelana. Rodeando el conjunto, de izquierda a derecha, la leyenda JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA, y en la parte inferior, entre dos veneras estilizadas, el año de acuñación 1999; todo ello se sitúa entre dos orlas de perlas.

La parte central del reverso reproduce un detalle de la Puerta Santa o de los Perdones con la imagen de Santiago,yasuderecha la marca de Ceca; rodeando ambos motivos figura una orla de perlas circundada por la leyenda AÑO JUBILAR COMPOSTELANO que se sitúa entre los símbolos del Xacobeo'99. En la parte inferior aparece el valor facial 10000 PTAS, separado por la imagen latente, en forma de venera, que alterna las figuras de los dos últimos dígitos del año de acuñación 99, con la propia venera. Rodea todo el conjunto una segunda orla de perlas. Ambas orlas están interrumpidas por los símbolos y la imagen latente.

Moneda de 80.000 pesetas de valor facial (8 escudos, oro de 999 milésimas):

Tolerancia en ley: Mínima de 999 milésimas.

Peso: 27 gramos, con una tolerancia en más o menos de 0,27 gramos.

Diámetro: 38 milímetros.

Forma: Circular con canto estriado.

Calidad: Proof.

Motivos:

En el anverso, en el centro del campo de la pieza aparece el busto de S.M. El Rey, D. Juan Carlos I, rodeando la imagen y en sentido circular figurar la leyenda JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA, y en la parte inferior, entre dos veneras estilizadas, el año de acuñación 1999.

En el reverso, en el centro del campo de la pieza, aparece la imagen de Santiago en el parteluz del Pórtico de la Gloria de la Catedral Compostelana, y a la izquierda aparece el símbolo de Xacobeo'99; en la parte superior, y en sentido circular, se incluye la leyenda AÑO JUBILAR COMPOSTELANO; ocupando la zona inferior-izquierda en dos líneas, aparece el valor facial de la pieza 80000 PTAS, y en la zona inferior derecha, la marca Ceca.

Tercero. Número máximo de piezas. -El número máximo de piezas a acuñar será el siguiente:

Denominación unitaria / Facial / Número de piezas

Moneda de 8 reales A....... 2.000 ......25.000

Moneda de 8 reales B........ 2.000 .....25.000

Moneda de 8 reales C......... 2.000 .....25.000

Cincuentín..........................10.000 .....10.000

Moneda de 8 escudos.........80.000 ...... 2.500

Cuarto. Fecha inicial de emisión. -La fecha inicial de emisión tendrá lugar en el primer semestre del año 1999.

Quinto. Acuñación y puesta en circulación. -Las referidas monedas se acuñarán por cuenta del Estado en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, que las entregará al Banco de España. Dada la naturaleza de estas piezas, que se comercializarán como a continuación se indica, se entregarán de nuevo por el Banco de España a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, contra pago de su valor facial que será abonado al Tesoro.

Sexto. Proceso de comercialización. -La Fabrica Nacional de Moneda y Timbre procederá a la comercialización de estas monedas, tanto en colecciones como aisladamente, por sí o a través de entidades contratadas al efecto, que se comprometerán a expenderlas al público con regularidad, así como a su exportación.

Séptimo. Precio de venta al público. -Los precios iniciales de venta al público de esta emisión, excluido el IVA, son los siguientes.

Denominación unitaria / Facial / P.V.P. (sin IVA) Pesetas

Moneda de 8 reales A........ 2.000 .....5.000

Moneda de 8 reales B....... 2.000 .... 5.000

Moneda de 8 reales C........ 2.000 .... 5.000

Cincuentín........................10.000 ....18.000

Moneda de 8 escudos.......80.000 ..114.000

Esas piezas podrán venderse individualmente o formando colecciones, en cuyo caso el precio total será la suma de los precios individuales de las piezas que lo formen.

Los precios de venta al público establecidos en el punto anterior, podrán ser modificados mediante Orden del Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta del Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, como consecuencia de las oscilaciones que se produzcan en las cotizaciones oficiales de los metales preciosos utilizados en su fabricación.

Octavo. Medidas para la aplicación de esta Orden. -La Dirección General del Tesoro y Política Financiera, adoptará las medidas que resulten precisas para la aplicación de esta Orden, actuando como órgano de consulta una Comisión de Seguimiento, integrada por los representantes de la citada Dirección General, del Banco de España, y de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Noveno. Entrada en vigor. -La presente Orden, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de abril de 1999.

DE RATO Y FIGAREDO

Excmo. Sr. Gobernador del Banco de España e Ilmos. Sres. Director general del Tesoro y Política Financiera y Presidente-Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/04/1999
  • Fecha de publicación: 04/05/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 05/05/1999
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE num. 118, de 18 de mayo de 1999 (Ref. BOE-A-1999-11047).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 81 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1994-28968).
Materias
  • Monedas conmemorativas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid