A los efectos de la autorización preceptiva para la inscripción en los
Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola de los tractores que se citan,
como homologación CEE número de recepción e9-74/150-97/54-0017, según
lo dispuesto en la Directiva 74/150/CEE, y en virtud de lo establecido
en el Real Decreto 2028/1986 y en las Órdenes del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación de 14 de febrero de 1964, de 27 de julio de 1979
y de 28 de mayo de 1987,
Esta Dirección General resuelve:
Primero.-Autorizar la inscripción en los Registros Oficiales de
Maquinaria Agrícola del tractor marca "SEP", modelos Gulliver HST 416, Gulliver
HST 420 y Gulliver HST 425.
Segundo.-La potencia de inscripción de dichos tractores no ha sido
establecida.
Tercero.-Los citados tractores deberán ir equipados con la estructura
de protección:
Marca: "SEP".
Modelo: STG 400.
Tipo: Bastidor de dos postes atrasado,
con contraseña de homologación número e13*86/298*89/682*0013*00.
Cuarto.-Los mencionados tractores quedan clasificados en el
subgrupo 3.1 del anexo de la Resolución de esta Dirección General publicada
en el "Boletín Oficial del Estado" de 22 de enero de 1981, por la que
se desarrolla la Orden de 27 de julio de 1979, sobre equipamiento de
los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección
para caso de vuelco.
Madrid, 28 de junio de 1999.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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