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Documento BOE-A-1999-5757

Resolución de 13 de noviembre de 1998, del Rectorado de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo», por la que se dispone dar publicidad al acuerdo de la Junta de Gobierno de dicho organismo, de 12 de noviembre de 1998, sobre regulación de los ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 10 de marzo de 1999, páginas 9521 a 9522 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-5757
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1998/11/13/(4)

TEXTO ORIGINAL

La Junta de Gobierno de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo», en su reunión del día 12 de noviembre de 1998, adoptó el acuerdo referido en el sumario de esta Resolución.

Considerando la naturaleza de dicho acuerdo, este Rectorado, por la presente Resolución, tiene a bien disponer dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» a la regulación de los ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo», cuyo texto íntegro se incluye como anexo a esta Resolución y que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de noviembre de 1998.–El Rector, José Luis García Delgado.

ANEXO
Regulación de los ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo»

La Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal (LORTAD), determina que las Administraciones Públicas responsables de ficheros automatizados de datos de carácter personal, deberán adoptar una disposición de regulación de los mismos o adaptar la que existiera. El Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, desarrolla determinados aspectos de la LORTAD.

Al objeto de dar cumplimiento a ambas normas, la Junta de Gobierno de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo», en su sesión del día 12 de noviembre de 1998, acordó aprobar la presente regulación de los ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal de este organismo.

Primero.

Los responsables de los ficheros automatizados de esta Universidad adoptarán las medidas que resulten necesarias para asegurar que los datos automatizados de carácter personal se usan para las finalidades para las que fueron recogidos y que se regulan mediante la presente.

Segundo.

Los afectados por los ficheros automatizados pueden, cuando proceda, ejercitar su derecho de acceso, rectificación y cancelación de datos ante el órgano que, para cada fichero automatizado, se concreta en el punto cuarto.

Tercero.

Los responsables de los ficheros automatizados advertirán expresamente a los cesionarios de datos de carácter personal su obligación de dedicarlo exclusivamente a la finalidad para que se ceden, de conformidad con los artículos 4.2 y 11.5 de la LORTAD.

Cuarto.

Los ficheros automatizados de datos de carácter personal de esta Universidad Internacional son los que se pasan a relacionar a continuación:

Número 1. Secretaría de Alumnos:

Responsable: Servicio de Secretaría de Alumnos de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo».

Finalidad: Gestión de matriculación y becas. Elaboración de estadísticas sobre el perfil del alumnado.

Uso: Gestión de matriculación y becas. Elaboración de estadísticas sobre el perfil del alumnado.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligados a suministrados: Alumnos y solicitantes de becas de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo».

Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Formularios.

Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Base de datos con datos de carácter identificativo, personal, profesional, académicos y económicos.

Cesiones de datos que se prevén: Ninguna.

Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Servicio de Secretaría de Alumnos de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo».

Plazo para rectificar o cancelar datos: El establecido reglamentariamente.

Número 2. Programación:

Responsable: Servicio de Programación del Vicerrectorado de Ordenación Académica de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo».

Finalidad: Gestión del profesorado que participa en las actividades de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo».

Uso: Gestión del profesorado que participa en las actividades de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo».

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter pesonal o que resultan obligados a suministrarlos: Profesorado participante en las actividades de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo».

Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Declaraciones.

Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Base de datos con datos de carácter identificativo, personal, profesional, académicos y económicos.

Cesiones de datos que se prevén: Ninguna.

Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Servicio de Programación del Vicerrectorado de Ordenación Académica de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo».

Plazo para rectificar o cancelar datos: El establecido reglamentariamente.

Número 3. Asuntos económicos:

Responsable: Servicio de Pagos a justificar del Vicerrectorado de Asuntos Económicos de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo».

Finalidad: Gestión de pagos a Profesores.

Uso: Gestión de pagos a Profesores.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter pesonal o que resultan obligados a suministrarlos: Profesorado participante en las actividades de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo».

Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Declaraciones.

Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Base de datos con datos de carácter identificativo, personal y de transacciones.

Cesiones de datos que se prevén: Ministerio de Economía y Hacienda a efectos de declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando procesa: Servicio de Pagos a Justificar del Vicerrectorado de Asuntos Económicos de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo».

Plazo para rectificar o cancelar datos: El establecido reglamentariamente.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/11/1998
  • Fecha de publicación: 10/03/1999
  • Fecha de derogación: 08/08/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 26 de julio de 2017 (Ref. BOE-A-2017-9418).
Referencias anteriores
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Universidad Internacional Menéndez Pelayo

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