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Documento BOE-A-1999-8863

Recurso de inconstitucionalidad número 1.267/1999, interpuesto por el Presidente del Gobierno, contra la disposición adicional séptima de la Ley 10/1998, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 21 de abril de 1999, páginas 14719 a 14719 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1999-8863

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de abril actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1.267/1999, interpuesto por el Abogado del Estado, en nombre del Presidente del Gobierno, contra la disposición adicional séptima de la Ley 10/1998, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1999. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de la Ley impugnada, desde la fecha de interposición del recurso 24 de marzo de 1999, para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.

Madrid, 13 de abril de 1999.-El Presidente del Tribunal Constitucional, CRUZ VILLALÓN

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 13/04/1999
  • Fecha de publicación: 21/04/1999
  • Suspende, desde el 21 de abril de 1999, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 24 de marzo de 1999, para las partes legitimadas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA inconstitucional la disposición adicional 7, por Sentencia 50/2006, de 16 de febrero (Ref. BOE-T-2006-4764).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con la disposición adicional 7 de la Ley 10/1998, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-2941).
Materias
  • Andalucía
  • Presupuestos de las Comunidades Autónomas
  • Recursos de inconstitucionalidad

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